Caso Juliana Campoverde: Sentencia marca precedente en casos de desaparecidos

CONDENADO. Para la audiencia de juicio, Jonathan Carrillo fue trasladado desde la cárcel de Latacunga.
CONDENADO. Para la audiencia de juicio, Jonathan Carrillo fue trasladado desde la cárcel de Latacunga.

Por haber secuestrado, violado, asesinado y desaparecido a Juliana Campoverde, Jonathan Carrillo tendrá que pasar 25 años en la cárcel. La sentencia se conoció ayer, en la última audiencia de juzgamiento, en la que un tribunal de garantías penales de Quito aceptó los cargos.

Además, se ordenó como medidas de reparación a la familia, el pago de 100 mil dólares, el cierre de la iglesia evangélica Oasis de Esperanza, la creación de un registro nacional de pastores y líderes espirituales que impida que personas sin formación y con malas intenciones que se aprovechen de la gente, y la capacitación en Derechos Humanos y temas de género.

Luego de escuchar la resolución, Elizabeth Rodríguez dijo que lamentaba que hayan transcurrido siete años a la espera de justicia y que “si hubieran actuado diligentemente los fiscales y los agentes investigadores”, su hija estuviera con ella.

Huesos clave
Horas antes, cuando la fiscal y los abogados presentaban sus alegatos de clausura en el juicio, precisamente, el punto crítico era que hasta la fecha no se ha podido encontrar el cuerpo de Juliana, quien tenía 18 años cuando la vieron con vida por última vez.

La abogada de la familia, Gabriela Flores, insistió en que, en este caso las pruebas indiciarias eran de suprema importancia, pues con el paso de los años y la alteración de los sitios y las versiones del acusado, las pruebas materiales no eran posibles.

Hasta el final, Carrillo se acogió al derecho al silencio. Se mantuvo sentado junto a sus abogados con una chaqueta anaranjada y solo habló para confirmar que no declararía.

TOME NOTA
Como referentes de sentencias en casos en los que no se encontraron los cuerpos, se mencionó el de los hermanos Restrepo y el del genocidio Tagaeri.El hombre de 37 años era el pastor de la iglesia Oasis de Esperanza a la que acudían Juliana. A pesar de que en siete ocasiones Carrillo cambió sus declaraciones, una de esas fue clave, pues la revelación de que habría matado a la víctima y la habría arrojado a una quebrada en el sector de Bellavista permitió encontrar huesos humanos.

De algunos de los restos en los cuales no se pudo determinar el ADN, sí se pudo hacer un análisis en el que se evidenció que pertenecían a una mujer entre 18 y 25 años que habría muerto hace más de 5 años. Flores explicó que, técnicamente, para probar la materialidad del delito, el tribunal aceptó que esos huesos eran de Juliana.

Sin embargo, eso no permitiría que se ordene la continuidad de la búsqueda, por lo que la familia ha mencionado que esta es solo una victoria parcial.

Durante la audiencia, el abogado de Carrillo, Paúl Ocaña, rechazó todas las acusaciones, pero aceptó que el delito que se podría probar sería el de secuestro, que según el Código Penal anterior que estaba vigente cuando sucedió el hecho, tendría una pena de cinco años. No obstante, esto no se aceptó, tampoco se tomó en cuenta el pedido de cooperación eficaz que se había pedido en un inició, ya que no se cumplió con los parámetros y el acusado no declaró.

Primer paso
A pesar de que ya hay una sentencia, para que la pena sea ejecutoriada se tendrá que esperar a que se notifique y se resuelvan las apelaciones, en caso de que existan.

Flores mencionó que este es un paso que marca un precedente, pues la idea -desde que se inició el proceso que ha tenido el apoyo de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh)-, fue que en los casos de desapariciones se establezca que un cúmulo de pruebas indiciarias y que, con ciertos parámetros, sean suficientes para emitir una condena.

La abogada mencionó que para las condenas para delitos contra la vida debe haber un cuerpo, pero que esta sentencia podrá ser un referente para otros hechos similares. (PCV)