Jorge Glas envuelto en corrupción

RELACIÓN. Jorge Glas fue compañero de fórmula de Rafael Correa, prófugo de la justicia.

Una condena más se suma al historial del exvicepresidente. Esta vez, la tercera, fue sentenciado a ocho años de cárcel por peculado.

La decisión no fue unánime. Con los votos de los jueces Javier de la Cadena y José Layedra, de la Corte Nacional de Justicia, el exvicepresidente de la República Jorge Glas fue condenado a ocho años por el delito de peculado, dentro del denominado Caso Singue, donde la Fiscalía persiguió irregularidades en una contratación petrolera que habría dejado un perjuicio de al menos 28 millones de dólares al Estado. El fallo es de primera instancia.

Esta es la tercera sentencia relacionada a hechos de corrupción que se dicta en contra del exsegundo mandatario del Gobierno de Rafael Correa. Antes, la Corte Nacional de Justicia (CNJ), ya lo halló culpable de asociación ilícita (seis años) y por cohecho (ocho años). Estos dos procesos ya están ejecutoriados.

Nombres de los culpables

Los mismos ocho años fueron impuestos a los exministros, Wilson Pastor y Carlos Pareja Yannuzzelli, así como al gerente de Dygoil, César Guerra.

De la Cadena y Layedra consideraron que ellos son autores en la modalidad de coautoría, de acuerdo a lo que establece el artículo 42 numeral 3 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Aníbal Cazar, Andrés Donoso y José Burgos, fueron condenados a cuatro años, en calidad de cómplices.

Luego del fallo en primera instancia, los acusados pueden apelar y por último pedir el recurso de casación. El Tribunal no halló responsabilidades penales en ocho personas, entre ellas, Sylvana Pastor, hija del ministro, Wilson Pastor, quien sí fue sentenciado.

Como medida de reparación al Estado, los acusados deberán cancelar cinco millones de dólares, asignados de manera proporcional a su grado de participación.

Los jueces dispusieron el comiso de bienes inmuebles de los sentenciados.

Otra investigación

Para los jueces de mayoría, en el caso de Pastor y su hija, “aparecieron en el proceso datos relevantes de la implicación de otros delitos como concusión, tráfico de influencias, etc.”.

Los magistrados dispusieron remitir copias certificadas de las partes procesales a la Fiscalía para que realice una investigación sobre los hechos. La entidad deberá informar por escrito al Tribunal sobre las acciones que haga al respecto.

Voto salvado

Quien no estuvo de acuerdo con la resolución fue el juez Iván León. A su criterio jurídico, los hechos no se adecuaron a la conducta penal del delito de peculado, tipificado en el artículo 257 inciso primero del COIP. El magistrado ratificó el estado de inocencia para los 15 procesados.

Para el juez, la presunción de inocencia de los acusados no puede ser desvanecida durante la audiencia de juzgamiento. (FLC)