Mayor pena vs. reparación a la víctima de violencia de género

En los casos de violencia, la reparación puede ser más importante que la condena.

En redes sociales, en las calles, en los buses se escucha: “Máxima condena al femicida de Diana y a los violadores de ‘Martha’”, “cadena perpetua a asesinos y violadores” y “condena de muerte debe ser aplicada en el país”.

¿Cuáles son los criterios para definir una pena para quien comete un femicidio, una violación o cualquier agresión a una mujer? La respuesta, según tres especialistas consultados por este Diario, es la reparación integral a la víctima y no el número de años en una cárcel.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que el fin de la pena es prevenir el cometimiento de delitos, desarrollar los derechos del condenado y la reparación de la víctima.

Por eso, la fiscal Mayra Soria, especialista en violencia de género, sostiene que la pena tiene que ser “justa”; si existen agravantes, aplicarlos, pero sino, aplicar la pena que es. “Tenemos que propender a la reparación a la víctima”, recalcó.

Harold Burbano, director tutelar de la Defensoría del Pueblo, coincide con Soria. “La violencia machista no mira el Código Penal”, señala y explica que penas más fuertes no reducen la tasa de violencia. “El objetivo final (de la norma) es sancionar, pero el Estado, a través de todas las instituciones, tiene el objetivo de reparar a la víctima”.

Reparación integral
Según el COIP, la reparación integral de la víctima comprende cinco áreas: restitución, rehabilitación, indemnizaciones de daños materiales e inmateriales, medidas de satisfacción o simbólicas y garantías de no repetición (ver recuadro).

Sin embargo, Burbano reconoce que todavía no hay sentencias que recogen todos los elementos. A su criterio, falta capacitación para abogados, jueces y fiscales. En los casos de Soria, ella procura la reparación con cosas prácticas, no que “quede todo lindo en letra muerta en una sentencia”.

Por ejemplo, en las indemnizaciones considera montos que la mujer o su familia vayan a recibir, para tratamientos sicológicos o para cambiarse de casa, a diferencia de cantidades elevadas que no podrán ser canceladas.

También acciones como la del caso Aampetra. La escuela se vio obligada a colocar una placa con la leyenda: “En memoria de las víctimas de violencia sexual en el sistema educativo”. Este tipo de medidas, sostiene Soria, permiten que la sociedad no olvide los casos.

Geraldine Guerra, coordinadora de la Red de Casas de Acogida, recalca que no hay que darle tanto énfasis a las penas. “Los presupuestos deben estar concentradas desde el inicio, la prevención. La pena es el último eslabón de una cadena”, indicó. (AGO)

FRASE

Es importante la pena, pero más importante es la reparación a la víctima”. Mayra Soria, Fiscal

Reparación integral
A la víctima

Según el Código Penal
° Restitución: se aplica a casos relacionados con el restablecimiento de la libertad, de la vida familiar, la recuperación del empleo o de la propiedad, entre otros.

° Rehabilitación: se orienta a la recuperación mediante atención médica y sicológica.

° Indemnizaciones de daños materiales e inmateriales: es la compensación por el perjuicio que resulte de la infracción y que se pueda evaluar económicamente.

° Medidas de satisfacción o simbólicas: busca reparar la dignidad y la reputación de la víctima. Incluye la disculpa y el reconocimiento público de los hechos y de las responsabilidades, los homenajes a las víctimas, la enseñanza y la difusión de la verdad histórica.

° Garantías de no repetición: se orientan a la prevención de futuras infracciones para que las víctimas no sean afectadas con la comisión de nuevos delitos del mismo tipo.

Niñas, niños y adolescentes

° Cambios notorios en la conducta.
° Reproduce la violencia contra otros.
° Bajan su rendimiento escolar.
° Incremento de pesadillas y problemas para dormir.
° Conducta retraída.
° Estallidos de angustia.
° Ansiedad.
° Depresión.
° Rechazo a quedarse solos con una persona en particular.
° Conocimiento inapropiado para la edad acerca de la sexualidad, que se manifiesta mediante conductas y lenguaje sexualizados.
° En niños menores de tres años pueden presentar lesiones genitales y reacciones inespecíficas como: irritabilidad, rechazos, regresiones, llanto, trastornos del sueño y el apetito.

¿Cómo identificar a un agresor sexual?

No hay un patrón específico pero se conoce que:
° Circulan disimulados en el entorno familiar y social.
° Se presentan como personas afectuosas y humanitarias hacia el mundo exterior, mientras que la relación que establecen con el niño abusado sexualmente está basada en amenazas, control e intimidación.
° Establece a lo largo del tiempo una relación con el niño destinada a evitar su resistencia y pactar el secreto con el que intentará no ser descubierto.

Mujeres adultas
° Cambio abrupto de comportamiento (manera de vestir, gustos).
° Depresión, dolor, agresividad.
° Cambio de actitud cuando está con su pareja o la persona que le agrede.
° Se aleja de su familia.

Fuente: ‘Una guía para tomar acciones y proteger sus derechos’ Unicef (2016), Surkuna.