Comisión de Justicia rechaza parte del veto al COIP

ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.
ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.
ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.
ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.
ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.
ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.
ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.
ANÁLISIS. Legisladores de la Comisión de Justicia sesionaron el miércoles.

La Comisión de Justicia elaboró un informe con su postura sobre los tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que el Ejecutivo vetó por razones de constitucionalidad.

El informe será remitido a la Coordinación Jurídica de la Asamblea para que lo envíe a la Corte Constitucional, junto con el documento aprobado y el veto parcial.

Los jueces serán los que resuelvan la constitucionalidad de cuatro temas: el comiso sin condena, la posibilidad de juzgar en ausencia delitos contra la integridad sexual de niños, la reforma a la aplicación de disposiciones en conflicto armado, y la existencia de una disposición transitoria al artículo sobre la despenalización del aborto que no se aprobó.

Sin embargo, los legisladores enviarán su criterio. Por mayoría, la Comisión considera que el veto al comiso sin condena “es improcedente”, por lo que insiste en la necesidad de incorporar esa pena contra el derecho a la propiedad.

Igualmente, se mantiene en que, a pesar de que la Constitución no establece que los delitos contra la integridad sexual de los niños podrán ser juzgados en ausencia, la normativa internacional sostiene que prevalecerá el interés superior de los niños.

Más posturas

Sobre los otros dos temas, los legisladores consideran que el veto del Ejecutivo sí procede. Pero, en el caso de la disposición transitoria, cuya finalidad sería regular la aplicación de una reforma que no se aprobó, sobre el aborto no punible en cuatro causales, el informe hace una puntualización.

Indica a la Corte que debe “atender estrictamente a la constitucionalidad de la disposición transitoria segunda, puesto que no ha existido una modificación aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional que deba ser objeto de análisis adicional” por parte de los jueces.

Por otro lado, mañana la Mesa sesionará en la tarde para iniciar el tratamiento de las 37 objeciones parciales que envió el Presidente. (AGO)

EL DATO

La Comisión sesionó el miércoles pasado para conocer el veto parcial del Ejecutivo.

La Comisión de Justicia elaboró un informe con su postura sobre los tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que el Ejecutivo vetó por razones de constitucionalidad.

El informe será remitido a la Coordinación Jurídica de la Asamblea para que lo envíe a la Corte Constitucional, junto con el documento aprobado y el veto parcial.

Los jueces serán los que resuelvan la constitucionalidad de cuatro temas: el comiso sin condena, la posibilidad de juzgar en ausencia delitos contra la integridad sexual de niños, la reforma a la aplicación de disposiciones en conflicto armado, y la existencia de una disposición transitoria al artículo sobre la despenalización del aborto que no se aprobó.

Sin embargo, los legisladores enviarán su criterio. Por mayoría, la Comisión considera que el veto al comiso sin condena “es improcedente”, por lo que insiste en la necesidad de incorporar esa pena contra el derecho a la propiedad.

Igualmente, se mantiene en que, a pesar de que la Constitución no establece que los delitos contra la integridad sexual de los niños podrán ser juzgados en ausencia, la normativa internacional sostiene que prevalecerá el interés superior de los niños.

Más posturas

Sobre los otros dos temas, los legisladores consideran que el veto del Ejecutivo sí procede. Pero, en el caso de la disposición transitoria, cuya finalidad sería regular la aplicación de una reforma que no se aprobó, sobre el aborto no punible en cuatro causales, el informe hace una puntualización.

Indica a la Corte que debe “atender estrictamente a la constitucionalidad de la disposición transitoria segunda, puesto que no ha existido una modificación aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional que deba ser objeto de análisis adicional” por parte de los jueces.

Por otro lado, mañana la Mesa sesionará en la tarde para iniciar el tratamiento de las 37 objeciones parciales que envió el Presidente. (AGO)

EL DATO

La Comisión sesionó el miércoles pasado para conocer el veto parcial del Ejecutivo.

La Comisión de Justicia elaboró un informe con su postura sobre los tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que el Ejecutivo vetó por razones de constitucionalidad.

El informe será remitido a la Coordinación Jurídica de la Asamblea para que lo envíe a la Corte Constitucional, junto con el documento aprobado y el veto parcial.

Los jueces serán los que resuelvan la constitucionalidad de cuatro temas: el comiso sin condena, la posibilidad de juzgar en ausencia delitos contra la integridad sexual de niños, la reforma a la aplicación de disposiciones en conflicto armado, y la existencia de una disposición transitoria al artículo sobre la despenalización del aborto que no se aprobó.

Sin embargo, los legisladores enviarán su criterio. Por mayoría, la Comisión considera que el veto al comiso sin condena “es improcedente”, por lo que insiste en la necesidad de incorporar esa pena contra el derecho a la propiedad.

Igualmente, se mantiene en que, a pesar de que la Constitución no establece que los delitos contra la integridad sexual de los niños podrán ser juzgados en ausencia, la normativa internacional sostiene que prevalecerá el interés superior de los niños.

Más posturas

Sobre los otros dos temas, los legisladores consideran que el veto del Ejecutivo sí procede. Pero, en el caso de la disposición transitoria, cuya finalidad sería regular la aplicación de una reforma que no se aprobó, sobre el aborto no punible en cuatro causales, el informe hace una puntualización.

Indica a la Corte que debe “atender estrictamente a la constitucionalidad de la disposición transitoria segunda, puesto que no ha existido una modificación aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional que deba ser objeto de análisis adicional” por parte de los jueces.

Por otro lado, mañana la Mesa sesionará en la tarde para iniciar el tratamiento de las 37 objeciones parciales que envió el Presidente. (AGO)

EL DATO

La Comisión sesionó el miércoles pasado para conocer el veto parcial del Ejecutivo.

La Comisión de Justicia elaboró un informe con su postura sobre los tres artículos y una disposición transitoria de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que el Ejecutivo vetó por razones de constitucionalidad.

El informe será remitido a la Coordinación Jurídica de la Asamblea para que lo envíe a la Corte Constitucional, junto con el documento aprobado y el veto parcial.

Los jueces serán los que resuelvan la constitucionalidad de cuatro temas: el comiso sin condena, la posibilidad de juzgar en ausencia delitos contra la integridad sexual de niños, la reforma a la aplicación de disposiciones en conflicto armado, y la existencia de una disposición transitoria al artículo sobre la despenalización del aborto que no se aprobó.

Sin embargo, los legisladores enviarán su criterio. Por mayoría, la Comisión considera que el veto al comiso sin condena “es improcedente”, por lo que insiste en la necesidad de incorporar esa pena contra el derecho a la propiedad.

Igualmente, se mantiene en que, a pesar de que la Constitución no establece que los delitos contra la integridad sexual de los niños podrán ser juzgados en ausencia, la normativa internacional sostiene que prevalecerá el interés superior de los niños.

Más posturas

Sobre los otros dos temas, los legisladores consideran que el veto del Ejecutivo sí procede. Pero, en el caso de la disposición transitoria, cuya finalidad sería regular la aplicación de una reforma que no se aprobó, sobre el aborto no punible en cuatro causales, el informe hace una puntualización.

Indica a la Corte que debe “atender estrictamente a la constitucionalidad de la disposición transitoria segunda, puesto que no ha existido una modificación aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional que deba ser objeto de análisis adicional” por parte de los jueces.

Por otro lado, mañana la Mesa sesionará en la tarde para iniciar el tratamiento de las 37 objeciones parciales que envió el Presidente. (AGO)

EL DATO

La Comisión sesionó el miércoles pasado para conocer el veto parcial del Ejecutivo.