La Fiscalía no acusó al supuesto ‘robaniño’

QUEVEDO

Juan Antonio Paucar de 34 años de edad, y a quien el populacho acusó el pasado 15 de julio de supuestamente querer robarse un niño en la parroquia Venus del Río Quevedo, salió anoche en libertad luego de pasar 30 días detenido en el Centro de Rehabilitación Social.

La Fiscalía emitió un dictamen abstentivo a favor del mencionado ciudadano, es decir, que no existió acusación fiscal y por ende tampoco se lo llevó a juicio.

El día de su detención, Juan Antonio Paucar no solo que fue señalado como un posible secuestrador de menores, sino que también se salvó de ser linchado por la turba que creía que efectivamente había intentado cometer dicho delito.

Aquella noche (15 de julio) los ánimos se caldearon en los ciudadanos debido a que durante varias semanas a través de redes sociales y audios de WhatsApps circulaban mensajes de que en Quevedo había un ‘robaniños’.

Eso llevó a que la Policía actuara y resguardara la integridad de Juan Antonio en la Unidad de Policía Comunitaria (UPC) de la Venus del Río hasta que se realicen las investigaciones. No obstante, la gente atemorizada, más un grupo de presuntos vándalos (siete personas que siguen presas), decidieron tirar piedras y destruir la UPC y varios vehículos policiales, lo que originó una gresca.

Situación

El fiscal Cristian Montoya, quien llevó el caso del supuesto ‘robaniño’, informó ayer que la instrucción era por el delito de secuestro en el grado de tentativa. “La Fiscalía se abstiene dentro de las investigaciones tanto de las diligencias de cargo, así como de descargo que se pudieron determinar mediante los informes realizados por agentes de la Unase, de que los hechos no acontecieron tal y como se hizo creer a la comunidad mediante redes sociales”, afirmó el funcionario.

Montoya agregó que hasta ahora no se ha podido justificar la existencia jurídica de la infracción, la misma que no encuadra en lo que establece el artículo 161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 39 que refleja el grado de tentativa, al igual que tampoco se ha podido justificar la responsabilidad. El fiscal aclaró que el siguiente paso era que el juez o la jueza que conoció la causa resuelva en derecho, es decir, dicte el sobreseimiento (Suspensión por parte de un juez o de un tribunal de un procedimiento judicial, por falta de pruebas o por otra causa), del otrora detenido y recupere su libertad de manera inmediata y que tácitamente lo
declare inocente. (MCC)