La Corte nos debe una

La Corte Constitucional de Ecuador negó dos solicitudes diferentes para que los proyectos mineros en el sur del país dependan de la aprobación ciudadana. Salomónicamente negó la solicitud del Prefecto del Azuay para preguntar a su población si quería que se hubiera minería en su territorio, en perjuicio de la naturaleza y, de forma muy relevante, las fuentes hídricas.

Los jueces declararon “que la pregunta relativa al pedido de la iniciativa ciudadana para solicitar una consulta popular, ingresada a esta Corte por Yaku Pérez Guartambel, el 30 de junio de 2019, no garantiza la plena libertad del elector, ni cuenta con un apego constitucional, por las razones expuestas en este dictamen”. En consecuencia, decidieron “negar y archivar el pedido de dictamen previo de constitucionalidad de consulta popular”.

El asunto viene discutiéndose con fuerza en los últimos meses, en particular a raíz de las elecciones seccionales pasadas. La prevalencia de la minería ilegal en zonas muy sensibles, no solo porque perjudica a la flora y la fauna, a los caudales de agua y a la población misma, sino porque es instrumentalizada por la narcoguerrilla de Colombia y las mafias locales poderosas e influyentes. Un problema de difícil solución.

Por otro lado, la minería legal se apresta a dar entrada al país a varias empresas, con prospecciones ya realizadas o en marcha, y la resistencia de ciertos sectores populares la ponen contra la pared. La vigencia o no el concepto constitucional del bien común está en el centro de la controversia. ¿Se le tiene en cuenta? ¿Cuál es en este caso? La Corte Constitucional debe a la sociedad una aclaración al respecto.


Los médicos como la cerveza, mejor cuanto más viejos”. Thomas Fuller Clérigo y escritor británico (1610-1661)Que la comida sea tu alimento y el alimento tu medicina”. Hipócrates Médico griego (s. V AC-s. IV AC)