Todo al apuro

El nuevo Derecho francés de obligaciones y contratos procede de la ordenanza n.º 2016-131 de 10 de febrero de 2016 y se orienta a la reforma del Derecho de los contratos, del régimen general y de la prueba de las obligaciones, siendo “ el mayor cambio en esta materia desde la promulgación del Código civil de 1804”. No obstante, este portentoso cambio pudo hacerse efectivo después de un período de 12 años de trabajo, pues “marca el fin de un largo proceso que se inició con motivo del bicentenario del Código civil”.

En el caso ecuatoriano, las cosas son opuestas, pues el procedimiento legislativo se ha caracterizado por su insistencia en quitarle solvencia y calidad a los cuerpos normativos que, en especial, durante la última década se han aprobado, sin dejar de lado a mucho de lo actuado hogaño.

Desde la vigencia de la Carta de Montecristi se tuvo una muy poco feliz disposición, pues se conminaba “al órgano legislativo, en el plazo máximo de ciento veinte días contados desde la entrada en vigencia de la Constitución para aprobar la ley que desarrolle el régimen de soberanía alimentaria, la ley electoral, la ley reguladora de la Función Judicial, del Consejo de la Judicatura y la que regula el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social”. Además en el plazo máximo de trescientos sesenta días, se debían aprobar 11 cuerpos legales de temas complejos.

Por supuesto, el resultado fue la redacción de cuerpos normativos abigarrados, redactados al apuro y en plena contradicción con la gramática y la Constitución.

Con la misma lógica se aprobaron leyes tan importantes como el Cogep y el Coip, que hoy son una clara muestra de los deslices y de la falta de criterio, pues la ausencia de prudencia y de deliberación ha hecho que estas normas muestren algunas lagunas que alejan su vigencia de la eficiencia y eficacia que las necesidades ciudadanas lo requieren.

La prudencia no puede confundirse con sagacidad o astucia, pues debe relacionarse con la deliberación que en el sentido aristotélico recae sobre aspectos que admiten debate u opiniones contrarias o complementarias. La consecuencia, se requiere más calidad en los debates y más cuidado en la aprobación.

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