Franjas de protección

Verónica Narváez

Entre todas las afectaciones que tienen nuestros ríos es importante mencionar la perdida de sus franjas de protección, en la provincia ya es común encontrar un paisaje de monocultivos especialmente de palma, palmito, y cacao sembrados en las riberas de los ríos, si nos enfocamos en la zona urbana el crecimiento poblacional y otros factores han permitido cimentaciones en las riberas lo que genera riesgos a las personas que habitan en esos sectores.

Para actuar con las medidas adecuadas sea como actores públicos o privados, es necesario conocer la normativa que rige al tema. Así, es importante mencionar que en la ordenanza del cantón Santo Domingo desde el año 2015, se considera franja de protección hasta de 10 metros para quebradas y para cuerpos de agua la franja de protección va desde 15 a 50 metros. Según el Acuerdo Ministerial N°2 del Ministerio de Ambiente y Ministerio de Agricultura y Ganadería reformada en 12 de junio del 2013, se establece el ancho de las franjas de protección dependiendo el ancho del río, a nuestra realidad más común, citamos el caso de ríos hasta de 3 metros le corresponde una franja de protección hasta de 5 metros.

Ahora la tarea es difundir la normativa en todos los ámbitos y controlar el cumplimiento de la misma desde las competencias de cada entidad pública. El agua es indispensable para la vida, cuidar las microcuencas es fundamental y complementariamente la calidad de agua que llega a toda la provincia de Santo Domingo.

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