Ratifican sentencia contra policías acusados de tortura contra Ángelo Ayol

INSTANCIA. Al tercer intento se pudo instalar ayer la audiencia de apelación de sentencia.
INSTANCIA. Al tercer intento se pudo instalar ayer la audiencia de apelación de sentencia.

El hecho fue en 2014, cuando un alumno sufrió esta violación a sus derechos.

La sala penal de la Corte Provincial de Justicia, integrado por los jueces Eduardo Ochoa (ponente), Xavier Barriga y Carlos Figueroa, ratificó la sentencia de primera instancia dictada contra el subteniente de Policía David Altamirano y el cabo segundo Freddy Fonseca, por el presunto delito de tortura en contra de Ángelo Ayol.

El caso se remonta a septiembre de 2014 cuando Ayol, en ese entonces menor de edad y estudiante del Colegio Mejía, fue detenido arbitrariamente, según se desprende del proceso, durante manifestaciones estudiantiles en las que el joven asegura que nunca participó.

En el proceso se determinó que el joven fue atropellado por una moto policial, llevado a la UPC (Unidad de Policía Comunitaria) de La Basílica, centro de Quito, en cuyo trayecto sufrió varios maltratos que continuaron en la UPC, donde permaneció dos horas y media hasta que fue traslado a la Unidad de Flagrancia y luego fue remitido a un hospital ante la serie de golpes que presentaba.

Sentenciados
Altamirano fue condenado a 10 años de prisión en calidad de autor directo y Fonseca a cinco años de prisión como autor por omisión. Los procesados apelaron el fallo, pero ayer en la audiencia los jueces desecharon la misma.

EL DATO
Sobre el pedido de baja de los policías, los jueces consideran que eso deberá resolverlo, ya sea el Ministerio del Interior o la Comandancia.Los magistrados, durante su veredicto, manifestaron que Altamirano fue quien prestó las esposas para que le inmovilicen a Ayol, que escoltó a sus compañeros policías desde el sitio de la aprehensión hasta la UPC y que ahí fue el encargado de entregar a Ayol a Fonseca, quien estaba de turno esa tarde, por lo que ha quedado demostrado su participación directa en los hechos que se le imputan.

Mientras que sobre Fonseca, advirtieron que es autor por omisión al haber recibido al joven a pesar de los maltratos que evidenciaba y que no hizo nada por ayudarlo mientras permaneció en la UPC, pese a que los acusadores particulares manifestaron que el joven pedía ayuda y que se podía escuchar los gritos cuando era maltratado por otros policías presentes en el lugar.

Los abogados de los procesados anticiparon que volverán a apelar este fallo de segunda instancia ante la Corte Nacional de Justicia a través del recurso de casación.

No a disculpas públicas
En la misma audiencia, los jueces rechazaron la apelación de la familia de Ayol, acusadores particulares, que pedían se incrementen las penas en un tercio al considerar que la tortura se produjo en un recinto policial, asegurando que es un agravante y que el joven a esa fecha era menor de edad.

Además, los jueces negaron el pedido de la familia para que los policías, con sus trajes oficiales, ofrezcan una disculpa pública y que la Comandancia de Policía proceda a darles de baja de la institución.

Al respecto, los magistrados consideraron que ofrecer disculpas públicas era irrelevante frente a la magnitud de la sentencia contra los dos policías, por lo que consideraron un despropósito el argumento de la apelación. (HCR)