Finanzas destaca seis puntos del reglamento a la Ley de Fomento Productivo

DOCUMENTO. El Reglamento clarifica la aplicación de la Ley de Fomento Productivo.
DOCUMENTO. El Reglamento clarifica la aplicación de la Ley de Fomento Productivo.

El ministro de Finanzas, Richard Martínez, explicó que el Reglamento detalla de manera sencilla los procesos a seguir en la aplicación de la Ley y permitirá que las inversiones, tanto nacionales como extranjeras, se puedan ejecutar de manera inmediata.

Añadió que con el instructivo se clarifica la aplicación de la Ley de Fomento Productivo y no se permiten discrecionalidades o márgenes de interpretación, lo cual abona en un ambiente de tranquilidad.

El presidente de la República, Lenín Moreno, firmó ayer los Decretos Ejecutivos N° 617 y 618. En el primero se expide el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal.

El Reglamento incluye la aplicación de incentivos específicos para la atracción de inversiones privadas, tales como nuevas inversiones productivas, la exoneración del impuesto a la renta y del ISD (Impuesto a la Salida de Divisas) para estas inversiones en sectores priorizados, en industrias básicas y para las que suscriban contratos de inversión, además de la exoneración por reinversión de utilidades.

Lo puntos destacados
En el primer punto se clarifica el concepto de nueva inversión: prevalece el lugar (ciudad), donde se ejecuta la inversión por sobre la ubicación del domicilio de la empresa.

Como segundo ítem está la optimización del esquema de la devolución del IVA y del ISD para las exportaciones.

Tercero: el incentivo para la exoneración del Impuesto a la Renta es automático para empresas nuevas, mientras que para las existentes el beneficio será en función de la tasa de crecimiento de sus activos.

El cuarto punto señala que las reinversiones que realicen las empresas existentes de, por lo menos el 50% de sus utilidades, les permitirá la exoneración del ISD sobre los dividendos.

Como quinto punto está el que se cierran todos los aspectos que tienen que ver con el Impuesto Mínimo para su eliminación genuina.

Finalmente, se incorporan los procedimientos a seguir para monitorear el cumplimiento de las reglas fiscales, que deriven en alcanzar el objetivo de la sostenibilidad de las cuentas públicas, “garantizando siempre la permanencia de los programas sociales y la protección a los más vulnerables”, manifestó el funcionario.

Con esto, según Martínez, “Ecuador se ubica en el camino correcto de un crecimiento sólido y sostenible en el tiempo, que dote a los ecuatorianos de más y mejores oportunidades de empleo”. (JS)