Niegan acción de protección a pueblo de Ecuador afectado por hidroeléctrica

AFLUENTE. Según los denunciantes, Hidrotambo S.A. provocó el desvío del río Dulcepamba.
AFLUENTE. Según los denunciantes, Hidrotambo S.A. provocó el desvío del río Dulcepamba.

Redacción QUITO

EFE

Un tribunal de la provincia de Bolívar negó ayer una acción de protección interpuesta por San Pablo de Amalí, supuestamente perjudicado por la compañía hidroeléctrica Hidrotambo S.A., que desvió el curso del río Dulcepamba, al considerarla improcedente.

La Unidad Judicial Multicompetente de Chillanes adoptó esa decisión tras considerar carente de motivación la acción del pueblo perjudicado por la hidroeléctrica.

La Defensoría del Pueblo y la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) anunciaron, a través de sus redes sociales, que apelarán la decisión del juez ante la Corte Provincial de Bolívar. El director general tutelar de la Defensoría, Harold Burbano, destacó que no se descansará “hasta que los Derechos Humanos de dicha población sean resarcidos”.

Por su parte, los abogados de la Cedhu aseveraron que esta decisión judicial se tomó “de manera infundada”, al sostener que parte de la defensa no demostró “suficientemente los daños provocados por el desvío del río en el año 2013” y que causó una “tragedia” en marzo de 2015, que resultó, según los pobladores, en la muerte de tres personas y la destrucción de una docena de viviendas.