Se actualiza reglamento para centros de capacitación en seguridad privada

CURSOS. Las compañías de seguridad tienen que cumplir una serie de requisitos para su funcionamiento.
CURSOS. Las compañías de seguridad tienen que cumplir una serie de requisitos para su funcionamiento.

Los requisitos para la constitución y funcionamiento de los centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada pasaron de 11 a 14, de acuerdo con el nuevo reglamento que regula esta actividad, dictado por el Ministerio de Gobierno y que entró en vigencia el 19 de febrero con su publicación en el Registro Oficial N. 146.

Además, a través de este acuerdo se actualiza la normativa que estaba vigente desde 2015. Entre los requisitos para constituir una empresa de capacitación en seguridad privada constan el Registro Único de Contribuyentes; la copia certificada de la escritura de constitución de la compañía, cuyo objeto social sea únicamente la prestación de servicios educativos en este tema y que acredite un capital social mínimo de 10 mil dólares.

Otro de los requisitos es el contar con una póliza de fiel cumplimiento, incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, a nombre del Ministerio de Gobierno, por un valor de 20 mil dólares con una vigencia igual o mayor al permiso de funcionamiento; la que será ejecutada en caso de clausura definitiva del centro o cualquier evento imputable que impida el desarrollo o culminación de los cursos ofertados.

Personal especializado
Además, con el nuevo reglamento se posibilita a los centros a dictar cursos de especialización en seguridad financiera, como supervisores de operación en servicios de seguridad privada, control de eventos públicos y escenarios deportivos, seguridad en entidades públicas y sectores estratégicos, custodia y transporte de valores, escoltas y seguridad VIP, seguridad privada en bares y restaurantes, formación de guías caninos en seguridad privada, entre otros.