Jorge Glas acumularía 22 años, si se ratifica la sentencia por peculado

PROCESOS. El exsegundo mandatario permanece recluido en la cárcel de Latacunga.
PROCESOS. El exsegundo mandatario permanece recluido en la cárcel de Latacunga.

Según el COIP, las penas se pueden acumular hasta 40 años. Glas tiene dos sentencias en firme y una de primera instancia.

La estancia del exvicepresidente Jorge Glas en la cárcel de Latacunga se podría prolongar. El exsegundo mandatario del régimen de Rafael Correa recibió una nueva condena de ocho años. Esta vez, un Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia, en audiencia de juicio, lo halló culpable, junto a otras seis personas más, por el delito de peculado.

La nueva causa tiene que ver con un escándalo de corrupción en la adjudicación de un contrato para la exploración y explotación del campo Singue. Este proceso se dio cuando Glas encabezaba los sectores estratégicos en calidad de Ministro.

Sin opción de rebaja

Nicolás Salas, abogado penalista, aseguró que, de acuerdo al artículo 55 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), las penas sí se acumulan hasta un máximo de 40 años.

Es decir, si esta última sentencia se ratifica en casación, Glas podría permanecer hasta 22 años tras las rejas.

El jurista agregó que el exhombre fuerte del correísmo, tampoco podría recurrir a beneficios penitenciarios de rebaja de penas, pues tiene dos sentencias ya ejecutoriadas.

En diciembre de 2017, Glas fue condenado a 6 años de cárcel, por asociación ilícita por hechos de corrupción relacionados con la empresa constructora Odebrecht.

En septiembre del año pasado, en casación, un Tribunal de la CNJ ratificó la sentencia por cohecho de 8 años impuesta para él, el expresidente Rafael Correa y otros funcionarios de su administración, dentro del caso ‘Sobornos 2012 – 2016’.

Norma aplicada

El actual COIP sanciona al peculado de 10 a 13 años de cárcel; sin embargo, los hechos que se le atribuyen para este caso ocurrieron en 2012, cuando estaba vigente el anterior Código Penal. Ese cuerpo legal establecía una pena de 4 a 8 años, norma que, por principio de favorabilidad, se le aplicó al acusado.

Sebastián Cornejo, también penalista, explicó que este fallo es de primera instancia. Para que quede en firme, dijo, se tienen que agotar los recursos de apelación y casación. Primero, el Tribunal de la CNJ podría ratificar o revertir la sentencia. La Fiscalía, si así lo considera, también podría apelar la decisión y pedir una pena privativa de la libertad de más años.

Reacciones

El fallo tuvo un voto salvado, el del juez ponente, Iván León. Él ratificó el estado de inocencia de los 15 procesados en el caso. Los jueces, Javier de la Cadena y José Layedra, en cambio, hallaron culpables a siete personas.

Además de Glas, los exministros Wilson Pastor y Carlos Pareja Yannuzzelli y el empresario, César Guerra, fueron condenados a ocho años en calidad de coautores de peculado. Otros tres funcionarios del sector petrolero recibieron la pena de cuatro años como cómplices del delito.

José Molina, abogado de Silvana Pastor (hija del ministro Pastor), a quien se le ratificó su estado de inocencia, calificó a la sentencia como extraña. Insistió que en el caso Singue no hubo perjuicio para el Estado y que por ende no se configura un delito de peculado.

Pablo Encalada, defensor de cuatro funcionarios a quienes los jueces hallaron inocentes, expresó que la decisión de la CNJ le dejó un sabor agridulce. Él también aseguró que el ámbito político tuvo influencia en el fallo.

Si en casación se confirma esta sentencia, el Estado tendrá que iniciar el proceso de caducidad del contrato”. Fernando Santos, experto petrolero.

“Complicidad entre funcionarios”

Fernando Santos, exministro de energía y experto petrolero, está de acuerdo con la sentencia. Según dijo, existió complicidad entre el exministro Wilson Pastor y el consorcio DGC, conformado por las empresas Dygoil y Gente Oil, para configurar el peculado.

Según dijo, Pastor ocultó el verdadero monto de las reservas petroleras del campo Singue y favoreció a dicha empresa, estableciendo una tarifa de 33,5 dólares por barril, un valor menor al de la oferta inicial. Según dijo, para llegar a ese precio no se tomó en cuenta el 100% de las reservas probadas en el campo.

Según el abogado Molina, no se puede determinar la cantidad de hidrocarburo que hay en el campo antes de la exploración y explotación.

Santos afirma que sí es posible y que hay empresas especializadas en esa actividad y que el campo Singue tenía un cálculo del que conocían los exfuncionarios.