Expresidenta del CNE pide la destitución del Consejo de Participación de transición

AUDIENCIA. Arturo Cabrera, juez electoral, escuchó los argumentos de los partes procesales.
AUDIENCIA. Arturo Cabrera, juez electoral, escuchó los argumentos de los partes procesales.

Expresidenta del CNE dice que se interfirió en procesos electorales que llevaba a cabo la entidad cesada.

En el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) se cumplió la audiencia para resolver la demanda interpuesta por la expresidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE) cesado en funciones, Nubia Villacís, contra los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) de transición por haber, según la demandante, interferido en las funciones de la función Electoral.

Su pedido es que el TCE destituya a los integrantes del Cpccs: Julio César Trujillo, Luis Macas, Luis Hernández, Eduardo Mendoza, Pablo Dávila, Xavier Zavala y Miryam Félix; así como la suspensión por un año de sus derechos políticos.

El meollo
Durante la audiencia, el abogado de la exfuncionaria, Rubén Villacís, manifestó que el CNE cesado inició el periodo electoral el 23 de marzo de 2018 y, que una vez declarado el mismo, ninguna institución u organismo podía interferir en la labor del CNE.

Agregó que a la fecha de la cesación de funciones ya se había aprobado el cronograma electoral, el plan operativo de las lecciones seccionales y del Consejo de Participación permanente, y estaban en marcha otros procesos electorales como la revocatoria del mandatado del entonces alcalde de Loja, José Bolívar Castillo.

“Constituyó una injerencia absoluta en el organismo encargado de los procesos electorales sin (la resolución de cesación) informe jurídico, discriminatorio, atentado contra la presunción de inocencia”, dijo el abogado, con lo que concluyó que la cesación de la presidenta del CNE violó la seguridad jurídica, el derecho al buen honor y buen nombre, y el derecho de participación.

Mientras que la expresidenta manifestó que “el día de las elecciones se va a reflejar esa grave interferencia”.

La defensa
Jaime Muñoz, procurador común de los demandados, manifestó que el anexo de la pregunta 3 de la consulta popular aprobada por la mayoría del pueblo ecuatoriano le dio al Cpccs transitorio las facultades extraordinarias, entre ellas la de evaluar y cesar de ser el caso a las autoridades.

EL DATO
El 17 de julio anterior, el Cpccs transitorio cesó de sus funciones al CNE.Agregó que los procesos electorales han continuado y que la institucionalidad del CNE se mantiene intacta, pues no se han aportado pruebas materiales de que se hayan detenido los procesos, por lo que pidió que se inadmita la demanda y se la archive.

Marco Proaño, director nacional de patrocinio de la Procuraduría General del Estado, agregó que la “soberanía radica en el pueblo” y que el Cpccs transitorio actuó en el ámbito de sus competencias como resultado de la aprobación de la consulta popular.

“El fondo de la denuncia es que a partir de esa cesación se ha interferido en los procesos electorales, lo cual hemos demostrado, sobre todo los abogados del Consejo de Participación transitorio, que no ha habido ninguna afectación a los procesos electorales, tanto de los antiguos (…) y en especial las elecciones de 2019”, aseguró el abogado de la Procuraduría.

El juez electoral Arturo Cabrera manifestó que en los próximos días dictará su sentencia que la hará llegar a los casilleros de las partes procesales. (HCR)