Juez rechazó la suspensión condicional de la sentencia contra Yofre Poma

AUDIENCIA. En su cuarto día de juicio directo, conjuez lo declaró reservado. Foto: Archivo.
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AUDIENCIA. En su cuarto día de juicio directo, conjuez lo declaró reservado. Foto: Archivo.

Redacción QUITO

La mañana de hoy, sábado 9 de noviembre de 2019, se instaló la audiencia de suspensión condicional de la pena, solicitada por el asambleísta correísta Yofre Poma y otras siete personas.

La diligencia fue presidida por el juez penal, David Jacho, quien negó el pedido de Poma, pero aceptó medidas sustitutivas para el prefecto de Sucumbíos, Amado Chávez y otras tres personas: José Reinaldo Gómez Barragán, Nely Rodríguez y Jenny Rodríguez.

Cesar Sarango, abogado defensor de Chávez, dijo que el sentenciado deberá presentarse una vez al mes ante la Corte Provincial de Sucumbíos, y pagar, como compensación por los daños provocados, 6.000 dólares en el plazo de 1 año y 4 meses.

Sin embargo, aseguró que no están satisfechos con la decisión y van a apelar porque su defendido es inocente. Además, al existir una sentencia de primera instancia, Chávez no pierde su función pública hasta que se agoten todas las instancias de apelación.

En este sentido, el prefecto y las otras tres personas, saldrían de la cárcel entre hoy y mañana.

Saskia Gutiérrez, abogado de cinco de los procesados, lamentó que se judicialice la protesta social, y recalcó que los sentenciados como autores de los delitos no fueron favorecidos con la suspensión condicional de la pena.

Poma fue el único cómplice que seguirá en la cárcel

«A cuatro de los cinco sentenciados como cómplices les concedieron la suspensión provisional de la pena, menos a Yofre Poma«, denunció Segundo García, abogado del legislador.

Así mismo, rechazó que «misteriosamente» haya aparecido una acción penal en contra de su defendido, y que data de 2014.

El viernes pasado, los procesadores fueron declarados culpables como autores y cómplices del delito de paralización de un servicio público durante el paro nacional. Poma, Chávez, y otras tres personas fueron sentenciados a 1 año y 4 meses de prisión como cómplices del delito.

Los demás procesados fueron señalados como autores y condenados a 4 años de cárcel.

De manera inmediata, los abogados defensores de los sentenciados pidieron la suspensión condicional de la pena. El Código Penal ecuatoriano establece que una persona que haya sido condenada puede solicitar ese beneficio si es que cumple con todos los siguientes requisitos: La pena no exceda los 5 años; que la persona sentenciada no tenga otra sentencia o proceso en marcha; que sus antecedentes sean indicativos de que “no existe la necesidad de la ejecución de la pena”.

El juez Jacho consideró que esas dos últimas condiciones no se cumplieron en el caso de Poma. (JS)

Redacción QUITO

La mañana de hoy, sábado 9 de noviembre de 2019, se instaló la audiencia de suspensión condicional de la pena, solicitada por el asambleísta correísta Yofre Poma y otras siete personas.

La diligencia fue presidida por el juez penal, David Jacho, quien negó el pedido de Poma, pero aceptó medidas sustitutivas para el prefecto de Sucumbíos, Amado Chávez y otras tres personas: José Reinaldo Gómez Barragán, Nely Rodríguez y Jenny Rodríguez.

Cesar Sarango, abogado defensor de Chávez, dijo que el sentenciado deberá presentarse una vez al mes ante la Corte Provincial de Sucumbíos, y pagar, como compensación por los daños provocados, 6.000 dólares en el plazo de 1 año y 4 meses.

Sin embargo, aseguró que no están satisfechos con la decisión y van a apelar porque su defendido es inocente. Además, al existir una sentencia de primera instancia, Chávez no pierde su función pública hasta que se agoten todas las instancias de apelación.

En este sentido, el prefecto y las otras tres personas, saldrían de la cárcel entre hoy y mañana.

Saskia Gutiérrez, abogado de cinco de los procesados, lamentó que se judicialice la protesta social, y recalcó que los sentenciados como autores de los delitos no fueron favorecidos con la suspensión condicional de la pena.

Poma fue el único cómplice que seguirá en la cárcel

«A cuatro de los cinco sentenciados como cómplices les concedieron la suspensión provisional de la pena, menos a Yofre Poma«, denunció Segundo García, abogado del legislador.

Así mismo, rechazó que «misteriosamente» haya aparecido una acción penal en contra de su defendido, y que data de 2014.

El viernes pasado, los procesadores fueron declarados culpables como autores y cómplices del delito de paralización de un servicio público durante el paro nacional. Poma, Chávez, y otras tres personas fueron sentenciados a 1 año y 4 meses de prisión como cómplices del delito.

Los demás procesados fueron señalados como autores y condenados a 4 años de cárcel.

De manera inmediata, los abogados defensores de los sentenciados pidieron la suspensión condicional de la pena. El Código Penal ecuatoriano establece que una persona que haya sido condenada puede solicitar ese beneficio si es que cumple con todos los siguientes requisitos: La pena no exceda los 5 años; que la persona sentenciada no tenga otra sentencia o proceso en marcha; que sus antecedentes sean indicativos de que “no existe la necesidad de la ejecución de la pena”.

El juez Jacho consideró que esas dos últimas condiciones no se cumplieron en el caso de Poma. (JS)

Redacción QUITO

La mañana de hoy, sábado 9 de noviembre de 2019, se instaló la audiencia de suspensión condicional de la pena, solicitada por el asambleísta correísta Yofre Poma y otras siete personas.

La diligencia fue presidida por el juez penal, David Jacho, quien negó el pedido de Poma, pero aceptó medidas sustitutivas para el prefecto de Sucumbíos, Amado Chávez y otras tres personas: José Reinaldo Gómez Barragán, Nely Rodríguez y Jenny Rodríguez.

Cesar Sarango, abogado defensor de Chávez, dijo que el sentenciado deberá presentarse una vez al mes ante la Corte Provincial de Sucumbíos, y pagar, como compensación por los daños provocados, 6.000 dólares en el plazo de 1 año y 4 meses.

Sin embargo, aseguró que no están satisfechos con la decisión y van a apelar porque su defendido es inocente. Además, al existir una sentencia de primera instancia, Chávez no pierde su función pública hasta que se agoten todas las instancias de apelación.

En este sentido, el prefecto y las otras tres personas, saldrían de la cárcel entre hoy y mañana.

Saskia Gutiérrez, abogado de cinco de los procesados, lamentó que se judicialice la protesta social, y recalcó que los sentenciados como autores de los delitos no fueron favorecidos con la suspensión condicional de la pena.

Poma fue el único cómplice que seguirá en la cárcel

«A cuatro de los cinco sentenciados como cómplices les concedieron la suspensión provisional de la pena, menos a Yofre Poma«, denunció Segundo García, abogado del legislador.

Así mismo, rechazó que «misteriosamente» haya aparecido una acción penal en contra de su defendido, y que data de 2014.

El viernes pasado, los procesadores fueron declarados culpables como autores y cómplices del delito de paralización de un servicio público durante el paro nacional. Poma, Chávez, y otras tres personas fueron sentenciados a 1 año y 4 meses de prisión como cómplices del delito.

Los demás procesados fueron señalados como autores y condenados a 4 años de cárcel.

De manera inmediata, los abogados defensores de los sentenciados pidieron la suspensión condicional de la pena. El Código Penal ecuatoriano establece que una persona que haya sido condenada puede solicitar ese beneficio si es que cumple con todos los siguientes requisitos: La pena no exceda los 5 años; que la persona sentenciada no tenga otra sentencia o proceso en marcha; que sus antecedentes sean indicativos de que “no existe la necesidad de la ejecución de la pena”.

El juez Jacho consideró que esas dos últimas condiciones no se cumplieron en el caso de Poma. (JS)

Redacción QUITO

La mañana de hoy, sábado 9 de noviembre de 2019, se instaló la audiencia de suspensión condicional de la pena, solicitada por el asambleísta correísta Yofre Poma y otras siete personas.

La diligencia fue presidida por el juez penal, David Jacho, quien negó el pedido de Poma, pero aceptó medidas sustitutivas para el prefecto de Sucumbíos, Amado Chávez y otras tres personas: José Reinaldo Gómez Barragán, Nely Rodríguez y Jenny Rodríguez.

Cesar Sarango, abogado defensor de Chávez, dijo que el sentenciado deberá presentarse una vez al mes ante la Corte Provincial de Sucumbíos, y pagar, como compensación por los daños provocados, 6.000 dólares en el plazo de 1 año y 4 meses.

Sin embargo, aseguró que no están satisfechos con la decisión y van a apelar porque su defendido es inocente. Además, al existir una sentencia de primera instancia, Chávez no pierde su función pública hasta que se agoten todas las instancias de apelación.

En este sentido, el prefecto y las otras tres personas, saldrían de la cárcel entre hoy y mañana.

Saskia Gutiérrez, abogado de cinco de los procesados, lamentó que se judicialice la protesta social, y recalcó que los sentenciados como autores de los delitos no fueron favorecidos con la suspensión condicional de la pena.

Poma fue el único cómplice que seguirá en la cárcel

«A cuatro de los cinco sentenciados como cómplices les concedieron la suspensión provisional de la pena, menos a Yofre Poma«, denunció Segundo García, abogado del legislador.

Así mismo, rechazó que «misteriosamente» haya aparecido una acción penal en contra de su defendido, y que data de 2014.

El viernes pasado, los procesadores fueron declarados culpables como autores y cómplices del delito de paralización de un servicio público durante el paro nacional. Poma, Chávez, y otras tres personas fueron sentenciados a 1 año y 4 meses de prisión como cómplices del delito.

Los demás procesados fueron señalados como autores y condenados a 4 años de cárcel.

De manera inmediata, los abogados defensores de los sentenciados pidieron la suspensión condicional de la pena. El Código Penal ecuatoriano establece que una persona que haya sido condenada puede solicitar ese beneficio si es que cumple con todos los siguientes requisitos: La pena no exceda los 5 años; que la persona sentenciada no tenga otra sentencia o proceso en marcha; que sus antecedentes sean indicativos de que “no existe la necesidad de la ejecución de la pena”.

El juez Jacho consideró que esas dos últimas condiciones no se cumplieron en el caso de Poma. (JS)