Respaldo a elección directa del Consejo de Participación

Pleno. La Ley fue aprobada tras intensos diálogos entre las diferentes bancadas.
Pleno. La Ley fue aprobada tras intensos diálogos entre las diferentes bancadas.

Asambleístas confían que con los requisitos se reduzca el número de candidaturas.

Aprobada la elección libre y directa del Consejo de Participación Ciudadana permanente, los legisladores confían en que los requisitos e inhabilidades que constan en la Ley, aprobada la noche del miércoles por la Asamblea, se conviertan de alguna manera en un filtro para que no exista dispersión de candidatos, para que las papeletas no se vuelvan inmanejables para el elector.

“Se hicieron algunas simulaciones en donde en base a los requisitos que se han impuesto, incluido el título de tercer nivel. Sería un grupo importante pero los que tengan el mejor perfil podrán participar y candidatizarse”, manifestó el asambleísta Daniel Mendoza (PAIS), presidente de la Comisión Ocasional que elaboró el informe.

A la espera del pronunciamiento del Ejecutivo, el texto aprobado asigna al Consejo Nacional Electoral el rol de verificador del requisitos por lo que no habrá ni concursos de méritos y oposición ni elección por distritos, esta última que era la alternativa con la que entró el informe para segundo debate.

Respeto a la voluntad popular
El asambleísta Montgómeri Sánchez (PAIS), integrante de la Comisión, dijo que de esta manera se respeta la voluntad popular y coincide con Mendoza en que las prohibiciones y requisitos impedirán que haya una proliferación de nombres. “Creemos que habiendo puesto que mínimo tengan título de tercer nivel y restricciones como para aquellos que ya hayan sido autoridades, va a limitar las candidaturas”, manifestó Sánchez.

EL DATO
Las organizaciones sociales no podrán auspiciar más de una candidatura. Estas organizaciones deberán acreditar al menos 10 años de existencia y vida jurídica y 5 de actividad comprobada. Desde las organizaciones sociales, el presidente del Frente Unitario de Trabajadores (FUT), José Villavicencio, respaldó en términos generales lo aprobado por la Legislatura. Dijo que la Ley recoge lo aprobado en la consulta ya que una elección directa es importante para la democracia sin importar el número de candidatos que puedan presentarse. “No porque se vaya a inflar la papeleta significa que se puede cortar la participación de los sectores que cumplan los requisitos”, señaló el dirigente sindical.

La normativa
El CNE elaborará una papeleta con tres listas: una de mujeres, otra de hombres y una de pueblos y nacionalidades indígenas, afoecuatorianos o montubios y de ecuatorianos en el exterior en la que se observará la alternancia de género. El orden de ubicación en las papeletas será mediante sorteo.

Se podrá votar por hasta siete candidatos: 3 de la lista de hombres, 3 de la de mujeres y uno de la lista de pueblos y nacionalidades. (HC)

Las prohibiciones
° Entre las prohibiciones constan que sean miembros del CNE, jueces, Ministros de Estado, autoridades del nivel jerárquico superior en escala superior desde el quinto grado, entre otros. Los cónyugues o familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el Presidente o Vicepresidente de la República; los miembros del CNE, asambleístas, prefectos y alcaldes, autoridades designadas por el Consejo de Participación, entre otros.