‘Incoherencias’ del Gobierno en su lucha anticorrupción

POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.
POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.
POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.
POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.
POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.
POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.
POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.
POSICIONES. En la Comisión de Justicia, la mayoría de legisladores está a favor del comiso sin sentencia.

El veto del Ejecutivo a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) puso en evidencia sus contradicciones en su intención de combatir la corrupción.

La Comisión de Justicia revisó ayer, como parte del tratamiento a la objeción parcial, cuatro temas en los que el presidente, Lenín Moreno, considera que hay vicios de inconstitucionalidad, uno de ellos, el comiso sin sentencia. Los legisladores identificaron dos “incoherencias” del Gobierno.

Primero, su insistencia en crear herramientas para recuperar los bienes producto de la corrupción, pero al mismo tiempo su negativa de aceptar el comiso sin condena, porque atentaría contra garantías constitucionales.

Por otro, su pretensión de reformar la incautación, en la que se permitiría la venta anticipada de bienes antes de una condena, pero sin considerarla atentatoria contra la presunción de inocencia, el principio de legalidad y el derecho a la defensa.

La Comisión elaborará un documento defendiendo la creación del comiso sin sentencia. El informe será remitido a la Corte Constitucional, junto al proyecto de ley aprobado y el veto, para que los jueces establezcan la constitucionalidad del artículo.

Primera contradicción

A los legisladores, incluida la presidenta de la Comisión, Ximena Peña, les llamó la atención que el Primer Mandatario vetara ese artículo, pues se contrapone con su política anticorrupción. Esta es la segunda vez que objeta el artículo, la primera ocurrió en su veto total a la ley de lucha contra la corrupción.

El Dato
La Comisión de Justicia tiene 10 días, desde que ingresó el veto, para emitir su pronunciamiento y remitirlo a la Corte Constitucional. Lourdes Cuesta recordó que durante el debate la Secretaría Anticorrupción, la Fiscalía y la Procuraduría defendieron la incorporación de la figura.

Inclusive ayer, la secretaria Anticorrupción (e), Dora Ordóñez, señaló a La Hora que, tras el veto, espera que el comiso sin sentencia y la reforma a la incautación se incorporen en la ley de extinción de dominio, que a su criterio no debería ser vetada.

La propuesta fue entregada por el Ejecutivo a la Asamblea el primero de octubre y todavía no es calificada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). “Nosotros nos vamos a mantener en la necesidad de que se puedan recuperar los bienes sin una sentencia penal”, dijo.

Segunda contradicción

El Ejecutivo cuestionó que efectuar un comiso antes de una sentencia atenta contra tres garantías constitucionales, pero no dijo lo mismo sobre la venta anticipada de bienes. En ese sentido, Henry Cucalón señaló que comparando ambas figuras, “el comiso anticipado pudiera ser menos arbitrario”.

Viviana Bonilla agregó que “no logra comprender la incoherencia del Ejecutivo”, porque los mismos argumentos al comiso deberían aplicarse a la incautación. Ella está en contra de ambos. Por otro lado, insistió que el veto no podía incluir un texto reformatorio a la medida cautelar, pues esta no fue aprobada por la Asamblea. (AGO)

Aborto por
violación

Otro de los temas vetados por el Ejecutivo, por razones de inconstitucionalidad, fue la disposición transitoria segunda que normaba el artículo 150 sobre el aborto no punible, que no fue aprobado por la Asamblea.

En ese sentido, la Comisión de Justicia coincide con el veto, pues no puede existir una disposición a un artículo que no se aprobó. En el informe que remita a la Corte Constitucional expondrá ese criterio técnico y esperará que los jueces se pronuncien.

El veto del Ejecutivo a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) puso en evidencia sus contradicciones en su intención de combatir la corrupción.

La Comisión de Justicia revisó ayer, como parte del tratamiento a la objeción parcial, cuatro temas en los que el presidente, Lenín Moreno, considera que hay vicios de inconstitucionalidad, uno de ellos, el comiso sin sentencia. Los legisladores identificaron dos “incoherencias” del Gobierno.

Primero, su insistencia en crear herramientas para recuperar los bienes producto de la corrupción, pero al mismo tiempo su negativa de aceptar el comiso sin condena, porque atentaría contra garantías constitucionales.

Por otro, su pretensión de reformar la incautación, en la que se permitiría la venta anticipada de bienes antes de una condena, pero sin considerarla atentatoria contra la presunción de inocencia, el principio de legalidad y el derecho a la defensa.

La Comisión elaborará un documento defendiendo la creación del comiso sin sentencia. El informe será remitido a la Corte Constitucional, junto al proyecto de ley aprobado y el veto, para que los jueces establezcan la constitucionalidad del artículo.

Primera contradicción

A los legisladores, incluida la presidenta de la Comisión, Ximena Peña, les llamó la atención que el Primer Mandatario vetara ese artículo, pues se contrapone con su política anticorrupción. Esta es la segunda vez que objeta el artículo, la primera ocurrió en su veto total a la ley de lucha contra la corrupción.

El Dato
La Comisión de Justicia tiene 10 días, desde que ingresó el veto, para emitir su pronunciamiento y remitirlo a la Corte Constitucional. Lourdes Cuesta recordó que durante el debate la Secretaría Anticorrupción, la Fiscalía y la Procuraduría defendieron la incorporación de la figura.

Inclusive ayer, la secretaria Anticorrupción (e), Dora Ordóñez, señaló a La Hora que, tras el veto, espera que el comiso sin sentencia y la reforma a la incautación se incorporen en la ley de extinción de dominio, que a su criterio no debería ser vetada.

La propuesta fue entregada por el Ejecutivo a la Asamblea el primero de octubre y todavía no es calificada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). “Nosotros nos vamos a mantener en la necesidad de que se puedan recuperar los bienes sin una sentencia penal”, dijo.

Segunda contradicción

El Ejecutivo cuestionó que efectuar un comiso antes de una sentencia atenta contra tres garantías constitucionales, pero no dijo lo mismo sobre la venta anticipada de bienes. En ese sentido, Henry Cucalón señaló que comparando ambas figuras, “el comiso anticipado pudiera ser menos arbitrario”.

Viviana Bonilla agregó que “no logra comprender la incoherencia del Ejecutivo”, porque los mismos argumentos al comiso deberían aplicarse a la incautación. Ella está en contra de ambos. Por otro lado, insistió que el veto no podía incluir un texto reformatorio a la medida cautelar, pues esta no fue aprobada por la Asamblea. (AGO)

Aborto por
violación

Otro de los temas vetados por el Ejecutivo, por razones de inconstitucionalidad, fue la disposición transitoria segunda que normaba el artículo 150 sobre el aborto no punible, que no fue aprobado por la Asamblea.

En ese sentido, la Comisión de Justicia coincide con el veto, pues no puede existir una disposición a un artículo que no se aprobó. En el informe que remita a la Corte Constitucional expondrá ese criterio técnico y esperará que los jueces se pronuncien.

El veto del Ejecutivo a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) puso en evidencia sus contradicciones en su intención de combatir la corrupción.

La Comisión de Justicia revisó ayer, como parte del tratamiento a la objeción parcial, cuatro temas en los que el presidente, Lenín Moreno, considera que hay vicios de inconstitucionalidad, uno de ellos, el comiso sin sentencia. Los legisladores identificaron dos “incoherencias” del Gobierno.

Primero, su insistencia en crear herramientas para recuperar los bienes producto de la corrupción, pero al mismo tiempo su negativa de aceptar el comiso sin condena, porque atentaría contra garantías constitucionales.

Por otro, su pretensión de reformar la incautación, en la que se permitiría la venta anticipada de bienes antes de una condena, pero sin considerarla atentatoria contra la presunción de inocencia, el principio de legalidad y el derecho a la defensa.

La Comisión elaborará un documento defendiendo la creación del comiso sin sentencia. El informe será remitido a la Corte Constitucional, junto al proyecto de ley aprobado y el veto, para que los jueces establezcan la constitucionalidad del artículo.

Primera contradicción

A los legisladores, incluida la presidenta de la Comisión, Ximena Peña, les llamó la atención que el Primer Mandatario vetara ese artículo, pues se contrapone con su política anticorrupción. Esta es la segunda vez que objeta el artículo, la primera ocurrió en su veto total a la ley de lucha contra la corrupción.

El Dato
La Comisión de Justicia tiene 10 días, desde que ingresó el veto, para emitir su pronunciamiento y remitirlo a la Corte Constitucional. Lourdes Cuesta recordó que durante el debate la Secretaría Anticorrupción, la Fiscalía y la Procuraduría defendieron la incorporación de la figura.

Inclusive ayer, la secretaria Anticorrupción (e), Dora Ordóñez, señaló a La Hora que, tras el veto, espera que el comiso sin sentencia y la reforma a la incautación se incorporen en la ley de extinción de dominio, que a su criterio no debería ser vetada.

La propuesta fue entregada por el Ejecutivo a la Asamblea el primero de octubre y todavía no es calificada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). “Nosotros nos vamos a mantener en la necesidad de que se puedan recuperar los bienes sin una sentencia penal”, dijo.

Segunda contradicción

El Ejecutivo cuestionó que efectuar un comiso antes de una sentencia atenta contra tres garantías constitucionales, pero no dijo lo mismo sobre la venta anticipada de bienes. En ese sentido, Henry Cucalón señaló que comparando ambas figuras, “el comiso anticipado pudiera ser menos arbitrario”.

Viviana Bonilla agregó que “no logra comprender la incoherencia del Ejecutivo”, porque los mismos argumentos al comiso deberían aplicarse a la incautación. Ella está en contra de ambos. Por otro lado, insistió que el veto no podía incluir un texto reformatorio a la medida cautelar, pues esta no fue aprobada por la Asamblea. (AGO)

Aborto por
violación

Otro de los temas vetados por el Ejecutivo, por razones de inconstitucionalidad, fue la disposición transitoria segunda que normaba el artículo 150 sobre el aborto no punible, que no fue aprobado por la Asamblea.

En ese sentido, la Comisión de Justicia coincide con el veto, pues no puede existir una disposición a un artículo que no se aprobó. En el informe que remita a la Corte Constitucional expondrá ese criterio técnico y esperará que los jueces se pronuncien.

El veto del Ejecutivo a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) puso en evidencia sus contradicciones en su intención de combatir la corrupción.

La Comisión de Justicia revisó ayer, como parte del tratamiento a la objeción parcial, cuatro temas en los que el presidente, Lenín Moreno, considera que hay vicios de inconstitucionalidad, uno de ellos, el comiso sin sentencia. Los legisladores identificaron dos “incoherencias” del Gobierno.

Primero, su insistencia en crear herramientas para recuperar los bienes producto de la corrupción, pero al mismo tiempo su negativa de aceptar el comiso sin condena, porque atentaría contra garantías constitucionales.

Por otro, su pretensión de reformar la incautación, en la que se permitiría la venta anticipada de bienes antes de una condena, pero sin considerarla atentatoria contra la presunción de inocencia, el principio de legalidad y el derecho a la defensa.

La Comisión elaborará un documento defendiendo la creación del comiso sin sentencia. El informe será remitido a la Corte Constitucional, junto al proyecto de ley aprobado y el veto, para que los jueces establezcan la constitucionalidad del artículo.

Primera contradicción

A los legisladores, incluida la presidenta de la Comisión, Ximena Peña, les llamó la atención que el Primer Mandatario vetara ese artículo, pues se contrapone con su política anticorrupción. Esta es la segunda vez que objeta el artículo, la primera ocurrió en su veto total a la ley de lucha contra la corrupción.

El Dato
La Comisión de Justicia tiene 10 días, desde que ingresó el veto, para emitir su pronunciamiento y remitirlo a la Corte Constitucional. Lourdes Cuesta recordó que durante el debate la Secretaría Anticorrupción, la Fiscalía y la Procuraduría defendieron la incorporación de la figura.

Inclusive ayer, la secretaria Anticorrupción (e), Dora Ordóñez, señaló a La Hora que, tras el veto, espera que el comiso sin sentencia y la reforma a la incautación se incorporen en la ley de extinción de dominio, que a su criterio no debería ser vetada.

La propuesta fue entregada por el Ejecutivo a la Asamblea el primero de octubre y todavía no es calificada por el Consejo de Administración Legislativa (CAL). “Nosotros nos vamos a mantener en la necesidad de que se puedan recuperar los bienes sin una sentencia penal”, dijo.

Segunda contradicción

El Ejecutivo cuestionó que efectuar un comiso antes de una sentencia atenta contra tres garantías constitucionales, pero no dijo lo mismo sobre la venta anticipada de bienes. En ese sentido, Henry Cucalón señaló que comparando ambas figuras, “el comiso anticipado pudiera ser menos arbitrario”.

Viviana Bonilla agregó que “no logra comprender la incoherencia del Ejecutivo”, porque los mismos argumentos al comiso deberían aplicarse a la incautación. Ella está en contra de ambos. Por otro lado, insistió que el veto no podía incluir un texto reformatorio a la medida cautelar, pues esta no fue aprobada por la Asamblea. (AGO)

Aborto por
violación

Otro de los temas vetados por el Ejecutivo, por razones de inconstitucionalidad, fue la disposición transitoria segunda que normaba el artículo 150 sobre el aborto no punible, que no fue aprobado por la Asamblea.

En ese sentido, la Comisión de Justicia coincide con el veto, pues no puede existir una disposición a un artículo que no se aprobó. En el informe que remita a la Corte Constitucional expondrá ese criterio técnico y esperará que los jueces se pronuncien.