Glas volvió a los tribunales para apelar su condena

ACUSADO. El ex vicepresidente insiste en su inocencia y se define como “perseguido político”.
ACUSADO. El ex vicepresidente insiste en su inocencia y se define como “perseguido político”.

Condenados apelaron la sentencia de asociación ilícita. Montúfar exige que se devuelva al Estado lo robado.

Este martes, en la Corte Nacional de Justicia, un tribunal penal conformado para el efecto conoció la apelación del exvicepresidente Jorge Glas, su tío Ricardo Rivera, y otros condenados, a la sentencia por asociación ilícita en el entramado de corrupción de Odebrecht, por la que al exsegundo mandatario fue condenado a 6 años de prisión. Los jueces David Jacho, Marco Maldonado y Marco Rodríguez suspendieron la audiencia entrada la noche, una vez que todas las partes expusieron sus razones, y anunciaron que pronto notificarán la fecha de reinstalación para anunciar su decisión.

Alejandro Vanegas, abogado del exvicepresidente, argumentó que Glas no firmó los contratos analizados en el caso de asociación ilícita, y fundamentalmente que se le condenó con el Código Penal derogado, que contra lo que dice la constitución, no era el más favorable, ya que debía aplicarse el vigente Código Orgánico Integral Penal. “Nadie puede pedir ser juzgado con un Código Penal derogado, las normas contenidas en el Código Penal son normas expresamente derogadas”, dijo.

‘Soy inocente’
Y pese a que su intervención se concentró en ese argumento y en que Glas nunca habría firmado contratos ni participado en comisiones con Odebrecht, aprovechó para decir que el exfuncionario es inocente. De hecho, el mismo exsegundo mandatario hizo declaraciones en ese sentido. “Soy inocente, miren todo el tiempo que ha pasado y no han podido presentar una sola prueba en mi contra”, dijo, al definirse como perseguido político.

Contrapunto
En su turno, el fiscal general (s) Paúl Pérez Reina calificó de “contradictorios” los argumentos de la defensa de Glas, porque al mismo tiempo cuestiona que se aplicó el Código anterior y también dice que no se aplicó la favorabilidad. En opinión del fiscal, si no se aplicaba la favorabilidad la pena hubiese sido de 7 a 10 años, y más agravante: hubiese podido subir a 13 años. Él sostiene que se aplicó la favorabilidad en un delito en el que se comprobó, según él, que cometió la conducta descrita en la legislación penal que recibe la denominación de asociación ilícita, al controlar los Sectores Estratégicos y contratos donde ocurrió la corrupción de Odebrecht. Pérez Reina repitió la fórmula usada en la condena al afirmar que Glas y Ricardo Rivera eran como “hermanos siameses”, y ratificó los hechos acusados, en su momento, por el exfiscal general Carlos Baca Mancheno. (RV)

Defensa superficial
° Por su parte, César Montúfar, el acusador particular, dijo que la defensa de Glas fue “absolutamente superficial”. “En realidad la pena de Jorge Glas de 6 años tiene que ver precisamente porque se aplicó el principio de favorabilidad”, dijo, sin descartar que el delito apropiado para acusarle debió haber sido delincuencia organizada. “Para lo que nosotros es importante es que además se fije el valor que Jorge Glas tiene que reparar al Estado”, dijo. En su análisis, Glas debe reparar una suma de 7 millones.