Hasta un año podría tomar notificación de sentencia a Jorge Glas

PROCESO. Glas no puede apelar mientras no le notifiquen por escrito la sentencia.
PROCESO. Glas no puede apelar mientras no le notifiquen por escrito la sentencia.

El Tribunal se acogerá a una disposición que le permite llevar la sentencia a escrito hasta el 21 de enero de 2019.

El pasado 13 de diciembre, los jueces nacionales Édgar Flores, Sylvia Sánchez y Richard Villagómez dictaron oralmente la sentencia a seis años de prisión contra el exvicepresidente Jorge Glas y otros implicados por la trama de corrupción de Odebrecht, en el caso de asociación ilícita.

Sin embargo, ese tribunal penal de la Corte Nacional de Justicia todavía no notifica la sentencia por escrito y ha anunciado que se tomará, para hacerlo, el término de 90 días más uno adicional por cada 100 fojas del expediente. Como el expediente tiene 18.000 fojas, los jueces se podrían demorar hasta 280 días; es decir, más de nueve meses.

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días han pasado desde que se sentenció a los procesados. El anuncio lo hicieron ante la insistencia de Eduardo Franco Loor, el abogado del exvicepresidente Glas, para que notificaran por escrito la sentencia, ya que a partir de ese momento recién la podrá apelar. Citando el artículo 149 del Código de la Función Judicial, los jueces dicen que, “aunque han pasado más de 10 días de anunciada la sentencia oral, aún no ha fenecido el tiempo legal para la notificación de la sentencia por escrito, lo que se hará oportunamente”.

El problema, de acuerdo con Franco Loor, es que ese artículo habla de ‘término’, por lo cual no podría ser aplicado a la materia penal, sino sería para las otras materias.

El artículo 573 del Código Penal dice que: “para el trámite de los procesos penales y la práctica de los actos procesales son hábiles todos los días y horas, excepto en lo que se refiere a la interposición y la fundamentación de recursos”. Según Franco Loor, los jueces se quieren demorar 280 días término, es decir, hábiles, por lo que la sentencia podría dictarse hasta el 21 de enero de 2019. “Se están burlando de la Ley”, argumento.

El debate
El acusador particular César Montúfar dice que sus abogados encuentran “legal” la disposición a la que se atienen los jueces. Sin embargo, piensa que demorarse tanto tiempo es “injustificado porque la sentencia está totalmente clara, ya que fue anunciada oralmente y la demora causa incertidumbre y preocupación”. Él observa que es “inconveniente” tomarse tanto tiempo para entregar por escrito algo que ya dijeron oralmente.

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años de prisión deberá cumplir Glas si se ejecutoría la sentencia en su contra.

18.000
fojas tiene el proceso. El penalista y profesor universitario Xavier Andrade afirma que la queja de la defensa de Glas es correcta, pero quiere dejar en claro que esta demora no afecta el debido proceso ni puede ser un motivo para dejar sin efecto la decisión. En su opinión, es real que en materia penal no corren los ‘términos’, sino los plazos. “La Corte está tarde ya porque tenía 10 días para notificar por escrito la sentencia”, dice. Sin embargo, Andrade comenta que, por lo general, los jueces se suelen tomar más 10 para depurar las sentencias.

“Lo que sí podría perjudicar el debido proceso es que, si le pasa algo a uno de los jueces, ya sea que salga del cargo o se enferme, no notifiquen los tres miembros del tribunal por escrito”, dice, ya que los tres juzgadores deben firmar la sentencia.

El tribunal penal negó ayer otro pedido de Franco Loor de dejar sin efecto el anuncio de que el tiempo con el que cuentan los jueces para notificar por escrito la sentencia es el término que establece el Código de la Función Judicial. (MMD)