Doctrina

Jaime Vintimilla

Mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2016-14, publicada en el suplemento 1 del Registro Oficial 917 de 6 de enero de 2017, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros decidió derogar la resolución 97-1.7.3.0011 de 19 de agosto de 1997 que declaraba con pleno vigor las doctrinas jurídicas desarrolladas por la entidad, de igual modo, suprimió todas las doctrinas jurídicas que hayan sido emitidas por la Superintendencia de Compañías aclarando que las dudas que se suscitaren en el ejercicio de la facultad de vigilancia y control serán resueltas puntualmente para cada caso, en estricta aplicación de la constitución, la ley y los principios generales del derecho.


Lo que llama la atención es que primero se procede a derogar una resolución que gracias a la constitución actual ha perdido vigencia y después se procede a suprimir la doctrina jurídica cuando no forma parte del ordenamiento jurídico, pues es un imposible que los criterios doctrinarios de las instituciones formen parte del mismo, aunque podrían afirmar que forman parte de los actos y decisiones de poderes públicos.


De todos modos, cabe recordar que la doctrina es una fuente del Derecho que “recoge los análisis y estudios científicos de eminentes juristas, tanto iusfilósofos y de la teoría del Derecho como de especialistas en las diversas disciplinas jurídicas”. Su papel se concentra en “la orientación del Derecho y en la discusión y solución de las diversas cuestiones y problemas”. Empero, esta doctrina aunque relevante carece de carácter vinculante u obligatorio.


En la práctica, las doctrinas suprimidas, sin duda alguna, son el resultado de un razonamiento normativo formado durante más de dos décadas que ha constituido una verdadera fuente especial del derecho societario que, aunque no tenga fuerza vinculante directa, bien se podía convertir en directa con su incorporación para la aplicación en fuentes formales como la legislación, la costumbre o la jurisprudencia.


Lo cierto es que hay que cuidar la seguridad jurídica y para ello las doctrinas fueron un referente, pues permitieron una actuación institucional, en lo posible, uniforme. ‘Nihil potest placere quod non decet’.

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