Casación para 15 procesados en caso Sobornos

La audiencia se realizará el 3 de septiembre. Uno de los pedidos aceptado fue el del expresidente Correa.

El Tribunal de Casación de la Corte Nacional de Justicia, conformado por los conjueces Javier de la Cadena, Milton Ávila y José Layedra, definió para las 10:00 del 3 de septiembre la audiencia de casación -recurso extraordinario y último- para los procesados del caso ‘Sobornos 2012 – 2016’, en el que 20 personas fueron sentenciadas por el delito de cohecho.

Con un voto de mayoría, los magistrados admitieron a trámite 15 recursos de casación, entre los que se encuentra el del expresidente Rafael Correa y el exvicepresidente Jorge Glas, ambos sentenciados en calidad de autores mediatos. (Ver recuadro)

Los jueces inadmitieron cuatro requerimientos y se abstuvieron de conocer el de la exasistente de Presidencia, Laura Terán, por considerar que se presentó fuera de tiempo.

Ismael Quintana, experto en Derecho Constitucional, explicó que para quienes se dictó un auto de inadmisión al trámite el recurso de casación, entre los que se encuentra la exministra de Transporte, María Duarte, se considerará que el proceso terminó y que su sentencia estará ejecutoriada. “Respecto de ellos, el proceso ya ha llegado a su fin”, aseguró. (FLC)

Rafael Correa, expresidente de Ecuador

Sentenciado a 8 años en calidad de autor mediato

El Tribunal de Casación resolvió admitir a trámite uno de los cargos casacionales presentados por la defensa de Correa. Tras analizar los reclamos se determinó que unos de los argumentos referentes a la errónea interpretación de los artículos 41 y 42 de Código Orgánico Integral Penal (COIP) cumple con la exigencia del recurso de casación.

Jorge Glas, exvicepresidente de Ecuador

Sentenciado a 8 años en calidad de autor mediato

La defensa del exsegundo mandatario presentó seis cargos casacionales, pero el día de la audiencia solo se pronunciará sobre uno de ellos, que se refiere a la indebida aplicación del artículo 42 numeral 2 literal a del COIP, por cumplirse los criterios que exige el recurso de casación.

Alexis Mera, exsecretario jurídico de la Presidencia

Sentenciado a 8 años en calidad de coautor

Cinco fueron los argumentos de casación que presentó, pero el Tribunal encontró que tan solo los cargos por una errónea interpretación del artículo 619 numeral 2 del COIP y contravención expresa de los artículos 285 y 287 del Código Penal cumplen con los requerimientos del recurso extraordinario.

Walter Solís, exsecretario del Agua

Sentenciado a 8 años como coautor

Los ocho cargos de casación que presentó su defensa fueron inadmitidos por el Tribunal.

Vinicio Alvarado, exsecretario de la Administración Pública Sentenciado a 8 años en calidad de coautor

La defensa de Alvarado presentó dos cargos casacionales, pero los jueces admitieron solamente uno, en el que se refiere a la indebida aplicación del artículo 287 del Código Penal, al cumplir la naturaleza jurídica del recurso extraordinario de casación.

Viviana Bonilla, asambleísta, excandidata a la Alcaldía de Guayaquil

Sentenciada a 8 años en calidad de coautora

De las cuatro observaciones planteadas por su defensa, los jueces hallaron que en solamente una cumple con los requerimientos legales para admitir a trámite. Este cargo corresponde a una indebida aplicación de los artículos 285 y 297 del Código Penal. El resto de los argumentos fueron desestimados y rechazados. Según los jueces, los requerimientos se sustentan en pedidos de valoración de prueba y revisión de hechos.

María de los Ángeles Duarte, exministra de Transporte Sentenciada a 8 años en calidad de coautora

Siete cargos casacionales presentó la exfuncionaria, pero los jueces no admitieron a trámite ninguno. El Tribunal consideró que ninguno cumple con los criterios de la casación, pues, entre otras cosas, la defensa sugiere una nueva revisión de los hechos y valoración de prueba. Por ello, los jueces inadmitieron el recurso de casación.

Laura Terán, exasistente de Presidencia

sentenciada a 3 meses y seis días

El Tribunal se abstuvo de tramitar la impugnación, por encontrarse presentado fuera del tiempo previsto en la Ley para el efecto.

Christian Viteri, exasambleísta

Sentenciado a 8 años como autor

Los jueces calificaron un argumento de casación que será analizado en audiencia. Se trata de una indebida aplicación del artículo 285 del Código Penal, que cumple con los criterios para tramitar en el recurso extraordinario.

Víctor Fontana (Fopeca), empresario

Sentenciado a 8 años en calidad de autor directo

De los cuatro reproches a la sentencia de segunda instancia, el Tribunal admitió los cargos de indebida aplicación de los artículos 290, 287 y 340 del Código Penal.

Ramiro Galarza (Consermin), empresario

Sentenciado a 8 años en calidad de autor directo

Cinco cargos casacionales fueron expuestos por el acusado para el análisis de los jueces. El Tribunal encontró que tres de ellos cumplen con los criterios del recurso, estos son la errónea interpretación del artículo 290 del Código Penal, la indebida aplicación del artículo 42 del Código Penal y la contravención expresa del artículo 22 del COIP.

Teodoro Calle (TGC), empresario

Sentenciado a 8 años en calidad de autor directo

De lo cuatro reclamos presentado en el recurso, los jueces de casación resolvieron admitir a trámite de los argumentos. Estos tienen que ver con la indebida aplicación del artículo 42 y 42 del Código Penal.

Rafael Córdova (METCO), empresario

Sentenciado a 8 años en calidad de autor directo

El Tribunal de Casación inadmitió a trámite los cargos casacionales, por encontrar que ninguno de ellos cumplió con los criterios que exige la naturaleza técnica del recurso extraordinario. Con ello, la sentencia de segunda instancia del Tribunal de Apelación queda ejecutoriada.

Alberto Hidalgo (Hidalgo & Hidalgo), empresario

Sentenciado a 32 meses en calidad de autor directo

Los jueces inadmitieron a trámite el recurso de casación por encontrar que la defensa incurrió en pedidos de valoración de prueba o revisión de hechos “expresamente prohibidos en este medio extraordinario de impugnación”.

Du Yeon Choi (SK), empresario

Sentenciado a 8 años en calidad de autor directo

Los jueces admiten a trámite el recurso de casación al considerar que uno de sus reclamos, el de una indebida aplicación de los artículos 290 y 43 del Código Penal, en los términos expuestos en el auto emitido por los jueces.

William Phillips (Azulec), empresario

Sentenciado a 8 años en calidad de autor directo

Cinco de los ocho cargos casacionales que presentó fueron desestimados por el Tribunal. Se admitieron a trámite tres: una indebida aplicación del artículo 287 del Código Penal, la indebida aplicación del artículo 30 numeral 4 del mismo cuerpo legal y la contravención expresa del artículo 78.3 de la misma norma.

Édgar Salas (Consermin), empresario

Sentenciado a 8 años como autor directo

El Tribunal de Casación aceptó a trámite dos requerimientos para la casación. Los jueces resolvieron que la indebida aplicación de los artículos 285 inciso segundo, 287 y 290 del Código Penal y la indebida aplicación del artículo 42 de esa misma norma pueden ser analizados.

Bolívar Sánchez (Sanrib), empresario

Sentenciado a 8 años como autor directo

La indebida aplicación del artículo 290 del Código Penal fue el único de los tres cargos casacionales que el Tribunal aceptó para su tratamiento en audiencia.

Pedro Verduga (Equitesa), empresario

Sentenciado a 8 años como autor directo

Dos de los tres cargos para casar la sentencia que presentó el empresario fueron admitidos a trámite por el Tribunal. Los reclamos tienen que ver con la indebida aplicación del artículo 287 del Código Penal y la contravención expresa del artículo 30 inciso primero de la misma norma.

JUECES. Javier de la Cadena, Milton Ávila y José Layedra son los funcionarios que tramitarán el último recurso en el sonado caso.
JUECES. Javier de la Cadena, Milton Ávila y José Layedra son los funcionarios que tramitarán el último recurso en el sonado caso.