Violencia obstétrica: violación de derechos constitucionales

LEY. En Ecuador este tipo de violencia no está tipificada.
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LEY. En Ecuador este tipo de violencia no está tipificada.
LEY. En Ecuador este tipo de violencia no está tipificada.

CC ordenó reparación para una mujer que sufrió esta vulneración. Sienta un antecedente en el país.

La Corte Constitucional (CC) falló a favor de una mujer que denunció, en 2011, haber sido víctima de violencia obstetricia. Una práctica que, según el Instituto Ecuatorianos de Estadísticas y Censos (INEC), la han sufrido un 41,5% de mujeres en el momento de dar a luz.

“Ya, calladita y puje”, “así como abrió las piernas ahora aguante”, son algunas de las frases que, según Karla Carvajal, terapista Gestalt, deben escuchar las madres en un momento en el que se debería procurar “la relajación y armonía de la mujer”.

Históricamente, señala Carvajal, la atención obstétrica violenta “ha sido normalizada”.

Fallo constitucional

El 13 de diciembre, la Corte Constitucional falló a favor de una joven que, en 2011, denunció haber sido vulnerada antes y después de dar a luz, en el hospital provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de El Oro. Esta es la primera vez que la Corte reconoce este tipo de violencia.

La mujer detalló que llegó con los primeros dolores de parto y, al no recibir la atención necesaria, su bebé nació fuera de la sala de partos.

La CC señaló que “no se le prestó la atención médica personalizada debida, ni se actuó con la cautela y precaución necesaria”, por lo que dejaron a la madre y al neonato desprotegidos y en riesgo. En el documento emitido, la Corte hace énfasis en “la falta de desarrollo jurisprudencial en nuestro país” sobre estos casos.

La abogada Daniela Ortiz señala que la inclusión de la figura de la violencia obstétrica en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) “es una deuda que el Estado y los legisladores tienen con las mujeres”. (AVV)

Violencia de género

° La Organización Mundial de la Salud (OMS) describe a la violencia obstétrica como una forma de violencia de género. En un informe detalla que “de forma consciente o inconsciente muchas mujeres son violentadas durante el embarazo, el parto y el puerperio”.

La OMS detalla que esta vulneración se presenta en todas las fases del embarazo, sin embargo, es más fuerte y recurrente durante el parto.

Fue en 2014 que la Organización declaró que “en todo el mundo, muchas mujeres sufren un trato irrespetuoso y ofensivo durante el parto en centros de salud, que no solo viola sus derechos, sino que también amenaza su derecho a la vida, la salud, la integridad física y la no discriminación”.

EL DATO

En la provincia de El Oro se dio el caso que fue denunciado y que provocó el dictamen de la CC.

CC ordenó reparación para una mujer que sufrió esta vulneración. Sienta un antecedente en el país.

La Corte Constitucional (CC) falló a favor de una mujer que denunció, en 2011, haber sido víctima de violencia obstetricia. Una práctica que, según el Instituto Ecuatorianos de Estadísticas y Censos (INEC), la han sufrido un 41,5% de mujeres en el momento de dar a luz.

“Ya, calladita y puje”, “así como abrió las piernas ahora aguante”, son algunas de las frases que, según Karla Carvajal, terapista Gestalt, deben escuchar las madres en un momento en el que se debería procurar “la relajación y armonía de la mujer”.

Históricamente, señala Carvajal, la atención obstétrica violenta “ha sido normalizada”.

Fallo constitucional

El 13 de diciembre, la Corte Constitucional falló a favor de una joven que, en 2011, denunció haber sido vulnerada antes y después de dar a luz, en el hospital provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de El Oro. Esta es la primera vez que la Corte reconoce este tipo de violencia.

La mujer detalló que llegó con los primeros dolores de parto y, al no recibir la atención necesaria, su bebé nació fuera de la sala de partos.

La CC señaló que “no se le prestó la atención médica personalizada debida, ni se actuó con la cautela y precaución necesaria”, por lo que dejaron a la madre y al neonato desprotegidos y en riesgo. En el documento emitido, la Corte hace énfasis en “la falta de desarrollo jurisprudencial en nuestro país” sobre estos casos.

La abogada Daniela Ortiz señala que la inclusión de la figura de la violencia obstétrica en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) “es una deuda que el Estado y los legisladores tienen con las mujeres”. (AVV)

Violencia de género

° La Organización Mundial de la Salud (OMS) describe a la violencia obstétrica como una forma de violencia de género. En un informe detalla que “de forma consciente o inconsciente muchas mujeres son violentadas durante el embarazo, el parto y el puerperio”.

La OMS detalla que esta vulneración se presenta en todas las fases del embarazo, sin embargo, es más fuerte y recurrente durante el parto.

Fue en 2014 que la Organización declaró que “en todo el mundo, muchas mujeres sufren un trato irrespetuoso y ofensivo durante el parto en centros de salud, que no solo viola sus derechos, sino que también amenaza su derecho a la vida, la salud, la integridad física y la no discriminación”.

EL DATO

En la provincia de El Oro se dio el caso que fue denunciado y que provocó el dictamen de la CC.

CC ordenó reparación para una mujer que sufrió esta vulneración. Sienta un antecedente en el país.

La Corte Constitucional (CC) falló a favor de una mujer que denunció, en 2011, haber sido víctima de violencia obstetricia. Una práctica que, según el Instituto Ecuatorianos de Estadísticas y Censos (INEC), la han sufrido un 41,5% de mujeres en el momento de dar a luz.

“Ya, calladita y puje”, “así como abrió las piernas ahora aguante”, son algunas de las frases que, según Karla Carvajal, terapista Gestalt, deben escuchar las madres en un momento en el que se debería procurar “la relajación y armonía de la mujer”.

Históricamente, señala Carvajal, la atención obstétrica violenta “ha sido normalizada”.

Fallo constitucional

El 13 de diciembre, la Corte Constitucional falló a favor de una joven que, en 2011, denunció haber sido vulnerada antes y después de dar a luz, en el hospital provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de El Oro. Esta es la primera vez que la Corte reconoce este tipo de violencia.

La mujer detalló que llegó con los primeros dolores de parto y, al no recibir la atención necesaria, su bebé nació fuera de la sala de partos.

La CC señaló que “no se le prestó la atención médica personalizada debida, ni se actuó con la cautela y precaución necesaria”, por lo que dejaron a la madre y al neonato desprotegidos y en riesgo. En el documento emitido, la Corte hace énfasis en “la falta de desarrollo jurisprudencial en nuestro país” sobre estos casos.

La abogada Daniela Ortiz señala que la inclusión de la figura de la violencia obstétrica en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) “es una deuda que el Estado y los legisladores tienen con las mujeres”. (AVV)

Violencia de género

° La Organización Mundial de la Salud (OMS) describe a la violencia obstétrica como una forma de violencia de género. En un informe detalla que “de forma consciente o inconsciente muchas mujeres son violentadas durante el embarazo, el parto y el puerperio”.

La OMS detalla que esta vulneración se presenta en todas las fases del embarazo, sin embargo, es más fuerte y recurrente durante el parto.

Fue en 2014 que la Organización declaró que “en todo el mundo, muchas mujeres sufren un trato irrespetuoso y ofensivo durante el parto en centros de salud, que no solo viola sus derechos, sino que también amenaza su derecho a la vida, la salud, la integridad física y la no discriminación”.

EL DATO

En la provincia de El Oro se dio el caso que fue denunciado y que provocó el dictamen de la CC.

CC ordenó reparación para una mujer que sufrió esta vulneración. Sienta un antecedente en el país.

La Corte Constitucional (CC) falló a favor de una mujer que denunció, en 2011, haber sido víctima de violencia obstetricia. Una práctica que, según el Instituto Ecuatorianos de Estadísticas y Censos (INEC), la han sufrido un 41,5% de mujeres en el momento de dar a luz.

“Ya, calladita y puje”, “así como abrió las piernas ahora aguante”, son algunas de las frases que, según Karla Carvajal, terapista Gestalt, deben escuchar las madres en un momento en el que se debería procurar “la relajación y armonía de la mujer”.

Históricamente, señala Carvajal, la atención obstétrica violenta “ha sido normalizada”.

Fallo constitucional

El 13 de diciembre, la Corte Constitucional falló a favor de una joven que, en 2011, denunció haber sido vulnerada antes y después de dar a luz, en el hospital provincial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de El Oro. Esta es la primera vez que la Corte reconoce este tipo de violencia.

La mujer detalló que llegó con los primeros dolores de parto y, al no recibir la atención necesaria, su bebé nació fuera de la sala de partos.

La CC señaló que “no se le prestó la atención médica personalizada debida, ni se actuó con la cautela y precaución necesaria”, por lo que dejaron a la madre y al neonato desprotegidos y en riesgo. En el documento emitido, la Corte hace énfasis en “la falta de desarrollo jurisprudencial en nuestro país” sobre estos casos.

La abogada Daniela Ortiz señala que la inclusión de la figura de la violencia obstétrica en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) “es una deuda que el Estado y los legisladores tienen con las mujeres”. (AVV)

Violencia de género

° La Organización Mundial de la Salud (OMS) describe a la violencia obstétrica como una forma de violencia de género. En un informe detalla que “de forma consciente o inconsciente muchas mujeres son violentadas durante el embarazo, el parto y el puerperio”.

La OMS detalla que esta vulneración se presenta en todas las fases del embarazo, sin embargo, es más fuerte y recurrente durante el parto.

Fue en 2014 que la Organización declaró que “en todo el mundo, muchas mujeres sufren un trato irrespetuoso y ofensivo durante el parto en centros de salud, que no solo viola sus derechos, sino que también amenaza su derecho a la vida, la salud, la integridad física y la no discriminación”.

EL DATO

En la provincia de El Oro se dio el caso que fue denunciado y que provocó el dictamen de la CC.