Sistema de compras públicas de Ecuador tiene cinco falencias que minan su transparencia

CORRUPCIÓN. La misma Ley de Contratación Pública, al ser discrecional, permite la poca transparencia en los procesos.
CORRUPCIÓN. La misma Ley de Contratación Pública, al ser discrecional, permite la poca transparencia en los procesos.

La contratación pública, a pesar de haber mejoras como el aumento de las adjudicaciones por régimen común (varios oferentes) sobre el régimen especial (designación a dedo), todavía tiene falencias que no abonan para mejorar esa baja calificación relacionada a la transparencia y el acceso a la información.

Hablar de esto es oportuno, cuando en el índice de Percepción de la Corrupción, Ecuador obtuvo 34 sobre 100 en transparencia del sector público, que nos ubica en el puesto 93 de 180 países.

Una normativa permisiva

Según Enrique Conza Ojeda, asesor en planificación y contratación pública, Ecuador a través de la Ley el Sistema Nacional de Contratación Pública, establece un marco muy amplio y susceptible a la discrecionalidad, para declarar confidencial o reservado un proceso de contratación.

Por ejemplo, en el artículo 26 de la normativa, se permite “confidencialidad” en el caso de que las entidades contratantes realicen “actividades empresariales o de carácter estratégico”, y permite que “en coordinación con la Sercop (Secretaría Nacional de Contratación Pública)”, se establezca qué información se publicará.

En el artículo 87, a su vez, de manera muy general se establece la “reserva” para todos los procedimientos precontractuales que tengan que ver con la “seguridad interna y externa”.

Finalmente, en la resolución 72, artículo 4, se incluye la “confidencialidad para las contrataciones bajo Régimen Especial” por “actividades empresariales o de carácter estratégico”.

Comparaciones

Conza comparó estos artículos con las leyes de Chile (el segundo más transparente de la región) y encontró que en esa nación las disposiciones son mucho más específicas, y definen qué entidades manejan el “carácter de reservado en la contratación pública”. “La normativa chilena es más objetiva, más precisa y no da espacio a la interpretación subjetiva”, añadió.

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millones de dólares en compras públicas con irregularidades pasaron a organismos de control.Con respecto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, Conza encontró que, si bien se exige publicar información completa y detallada de los procesos de contratación pública, no se incluye toda la información de los contratistas, lo que abarcaría la identificación de accionistas y socios de las empresas encargadas de proveer bienes, servicios o la construcción de obras.

“Eso no pasa en Ecuador. Recordemos que la Ley de Contratación Pública prevé la adjudicación para asociaciones y consorcios, de los cuales, en la mayoría de los casos, solo se logra saber quién es el representante legal, pero no quién es el contratista”.

A eso se suma que, en nuestro caso, la institución obligada a velar por el cumplimiento de la transparencia es la Defensoría del Pueblo, pero en el caso chileno, hay un Consejo exclusivamente creado para el efecto, que se conforma con representantes de varios sectores.

Otros inconvenientes

Otro problema es que, a criterio de Aníbal Muñoz, economista e investigador, el portal de compras públicas no se acopla a las necesidades de las personas. “Si no sabe usar el portal, difícilmente va a encontrar la información que requiere”, puntualizó. “No todas las bases y contratos se suben al portal y el trámite para solicitar la información puede demorar días”, añadió.

Sercop, que es designada por el Ejecutivo, es la que lleva los procesos licitatorios y, al mismo tiempo, es la que controla esos mismos procesos. La Contraloría solo actúa en la ejecución de los contratos. En Chile, además de la Contraloría, hay un Tribunal de Contratación Pública, conformado por tres abogados postulados por la Corte Suprema de Justicia. Este tribunal resuelve denuncias e impugnaciones de la ciudadanía, que van desde la aprobación de las bases hasta la adjudicación.

Finalmente, solo el 13% de los funcionarios públicos capacitados se lograron certificar en compras públicas, mientras ese porcentaje es del 81% en Chile. “Es una cifra que deberíamos analizar. En realidad, no se está utilizando la metodología correcta”, concluyó Conza. (JS)