Profesor es sentenciado por acoso

Detalles. En la parroquia San Camilo a finales de octubre se registró el caso de presunto acoso sexual.
Detalles. En la parroquia San Camilo a finales de octubre se registró el caso de presunto acoso sexual.

Quevedo

Los mensajes de ‘amor’ en el Facebook y WhatsApp que un profesor de música (banda de paz) había enviado a una estudiante de 11 años de edad, fueron suficiente prueba para que la Fiscalía lo acusara del presunto delito contra la integridad sexual y reproductiva.

Y es que este hecho fue denunciado a finales de octubre por una madre de familia de una escuela ubicada en la parroquia San Camilo, quien indignada solicitó ayuda a la Policía especializada en niños para que intervengan en el caso.

Tras la detención del maestro identificado como Óscar S., de 24 años de edad, el fiscal de flagrancia que estaba de turno levantó cargos inicialmente por el presunto delito de acoso sexual, sin embargo, 10 días después se reformularon los cargos.

Audiencia

El fiscal Diomedes Solís explicó que dentro de la investigación se solicitó la cámara de gessel con el testimonio anticipado de la menor, quien sería la presunta víctima y quien dijo que era cierto que había tenido contacto con su maestro mediante las redes sociales pero no había recibido amenazas.

Esto, según el Fiscal, cambió el cuadro jurídico por lo que tuvo que reformular cargos basándose en el artículo 173 del Código Orgánico Integral Penal donde se habla del contacto con finalidad sexual con menores de 18 años por medios electrónicos, adecuándose ahí sí la conducta del ciudadano.

Y es que este artículo establece que si alguna persona a través de un medio electrónico o telemático proponga concertar un encuentro con una persona menor de 18 años, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento con finalidad sexual o erótica, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.

“Entonces se le reformuló cargos pero luego este ciudadano con la defensa técnica decidió acogerse al procedimiento abreviado, que lo garantiza el artículo 634 numeral 1 y el artículo 635 del COIP”, detalló Solís.

El pedido fue acogido por el juez y el procesado fue sentenciado a una pena privativa mínima (1 año) de los cuales deberá pagar el tercio de la condena que serían cuatro meses de privación de su libertad en un Centro de Rehabilitación Social.

Sobre este caso fue consultado vía telefónica Marco S., representante y tío del detenido, quien prefirió no pronunciarse al respecto. Solamente dijo que es algo injusto y que incluso su sobrino había sido agredido dentro de la cárcel. (MZA)

Otro caso de presunto acoso

Según el fiscal Diomedes Solís, en un colegio de la parroquia El Guayacán se presentó otro caso en el que un profesor enviaba mensajes de amor a una alumna.

Sin embargo, en la cámara de gessel la adolescente de 16 años manifestó que tampoco recibió ningún tipo de toque, ni amenaza de acuerdo a la relación que tenían ellos.

En ese caso también se reformuló cargos por el artículo 173 y según el fiscal, la defensa quería acogerse al procedimiento abreviado para recibir el tercio de la pena.

Esto se dio la primera semana de noviembre y la próxima semana se tiene previsto llevar a cabo la audiencia en la que se definirá si será en un procedimiento abreviado o normal donde se definirá la pena.