‘Bicis’ y ‘scooter’ deben estar equipadas, o podrían sancionar a usuarios

La bicicleta y el ‘scooter’ se han convertido en aliados de muchos usuarios que, ante la pandemia del Covid-19, las consideran un medio de transporte seguro para prevenir contagios.

La Secretaría de Movilidad ha detallado que, en los últimos meses, el uso de la bicicleta es seis veces mayor. El promedio de viajes diarios pasó de 30.000 a 196.000.

Para Adriana Toalombo, ciclista urbana, es momento de realizar una campaña en la que se eduque a los conductores de todo tipo, para que exista “una movilidad amigable entre autos y bicis”.

Al ser consultada, la Agencia Nacional de Tránsito (AMT) señaló que no tiene una guía pero que realiza cursos gratuitos sobre normas viales a las que todos pueden acceder.

Aunque, Toalombo considera más práctico implementar un manual que se pueda descargar o leer de forma digital, similar al que implementó Cuenca en 2018.

Dicho documento contiene información que abarca desde cómo elegir la bicicleta adecuada, las normas de seguridad para circular y una serie de ‘biciconcejos’.

Normativa vigente

La Ley de tránsito establece derechos y obligaciones para quienes circulan en bicicleta.

El artículo 204 del reglamento a Ley de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial establece que los ciclistas y los que usan ‘scooter’ tienen derecho a transitar por todas las vías públicas del país, disponer de vías de circulación privilegiada dentro de las ciudades y en las carreteras, espacios gratuitos y libres de obstáculos, con las adecuaciones correspondiente

Quito tiene 110.42 kilómetros de ciclovías.Asimismo, el artículo 302 detalla las obligaciones de este tipo de conductores. Por ejemplo, mantener las bicicletas equipadas con seguridades como: frenos de pie y de mano, dispositivos refectantes en los extremos delantero (de color blanco) y posterior (de color rojo), también dispositivos reflectantes en ruedas y pedales. (ver recuadro)

Los incumplimientos de estas normas están estipulados en el Código Orgánico Integral Penal, en el que se establecen sanciones económicas para ciclistas y peatones que incumplan normas de tránsito o provoquen accidentes. (AVV)

DERECHOS CICLISTAS

Derecho preferente de vía o circulación en los desvíos de avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclovías

A transportar sus bicicletas en los vehículos de transporte público cantonal e interprovincial, sin ningún costo adicional.

Parqueo de las bicicletas en los terminales terrestres, estaciones de bus o similares

Tener días de circulación preferente de las bicicletas en el área urbana, con determinación de recorridos, favoreciéndose e impulsándose el desarrollo de ciclopaseos.

OBLIGACIONES CICLISTAS

Para transitar de noche, la bicicleta debe tener luces trasera y delantera en buen estado.

Mantener la bicicleta y sus partes en buen estado mecánico, en especial los frenos y llantas

Abstenerse de llevar puestos auriculares que no permitan una correcta audición del entorno

Respetar la prioridad de paso de los peatones, en especial si son mujeres embarazadas, niños, niñas, adultos mayores de 65 años, invidentes, personas con movilidad reducida y personas con discapacidad

Abstenerse de circular por los carriles de media y alta velocidad (circular por el carril derecho)

No circular por las aceras o por lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones.En caso de necesitar hacerlo, bajarse de la bicicleta y caminar junto a ella.

Abstenerse de asirse o sujetarse a otros vehículos en movimiento

Abstenerse de realizar maniobras repentinas

Abstenerse de retirar las manos del manubrio, a menos que haya necesidad de hacerlo para efectuar señales para girar o detenerse y hacer uso anticipado de señales manuales advirtiendo la intención cuando se va a realizar un cambio de rumbo o cualquier otro tipo de maniobra, señalando con el brazo derecho o izquierdo, para dar posibilidad de adoptar las precauciones necesarias

Llevar a bordo de forma segura sólo el número de personas para el que exista asiento disponible en las bicicletas cuya construcción lo permita, siempre y cuando esto no disminuya la visibilidad o que incomode en la conducción

En aquellas bicicletas que, por construcción, no puedan ser ocupadas por más de una persona, siempre y cuando el conductor sea mayor de edad, podrá llevar un menor de hasta siete años en asiento adicional

Abstenerse de transportar personas en el manubrio de la bicicleta o entre el conductor y el manubrio

Abstenerse transportar carga que impida mantener ambas manos sobre el manubrio, y un debido control del vehículo o su necesaria estabilidad o que disminuya la visibilidad del conductor.

Precaución

La clave para atravesar de manera segura y cómoda una intersección, es que te posiciones adecuadamente.

• Observa bien el cruce y a los otros conductores para evitar riesgos.

• Busca colocarte en la posición primaria en el momento de cruzar una intersección; no debes permanecer pegado a la acera.

• Identifica con anticipación cualquier obstáculo en tu trayectoria que pueda obligarte a realizar un cambio de carril. No te acerques demasiado a la parte posterior de ningún vehículo, debido a que te hace invisible ante los demás.

Fuente: Manual del Ciclista 2018 Alcaldía Cuenca