Esencia de la Consulta Popular

Gustavo Ortiz Hidalgo

Dos son las preguntas esenciales de la consulta popular, a través de las cuales y por la vía del referéndum, el presidente Lenín Moreno pretende “enmendar” la Constitución de la República.

La primera pregunta dice: “¿Para garantizar el principio de alternabilidad, está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para que todas las autoridades de elección popular puedan ser reelectas por una sola vez para el mismo cargo, recuperando el mandato de la Constitución de Montecristi y dejando sin efecto la reelección indefinida aprobada mediante enmienda por la Asamblea Nacional el 3 de diciembre de 2015, según lo establecido en el Anexo 2?” En dicho anexo se incluye una disposición general que señala: “Las autoridades de elección popular que ya hubiesen sido reelegidas desde la entrada en vigor de la Constitución de Montecristi no podrán postularse para el mismo cargo”. Es decir, en el caso de un pronunciamiento popular mayoritario, las autoridades mencionadas solo podrán ser reelegidas por una sola vez, periodos que serán contabilizados a partir del 2008.

La segunda pregunta plantea: “¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución de la República del Ecuador para reestructurar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, así como dar por terminado el periodo constitucional de sus actuales miembros, y que el Consejo que asuma transitoriamente sus funciones tenga la potestad de evaluar el desempeño de las autoridades cuya designación le corresponde, pudiendo, de ser el caso, anticipar la terminación de sus periodos, de acuerdo al Anexo 3?”. En el caso de que el pronunciamiento popular sea mayoritario, los miembros definitivos del CPCCS serán elegidos por el voto popular, con lo que dicho organismo tendría la legitimidad necesaria para designar a varias autoridades del Estado. (O)