Ministerio de Energía desmiente aumento desmesurado en tarifa de alumbrado eléctrico

A través de un comunicado oficial, esta tarde, el Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables explicó que el pliego tarifario del servicio de alumbrado público, vigente en 2019, establece el pago de un valor fijo (USD/abonado-mes) para los sectores residencial, comercial, industrial, asistencia social, beneficio público, entidades oficiales, entre otros, de acuerdo a 14 rangos de consumo establecidos, a nivel nacional. Así lo establece la resolución N° 051/18 aprobada por la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (Arconel).

Hasta 2018, la tarifa de este servicio era fijada de acuerdo a porcentajes generales establecidos por los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD), sin contar con un sustento técnico y económico. Con el nuevo pliego, por ejemplo, en los rangos de menor consumo, el costo del servicio disminuye en comparación con los mecanismos de cálculo aplicados anteriormente.

“La tarifa que los usuarios pagan por el alumbrado público, no se ha incrementado. Hemos realizado un análisis de tarifas y de cobertura de costos y, por primera vez, se ha establecido un pliego tarifario para este servicio, considerando criterios de equidad, eficiencia energética y sostenibilidad. Con ello se busca que quienes más consumen, paguen más por este servicio”, aseguró Byron Betancourt, Director Ejecutivo de Arconel.

En 10 provincias que reciben los servicios de energía eléctrica y de alumbrado público, a través de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL), alrededor de 2,23 millones de usuarios residenciales, que representan el 98 % del total de abonados de este sector, cuyos consumos se encuentran entre 0 y 700 kWh-mes, pagarán conforme al pliego tarifario valores fijos entre 0,11 y 7,97 USD/abonado-mes.

El 2% restante (alrededor de 35 mil usuarios) que presentan consumos superiores a los 700 kWh-mes, esto es 5 veces el consumo promedio del sector residencial (130 kWh-mes), pagarían valores fijos entre 21,16 y 179,54 USD/abonado-mes.

La Ley Orgánica de Servicio Público de Energía Eléctrica diferencia al Servicio Público de Energía Eléctrica y al Servicio de Alumbrado Público General como dos servicios independientes; de acuerdo al Artículo 54 de este cuerpo legal, la Arconel, en ejercicio de sus atribuciones durante el 2018, realizó talleres con las empresas eléctricas con el propósito de determinar la cobertura de costos para los dos servicios públicos, correspondientes al 2019 que sirvieron de base para la determinación de los pliegos tarifarios respectivos . (JS)