Aborto por violación está en manos de la Corte Constitucional

CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.
CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.
CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.
CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.
CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.
CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.
CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.
CRITERIO. El criterio jurídico de la máxima corte del país definirá el futuro del tema del aborto en Ecuador.

La despenalización del aborto se encuentra en manos de los ocho jueces de la Corte Constitucional, a quienes el Gobierno del presidente, Lenín Moreno, encomendó el viernes emitir un dictamen sobre la constitucionalidad de las reformas hechas en esta materia dentro del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Así lo dispone el veto impuesto al proyecto aprobado por la Asamblea Nacional, en el que se incluyen objeciones parciales y de “constitucionalidad”. Del dictamen que los jueces emitan en los próximos días dependerá que concluya el tratamiento por parte de los legisladores.

En su pronunciamiento sobre este cuerpo legal, Moreno deja intacto el artículo 150, que establece como “aborto no punible”, es decir que no se puede sancionar, cuando se trate única y exclusivamente de casos practicados por médicos profesionales o personal capacitado a una mujer con discapacidad mental o por peligro de la vida o la salud de la mujer embarazada “y este peligro no puede ser evitado por otros medios”.

La decisión de Moreno se conoció dos días después de que la Iglesia Católica advirtiera que despenalizar el aborto por violación representaría provocar una conmoción.

La representante del Centro de Apoyo y Protección de Derechos Humanos de Mujeres, Surkuna, Ana Cristina Vera, señaló que el dictamen que emita la Corte Constitucional permitirá concluir el trámite de aprobación de las reformas. “Si es un dictamen de inconstitucionalidad, la Corte lo modifica en ese mismo ejercicio. Por ejemplo, en el tema del matrimonio de personas de un mismo sexo no hubo necesidad de que se modifique la Ley del Registro Civil. Es lo mismo que tendría que pasar si se pronuncia y dice que es inconstitucional limitar la posibilidad que las mujeres víctimas de violencia sexual accedan a un aborto”.

La despenalización del aborto se encuentra en manos de los ocho jueces de la Corte Constitucional, a quienes el Gobierno del presidente, Lenín Moreno, encomendó el viernes emitir un dictamen sobre la constitucionalidad de las reformas hechas en esta materia dentro del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Así lo dispone el veto impuesto al proyecto aprobado por la Asamblea Nacional, en el que se incluyen objeciones parciales y de “constitucionalidad”. Del dictamen que los jueces emitan en los próximos días dependerá que concluya el tratamiento por parte de los legisladores.

En su pronunciamiento sobre este cuerpo legal, Moreno deja intacto el artículo 150, que establece como “aborto no punible”, es decir que no se puede sancionar, cuando se trate única y exclusivamente de casos practicados por médicos profesionales o personal capacitado a una mujer con discapacidad mental o por peligro de la vida o la salud de la mujer embarazada “y este peligro no puede ser evitado por otros medios”.

La decisión de Moreno se conoció dos días después de que la Iglesia Católica advirtiera que despenalizar el aborto por violación representaría provocar una conmoción.

La representante del Centro de Apoyo y Protección de Derechos Humanos de Mujeres, Surkuna, Ana Cristina Vera, señaló que el dictamen que emita la Corte Constitucional permitirá concluir el trámite de aprobación de las reformas. “Si es un dictamen de inconstitucionalidad, la Corte lo modifica en ese mismo ejercicio. Por ejemplo, en el tema del matrimonio de personas de un mismo sexo no hubo necesidad de que se modifique la Ley del Registro Civil. Es lo mismo que tendría que pasar si se pronuncia y dice que es inconstitucional limitar la posibilidad que las mujeres víctimas de violencia sexual accedan a un aborto”.

La despenalización del aborto se encuentra en manos de los ocho jueces de la Corte Constitucional, a quienes el Gobierno del presidente, Lenín Moreno, encomendó el viernes emitir un dictamen sobre la constitucionalidad de las reformas hechas en esta materia dentro del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Así lo dispone el veto impuesto al proyecto aprobado por la Asamblea Nacional, en el que se incluyen objeciones parciales y de “constitucionalidad”. Del dictamen que los jueces emitan en los próximos días dependerá que concluya el tratamiento por parte de los legisladores.

En su pronunciamiento sobre este cuerpo legal, Moreno deja intacto el artículo 150, que establece como “aborto no punible”, es decir que no se puede sancionar, cuando se trate única y exclusivamente de casos practicados por médicos profesionales o personal capacitado a una mujer con discapacidad mental o por peligro de la vida o la salud de la mujer embarazada “y este peligro no puede ser evitado por otros medios”.

La decisión de Moreno se conoció dos días después de que la Iglesia Católica advirtiera que despenalizar el aborto por violación representaría provocar una conmoción.

La representante del Centro de Apoyo y Protección de Derechos Humanos de Mujeres, Surkuna, Ana Cristina Vera, señaló que el dictamen que emita la Corte Constitucional permitirá concluir el trámite de aprobación de las reformas. “Si es un dictamen de inconstitucionalidad, la Corte lo modifica en ese mismo ejercicio. Por ejemplo, en el tema del matrimonio de personas de un mismo sexo no hubo necesidad de que se modifique la Ley del Registro Civil. Es lo mismo que tendría que pasar si se pronuncia y dice que es inconstitucional limitar la posibilidad que las mujeres víctimas de violencia sexual accedan a un aborto”.

La despenalización del aborto se encuentra en manos de los ocho jueces de la Corte Constitucional, a quienes el Gobierno del presidente, Lenín Moreno, encomendó el viernes emitir un dictamen sobre la constitucionalidad de las reformas hechas en esta materia dentro del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Así lo dispone el veto impuesto al proyecto aprobado por la Asamblea Nacional, en el que se incluyen objeciones parciales y de “constitucionalidad”. Del dictamen que los jueces emitan en los próximos días dependerá que concluya el tratamiento por parte de los legisladores.

En su pronunciamiento sobre este cuerpo legal, Moreno deja intacto el artículo 150, que establece como “aborto no punible”, es decir que no se puede sancionar, cuando se trate única y exclusivamente de casos practicados por médicos profesionales o personal capacitado a una mujer con discapacidad mental o por peligro de la vida o la salud de la mujer embarazada “y este peligro no puede ser evitado por otros medios”.

La decisión de Moreno se conoció dos días después de que la Iglesia Católica advirtiera que despenalizar el aborto por violación representaría provocar una conmoción.

La representante del Centro de Apoyo y Protección de Derechos Humanos de Mujeres, Surkuna, Ana Cristina Vera, señaló que el dictamen que emita la Corte Constitucional permitirá concluir el trámite de aprobación de las reformas. “Si es un dictamen de inconstitucionalidad, la Corte lo modifica en ese mismo ejercicio. Por ejemplo, en el tema del matrimonio de personas de un mismo sexo no hubo necesidad de que se modifique la Ley del Registro Civil. Es lo mismo que tendría que pasar si se pronuncia y dice que es inconstitucional limitar la posibilidad que las mujeres víctimas de violencia sexual accedan a un aborto”.

DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.
DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.
DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.
DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.
DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.
DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.
DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.
DEMOCRACIA. Por primera vez se plantea legislar las agresiones contra periodistas.

Agresiones a periodistas
Por primera vez en la legislación ecuatoriana también se incluye la posibilidad de penalizar infracciones contra periodistas. Como “circunstancia agravante” califica el veto del Ejecutivo el hecho de “haber perpetrado la infracción en contra de médicos, periodistas, personal de asistencia humanitaria o cualquier otra persona que, en un contexto de conmoción popular, calamidad pública o similar, se encuentren brindando servicios para garantizar los derechos de otros”.

El coordinador de la carrera de Periodismo de la Universidad San Francisco y corresponsal en Ecuador de Reporteros Sin Fronteras, Erick Samsom, calificó como positivo este planteamiento legal tras recordar numerosos casos de agresiones, no solo contra periodistas sino contra personas que precautelaban los derechos de otro. Incluso repudió los ataques en contra de ambulancias que se registraron durante las últimas manifestaciones en el país y que duraron 11 días.

“Es importante que se reconozca que el trabajo nuestro tiene un rol social, más allá de nuestra persona. Cuando se impide a periodistas cubrir una manifestación, se les agrede, esto implica un derecho global de la ciudadanía de estar informada”, puntualizó.

“La única duda es a quién exactamente se refiere cuando el texto habla de periodista. La Ley Orgánica de Comunicación responde a una definición precisa de titulación. Entonces, qué pasaría si se ataca, insulta, se impide el trabajo de un comunicador ciudadano, de un bloguero, de un comunicador que está haciendo un trabajo de cobertura informativa. No sé si estarán o no cubiertos”, agregó.

Agresiones a periodistas
Por primera vez en la legislación ecuatoriana también se incluye la posibilidad de penalizar infracciones contra periodistas. Como “circunstancia agravante” califica el veto del Ejecutivo el hecho de “haber perpetrado la infracción en contra de médicos, periodistas, personal de asistencia humanitaria o cualquier otra persona que, en un contexto de conmoción popular, calamidad pública o similar, se encuentren brindando servicios para garantizar los derechos de otros”.

El coordinador de la carrera de Periodismo de la Universidad San Francisco y corresponsal en Ecuador de Reporteros Sin Fronteras, Erick Samsom, calificó como positivo este planteamiento legal tras recordar numerosos casos de agresiones, no solo contra periodistas sino contra personas que precautelaban los derechos de otro. Incluso repudió los ataques en contra de ambulancias que se registraron durante las últimas manifestaciones en el país y que duraron 11 días.

“Es importante que se reconozca que el trabajo nuestro tiene un rol social, más allá de nuestra persona. Cuando se impide a periodistas cubrir una manifestación, se les agrede, esto implica un derecho global de la ciudadanía de estar informada”, puntualizó.

“La única duda es a quién exactamente se refiere cuando el texto habla de periodista. La Ley Orgánica de Comunicación responde a una definición precisa de titulación. Entonces, qué pasaría si se ataca, insulta, se impide el trabajo de un comunicador ciudadano, de un bloguero, de un comunicador que está haciendo un trabajo de cobertura informativa. No sé si estarán o no cubiertos”, agregó.

Agresiones a periodistas
Por primera vez en la legislación ecuatoriana también se incluye la posibilidad de penalizar infracciones contra periodistas. Como “circunstancia agravante” califica el veto del Ejecutivo el hecho de “haber perpetrado la infracción en contra de médicos, periodistas, personal de asistencia humanitaria o cualquier otra persona que, en un contexto de conmoción popular, calamidad pública o similar, se encuentren brindando servicios para garantizar los derechos de otros”.

El coordinador de la carrera de Periodismo de la Universidad San Francisco y corresponsal en Ecuador de Reporteros Sin Fronteras, Erick Samsom, calificó como positivo este planteamiento legal tras recordar numerosos casos de agresiones, no solo contra periodistas sino contra personas que precautelaban los derechos de otro. Incluso repudió los ataques en contra de ambulancias que se registraron durante las últimas manifestaciones en el país y que duraron 11 días.

“Es importante que se reconozca que el trabajo nuestro tiene un rol social, más allá de nuestra persona. Cuando se impide a periodistas cubrir una manifestación, se les agrede, esto implica un derecho global de la ciudadanía de estar informada”, puntualizó.

“La única duda es a quién exactamente se refiere cuando el texto habla de periodista. La Ley Orgánica de Comunicación responde a una definición precisa de titulación. Entonces, qué pasaría si se ataca, insulta, se impide el trabajo de un comunicador ciudadano, de un bloguero, de un comunicador que está haciendo un trabajo de cobertura informativa. No sé si estarán o no cubiertos”, agregó.

Agresiones a periodistas
Por primera vez en la legislación ecuatoriana también se incluye la posibilidad de penalizar infracciones contra periodistas. Como “circunstancia agravante” califica el veto del Ejecutivo el hecho de “haber perpetrado la infracción en contra de médicos, periodistas, personal de asistencia humanitaria o cualquier otra persona que, en un contexto de conmoción popular, calamidad pública o similar, se encuentren brindando servicios para garantizar los derechos de otros”.

El coordinador de la carrera de Periodismo de la Universidad San Francisco y corresponsal en Ecuador de Reporteros Sin Fronteras, Erick Samsom, calificó como positivo este planteamiento legal tras recordar numerosos casos de agresiones, no solo contra periodistas sino contra personas que precautelaban los derechos de otro. Incluso repudió los ataques en contra de ambulancias que se registraron durante las últimas manifestaciones en el país y que duraron 11 días.

“Es importante que se reconozca que el trabajo nuestro tiene un rol social, más allá de nuestra persona. Cuando se impide a periodistas cubrir una manifestación, se les agrede, esto implica un derecho global de la ciudadanía de estar informada”, puntualizó.

“La única duda es a quién exactamente se refiere cuando el texto habla de periodista. La Ley Orgánica de Comunicación responde a una definición precisa de titulación. Entonces, qué pasaría si se ataca, insulta, se impide el trabajo de un comunicador ciudadano, de un bloguero, de un comunicador que está haciendo un trabajo de cobertura informativa. No sé si estarán o no cubiertos”, agregó.