Corte Constitucional resuelve primera objeción presidencial

DICTAMEN. Esta es la primera resolución de la Corte a una objeción presidencial.
DICTAMEN. Esta es la primera resolución de la Corte a una objeción presidencial.

La Corte Constitucional (CC) resolvió que la propuesta del presidente, Lenín Moreno, de reducir al 50% las exenciones tributarias que tienen los adultos mayores es regresiva en derechos humanos.

La primera resolución sobre objeciones presidenciales emitida por el pleno de la CC, desde que fue posesionada, dispone a la Asamblea Nacional que se abstenga de tramitar el texto alternativo que envió el Ejecutivo al artículo 14 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores. Decisión que para la Asamblea Extraordinaria de Jubilados y Pensionistas es positiva.

El 19 de julio del año pasado, la Asamblea aprobó la normativa en segundo debate, la cual fue vetada parcialmente por el Presidente con 28 observaciones. Una de ellas en relación al artículo 14, sobre las exoneraciones, porque señalaba que los legisladores creaban beneficios tributarios, lo cual es una potestad exclusiva del Ejecutivo.

De acuerdo con la Ley del Anciano y el proyecto aprobado por la Asamblea, las personas mayores a 65 años y con ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco remuneraciones básicas o con un patrimonio que no exceda 500 salarios están exentas del pago de impuestos fiscales, tasas y contribuciones especiales de mejoras municipales. Pero, el Ejecutivo, en el texto alternativo, bajó al 50% esa exoneración.

Otras objeciones

La Presidencia también objetó la propuesta de la Asamblea de que las donaciones a entidades que atiendan a personas mayores sean deducibles del impuesto a la renta. Esto porque se estaría contraviniendo la Constitución, ya que solo el Ejecutivo puede crear, modificar, exonerar o extinguir impuestos.

El Dato
Los jubilados estuvieron presentes durante todo el proceso de elaboración de la Ley del Adulto Mayor.

El mismo argumento usó para referirse a que los legisladores ampliaron la exoneración de impuestos nacionales administrados por el SRI, al no incluir un párrafo de la norma vigente, que señala que los beneficios aplicables son exclusivamente los estipulados en las leyes tributarias.

Por eso, el 7 de septiembre, la presidenta de la Asamblea Nacional, Elizabeth Cabezas, remitió a la Corte la objeción para que esta revise una posible inconstitucionalidad.

Finalmente, el martes pasado, con nueve votos a favor, la CC dictaminó que el artículo 14 de la ley aprobada sí era inconstitucional en lo objetado por la Presidencia. Por lo que, dispuso a la Asamblea que incorpore el texto faltante y elimine lo relacionado a la deducción del impuesto a la renta. Además, que no trate el texto alternativo sobre la reducción del porcentaje del beneficio de exoneración de impuestos.

Reacción

Édison Lima, dirigente de la Asamblea Extraordinaria de Jubilados y Pensionistas celebró la resolución de la Corte. El fin de semana, junto con abogados, se hizo una revisión del texto para esta semana acudir a la Asamblea Nacional a exigir que se dé cumplimiento de lo dispuesto por los jueces.

El viernes, Lima acudió a la CC para conocer si ya existía resolución. Allí recibió una copia del documento. Tras leer el escrito, dijo que “falta asesoría en la Presidencia”, debido a lo que se pretendía incluir.

Por eso, ahora plantea que la Asamblea redacte el artículo de forma “técnica, legal y constitucional”. (AGO)