Sanción a canal abre debate alrededor de la Supercom

DILIGENCIA. La audiencia de sustanciación se realizó el 5 de diciembre. Asistieron Sebastián Corral Bustamante, representante legal del canal, y Juan Maldonado Subia, Intendente Nacional de Prevención y Asesoría.
DILIGENCIA. La audiencia de sustanciación se realizó el 5 de diciembre. Asistieron Sebastián Corral Bustamante, representante legal del canal, y Juan Maldonado Subia, Intendente Nacional de Prevención y Asesoría.

La posibilidad de un juicio político a Carlos Ochoa está en medio de la discusión.

Si bien el presidente, Lenín Moreno, manifestó en los albores de su Gobierno que el problema de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) era de aplicación, la sanción que el superintendente de Comunicación, Carlos Ochoa, impuso a Teleamazonas, ha reanimado el debate sobre la necesidad repensar la existencia de esa Superintendencia (Supercom) y reformar o reemplazar la Ley. De hecho, el mismo canal de televisión ha decidido no aceptar esa sanción, con la que Ochoa pretendía que se transmita un video enviado por él y pague una multa equivalente al 10% de su facturación.

La resolución de Supercom se fundamenta en que las “aseveraciones emitidas, primero aluden directamente a la Superintendencia de Información y Comunicación y; en segundo, afectan la reputación del organismo, y por ende su credibilidad pública”, en relación a la explicación que en ese canal hizo la asambleísta Lourdes Cuesta de su proyecto de Ley de Comunicación y Libertad de Expresión, con el que desearía reemplazar a la LOC. La sanción también se basa en el reglamento a la LOC, que dice que las réplicas pueden efectuarse de forma personal, mediante una grabación de audio o video, o mediante una carta. Para la abogada Daniela Salazar, experta en libertad de expresión, se trata de un caso de “abuso del derecho a la réplica”, ya que Teleamazonas le ofreció a Ochoa el mismo espacio para responder a Cuesta.

Para Salazar, ya que el origen del conflicto fue el discurso de una legisladora, el caso debe ser analizado a partir de los estándares, fijados por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del discurso especialmente protegido, caracterizados por su trascendencia crítica en el funcionamiento del régimen democrático y para el ejercicio de los demás derechos fundamentales. “En este caso la decisión administrativa de la Supercom ignora, entre otros, los estándares del discurso especialmente protegido y el nivel de escrutinio al que están sometidos los funcionarios públicos, que deben ser más tolerantes respecto de las expresiones, no sólo de un asambleísta sino de cualquier persona que los cuestione”, dice.

La asambleísta Lourdes Cuesta piensa que ya que Ochoa no la puede sancionar, por su inmunidad, “decide meterse con el medio”. “Lamentable es que el señor Ochoa no acuda a las entrevistas que se le inviten y pretenda, con el más puro estilo del correato, enviar un video para que sea pasado en el medio de comunicación”, opina. En ese sentido, Mauricio Alarcón, director jurídico de Fundamendios, piensa que la sanción a Teleamazonas y el video de Ochoa constituyen un intento de imposición de contenidos. Además, él piensa que se pretendió establecer un ‘efecto inhibitorio’ a partir de la multa. “La sanción genera problemas para el ejercicio del periodismo, porque se lo van a pensar dos veces antes de negar un video enviado con orden de autoridad al margen de la constitución”, dice, “la consecuencia es el mensaje inhibitorio que se puede transmitir a otros medios de comunicación”.

Mayor debate

“Seguramente, lo que le molesta al superintendente, es que con mi proyecto de Ley desaparece la Supercom, es decir, él se queda sin trabajo”, dice Lourdes Cuesta. Ella está consciente de que el caso ha servido para poner nuevamente en la sociedad la posibilidad de eliminar la Supercom como tema de debate. “Cuando se habla de libertad de expresión asoma el señor Ochoa e impone una sanción, pretendiendo callar a los medios de comunicación, confirmando y reafirmando la necesidad de que se proteja la libertad de expresión en el país y este tipo de instituciones inquisidoras desaparezcan”, piensa. Ella es partidaria de que los conflictos sean solucionaros por la Función Judicial, en base a las leyes penales (en caso de delitos) y civiles (en caso de afectaciones a la honra) que están vigentes.

Cuesta anuncia que en próximos días plantearán una solicitud de juicio político contra el superintendente Ochoa, “contamos con el apoyo de varios legisladores, porque realmente el abuso de poder de este señor se ha extralimitado, incluso llegó a alterar una Ley para sancionar a medios de comunicación y en estos días de acuerdo con un informe de Contraloría hemos visto que se ha estado beneficiando de fondos públicos”. Hemos pedido una entrevista a Ochoa para preguntarte sobre estos puntos y la sanción a Teleamazonas, y nos la ha concedido para el próximo martes a las 11:30 en su despacho.

“El superintendente actuó bajo el entendido de que su poder es absoluto, cuando no es así”, dice la catedrática Daniela Salazar. Ella considera que los procesos sancionadores de un ente administrativo deben estar revestidos de todas las reglas del debido proceso. “La misma persona que denuncia y que supuestamente es la afectada es también la que decide las sanciones, es un absurdo”, señala. Por eso, piensa que estas sanciones, como ya sucedió en un caso del caricaturista Bonil, deben ser revocadas por jueces independientes. “Y si el Estado falla en su deber interno, siempre queda también la justicia internacional”, recuerda.

En ese sentido, Alarcón piensa que “no basta que haya buena voluntad” del presidente Moreno con la libertad de expresión, ya que este tema tiene que concretarse en acciones específicas, “sigue vigente la institucionalidad censuradora, sigue vigente la LOC sancionadora, siguen en sus puestos funcionarios que permanentemente han criminalizado la expresión y la opinión de ciudadanos y de periodistas”. Para él, “si hay verdadera voluntad ante estos atropellos, el presidente de la República públicamente debería pedir la renuncia de Carlos Ochoa”. (MMD)

Antecedentes del caso de Teleamazonas

° El 14 de noviembre, Teleamazonas difundió en el segmento ‘Los desayunos de 24 horas’ una entrevista con la asambleísta Lourdes Cuesta, quien se refirió a la Superintendencia de Comunicación y a su titular.

– El 17 de noviembre, la Superintendencia presentó una solicitud de réplica, la cual no fue atendida.

– El 23 de noviembre se emitió el reporte interno número Supercom-INPA-0010-2017, en el que se indicó una presunta infracción al artículo 24 de la Ley de Comunicación

– La audiencia de sustanciación se realizó el 5 de diciembre, a la que comparecieron el doctor Pablo Ortiz García y el señor Sebastián Corral Bustamante, abogado y representante legal, respectivamente; y el abogado Juan Maldonado Subia, Intendente Nacional de Prevención y Asesoría.

– El representante del canal afirmó que el medio no hizo ningún comentario respecto al contenido difundido. El gerente del medio reportado señaló que la Superintendencia se somete a la Función Ejecutiva, por lo que está actuando en contra de los intereses del Gobierno, del Estado y de todos los ecuatorianos. Dijo que “lo que están haciendo no tiene ningún sustento jurídico”.

– Por su parte, el abogado Maldonado exhibió el video de la entrevista, como prueba, y la carta enviada solicitando la réplica, con lo cual mostró la presunta infracción al artículo 24.

– Luego del análisis de los elementos jurídicos se determinó que las “aseveraciones emitidas, primero aluden directamente a la Superintendencia de la Información y Comunicación y; segundo, afectan la reputación del organismo, y por ende su credibilidad pública”. Por tanto, la réplica de la Superintendencia debió ser atendida en el mismo espacio hasta el 22 de noviembre de 2017.