Acciones urgentes a favor de mujeres víctimas de violencia

Freno. La normativa busca enfrentar el fenómeno creciente de los femicidios.
Freno. La normativa busca enfrentar el fenómeno creciente de los femicidios.

Un cambio en los patrones culturales posibilitaría, según activistas, una sociedad sin fobias ni discriminación.

“El reglamento posibilita y operativiza lo establecido en la ley, pero sobre todo constituye un paso fundamental hacia un sistema integral de protección para las mujeres. La violencia es un problema estructural que, además de con leyes, debe ser combatido con una formación basada en conocimientos laicos y científicos”. Así, Rocío Rosero, defensora de derechos, explicó los temas fundamentales alrededor del reglamento a la Ley contra la violencia a la mujer, emitido a finales de mayo pasado.

En este sentido, uno de los puntos importantes son las atribuciones del ente rector del Sistema Nacional Integral para Prevenir la Violencia, a través del cual se concretarán las medidas para caminar hacia el aseguramiento de una vida libre de violencia.

Así, este ente es responsable de la elaboración y aprobación del plan nacional para erradicar la violencia contra las mujeres; los lineamientos y las metodologías del sistema; la cooperación pública y privada para ofrecer los servicios de atención integral, entre otros.

Ante una alerta
A su vez, una de las medidas que reglamenta la normativa, y que es considerada central en el sistema de protección, es la emisión de acciones urgentes a favor de las mujeres víctimas de violencia. La Policía Nacional actuará inmediatamente ante una alerta generada por el botón de seguridad, llamada del ECU 911, videovigilancia, patrullaje y otros. Además, los efectivos, de ser necesario, la acompañarán a su domicilio para que tome sus documentos y sus pertenencias. Finalmente, apoyarán a la víctima en los trámites para obtener, ante la Junta Cantonal de Protección de Derechos, la boleta de auxilio o la orden de prohibición de acercamiento.

Características
Además, para que todo el sistema de medidas de protección inmediata se vuelva efectivo, el reglamento le dota de características básicas como temporalidad; cumplimiento inmediato; no prejuzgamiento; no requerimiento de la práctica de pruebas para su adopción; entrada en vigencia desde su otorgamiento; carácter preventivo; y finalmente, su incumplimiento genera responsabilidad penal, civil o administrativa.

El Observatorio Nacional de Violencia contra las Mujeres actuará como ente de monitoreo, diagnóstico y evaluación de la normativa, además, hará análisis estadístico sobre los diversos casos de violencia a escala nacional y local.

Los recursos
Sin embargo, Rosero comentó que una de las mayores preocupaciones, y potencialmente un limitante para la ejecución de todo el sistema de protección y seguimiento, es el aspecto presupuestario.

“Por norma nacional no se podía incluir temas presupuestarios en la ley ni en el reglamento. Por eso se necesita el involucramiento activo y el compromiso de las autoridades, desde los gobiernos locales hasta la esfera nacional, para que yas con el dinero necesario no se estanque o corte la ejecución”, contó.

Finalmente, los mecanismos de alerta temprana se basarán en el Registro Único de Violencia contra las Mujeres, el cual operará con información que se levante a escala nacional y servirá para elaborar un mapa georreferenciado sobre la violencia contra las mujeres. (JS)

Controversia sobre enfoque de género en mallas curiculares
° A través del decreto ejecutivo 460, con un ajuste en la disposición transitoria quinta, se ratificó la inclusión del concepto de equidad de género en las mallas curriculares.

El texto original decía que el Ministerio de Educación y Senescyt deben actualizar sus mallas y textos escolares y guías docentes, para que incluyan la transversalización del enfoque de género, nuevas masculinidades, mujeres en su diversidad, prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y cambio de roles y eliminación de estereotipos de género.

Ahora se señala que dichos entes deben actualizar mallas y textos que incluyan la igualdad entre hombres y mujeres, en todas las esferas políticas, económicas y sociales; la construcción sociocultural sobre roles y valores asociados al comportamiento de los hombres libres de machismo o supremacía hacia las mujeres, la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres; el desarrollo de conductas no discriminatorias y la eliminación de toda forma de estereotipos.

Esta modificación se dio luego de la fuerte controversia en redes sociales, debido a que grupos Pro vida y religiosos consideraban que la redacción original abría la puerta para que se incluya información “inapropiada” sobre sexualidad y enfoque de género.

Dolores Miño, abogada, explicó que la disposición fue tergiversada. “ La idea no es imponer un modelo único de lo que es ser hombre y ser mujer y romper estereotipos ridículos como los hombres no lloran, los hombres no hacen tareas domésticas, los hombres no pueden cuidar a los niños”.