No se emitirán salvoconductos durante el estado de excepción

El COE Nacional emitió una nueva resolución, complementaria al decreto emitido ayer.

La mañana de este martes, 22 de diciembre, el COE nacional emitió una nueva resolución, complementaria al decreto del Gobierno Nacional en que consta el estado de excepción, ley seca y toque de queda.

Movilidad

La normativa señala que no se emitirán salvoconductos, y explica que el Estado de Excepción no es una medida que restrinja la libre movilidad de sectores estratégicos/ productivos

“Los documentos habilitantes están establecidos en los requeridos para el sector productivo (RUC, RISE, Guías de Remisión y Credencial)y las instituciones exentas contempladas en la resolución del 21 de diciembre”, explica el COE.

También señala que “ante cualquier incidente, el ciudadano podrá reportar el hecho al ECU 911 donde se verificará la situación”. Es decir que, en Quito, quedan inhabilitados los documentos que se usaban (con validez de 24 horas), para citas médicas, Turísmo o viajes al aeropuerto. (AVV)

Las medidas de restricción no aplican para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores como:

✓ Funcionarios judiciales, fiscales y de defensoría pública y del pueblo.

✓ Abogados.

✓ Funcionarios del Registro Social.

✓ Candidatos de elección popular debidamente acreditados.

✓ Personal de seguridad pública y privada.

✓ Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.

✓ Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control.

✓ Sectores Estratégicos.

✓ Servicios de emergencia vial.

✓ Sector Exportador y toda su cadena logística.

✓ Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.

✓ Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización.

✓ Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.

✓ Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.

✓ Trabajadores de los medios de comunicación.

✓ Sector Financiero.

✓ Servicio consular acreditado en el país.

✓ Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.

✓ Actividades relacionadas al sector financiero bancario.

✓ Funcionarios del Consejo Nacional Electoral.

*Sus documentos habilitantes serán, sus credenciales, guías de remisión, RUC, RISE