CC acepta a trámite inconstitucionalidad en proceso de evaluación de jueces de la Corte de Justicia

La mañana de hoy, la Corte Constitucional aceptó a trámite la acción pública de inconstitucionalidad de las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura en relación al proceso de evaluación de las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia.

La decisión tomada por el Segundo Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional “no implica un pronunciamiento sobre el fondo” de la causa, “ni suspende el proceso de evaluación, toda vez que la medida cautelar no fue aceptada por la Sala”.

La mañana de hoy, la Corte Constitucional aceptó a trámite la acción pública de inconstitucionalidad de las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura en relación al proceso de evaluación de las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia.

La decisión tomada por el Segundo Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional “no implica un pronunciamiento sobre el fondo” de la causa, “ni suspende el proceso de evaluación, toda vez que la medida cautelar no fue aceptada por la Sala”.

La mañana de hoy, la Corte Constitucional aceptó a trámite la acción pública de inconstitucionalidad de las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura en relación al proceso de evaluación de las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia.

La decisión tomada por el Segundo Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional “no implica un pronunciamiento sobre el fondo” de la causa, “ni suspende el proceso de evaluación, toda vez que la medida cautelar no fue aceptada por la Sala”.

La mañana de hoy, la Corte Constitucional aceptó a trámite la acción pública de inconstitucionalidad de las resoluciones emitidas por el Consejo de la Judicatura en relación al proceso de evaluación de las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia.

La decisión tomada por el Segundo Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional “no implica un pronunciamiento sobre el fondo” de la causa, “ni suspende el proceso de evaluación, toda vez que la medida cautelar no fue aceptada por la Sala”.