Corte Suprema conocerá la causa impuesta por el ex banquero

La Segunda Sala de lo Penal resolvique ser la Corte Suprema de Justicia (CSJ) quien conozca y se pronuncie sobre la demanda formulada por el ex banquero Fernando Aspiazu en contra de los ex ministros JosGallardo, Vladimiro Alvarez; y la directora del Sistema de Rentas, Elsa de Mena. En tal virtud, toda la informaci procesal ser entregada al presidente de la CSJ. Adicionalmente, el presidente de la Corte Militar, que reclamcompetencia en el juzgamiento al ex ministro de Defensa, al igual que Gallardo, deber pagar una multa de dos mil sucres, tal como dispone el Art. 867 del Cigo de Procedimiento Civil. El autocabeza de proceso contra Gallardo, Alvarez y Mena fue levantado el 17 de agosto de 1.999. Aspiazu plantedemanda por el operativo policial-militar, el mismo que finaliz con su detenci al momento en que rend declaraci en un juzgado de Guayaquil. El titular de la Segunda Sala es el magistrado Jorge Gallegos Ter, y como Conjueces est Arturo Donoso y Fabi Navarro. Carta de Mahuad En otro orden, a la Corte Superior no concurria declarar Mahuad, que esta previsto para la mana del martes. Su abogado, Danilo Sylva, entregun escrito argumentado que no podrconcurrir a la diligencia por encontrarse fuera del territorio nacional. Jenner Larreegui, presidente de la sala judicial, indicque nuevamente se establecer fecha para rendir testimonio propio en el caso que investiga la muerte del miembro del Movimiento Popular Democrico (MPD), Jaime Hurtado. Declarado confeso El Juzgado Primero de lo Civil de Pichincha emitiprovidencia declarando confeso al ex presidente Jamil Mahuad, en el proceso que planteMar Gabriela Aspiazu Nebel para que responda a la 17 preguntas sobre los gastos de la campa electoral. Seg la providencia, Mahuad soliciten su momento la revocatoria de la providencia que negel recurso de hecho; el confesante solicitcon anterioridad la aclaraci a la negativa al recurso de hecho. En tal virtud, y por tratarse de una providencia de mero trite, se negel pedido de revocatoria puesto que no se podrpedir por segunda vez.