Seguridad Jurídica

Otro derecho del cual los ecuatorianos tenemos acceso es precisamente el conocer acerca de las leyes que nos gobiernan, la seguridad de que tenemos leyes claras de aplicación inmediata, que garanticen la protección de quienes presiden el poder ejecutivo, sin que por este derecho haya intromisión en los asuntos de las otras funciones del Estado. La publicidad de las normas ayuda a que efectivamente las y los ecuatorianos conozcan los límites del poder y los límites del actuar común.

El conocimiento de lo que nos obliga nos permite ejercer nuestro derecho a la resistencia, en caso de que la ley no cumpla con los intereses colectivos, pero en caso de que efectivamente esa norma si cumpla con su propósito lo único que nos queda es respetarla, aplicarla, evitar su violación y recibir las sanciones que merecemos si la ignoramos. No por desconocer este derecho no tenemos acceso él, pues existe por sí mismo y va de la mano con la tutela judicial efectiva.

Otra garantía que se encuentra junto a la seguridad jurídica es que seamos juzgados por jueces competentes en razón de su materia, fuero y territorio. Por la materia es necesario indicar que el Estado debe brindarnos personas capacitadas para la administración de la justicia, pues el conocimiento de la ley por parte del operador de la justicia es indispensable para que en virtud del principio de iura novit curia aunque las partes no invoquen determinada norma, el juez la aplique.

No está por demás indicar que bajo ninguna premisa los profesionales del Derecho no están obligados a alegar la norma, pues, aunque el juez deba motivar sus decisiones, el abogado debe fundamentar su petición, precisamente por la seguridad Jurídica a ruego del concurrente la invocamos para el juez obligue el cumplimiento del requerido.

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