Nuevas reglas y valores para dueños de locales

OPERATIVOS. Se desarrollan en la provincia para hacer respetar la disposición.
OPERATIVOS. Se desarrollan en la provincia para hacer respetar la disposición.

BABAHOYO.

Desde el 9 de febrero el Acuerdo Ministerial 0887 entró en vigencia en todo el país.

Con esta normativa el Ministerio del Interior establece nuevas reglas que deben ser cumplidas por los dueños de establecimientos.

“Desde que el acuerdo entró en vigencia el Intendente, Subintendente, tenientes y comisarios han realizado socializaciones para dar a conocer lo que dice a los dueños de los locales en toda la provincia”, indicó el gobernador Camilo Salinas.

Detalles

El intendente de Policía, Iván Ponce, manifestó que es importante que los dueños de los locales eviten las sanciones que van desde las citaciones hasta la clausura de los establecimientos”.

La normativa contempla además una variación en los horarios de funcionamiento para algunas categorías, así como el hecho de que “la cédula de ciudadanía ya no será el único documento que podrá presentar una persona al interior de un establecimiento, ahora pueden presentar licencia de conducir o pasaporte”, indicó el intendente.

Agregó que ha solicitado a los tenientes y comisarios se intensifiquen los operativos de control en los establecimientos con la finalidad de hacer cumplir con lo establecido en el acuerdo ministerial.

El acuerdo señala la nueva categorización para el levantamiento de sellos; antes todos los establecimientos pagaban un valor de 100 dólares.

Categorización

Los de categoría 1 (Centros de Tolerancia) tienen que cancelar dos salarios básicos unificados (SBU). Categoría 2 (Moteles, Centros de diversión para mayores de edad) pagarán 1 SBU. Y las categorías 3, 4, 5, 7 y 8 (Licorerías, depósitos de bebidas alcohólicas al por mayor, locales de consumo de alimentos preparados, Supermercados y centros de entretenimiento), el 50% de un SBU. (NDA)