Se puede mejorar la pensión jubilar si reingresa a laborar, siempre y cuando cumpla con un mínimo de doce meses de aportaciones adicionales.
El jubilado por Vejez que reingresa a laborar bajo relación de dependencia tiene derecho a una mejora en su pensión una vez que cese en su nuevo empleo y haya aportado como mínimo durante 12 meses.
La mejora en la pensión del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) se calcula de la siguiente manera: Sueldo promedio x 0,001 x # de imposiciones.
¿Cuál es la pensión máxima y mínima a la que se puede acceder en el IESS si se jubila este 2024?
Para solicitar la mejora de la pensión debe cumplir con los siguientes requisitos previos:
-Ser jubilado por vejez o por discapacidad del Seguro General de Pensiones o fondo de pensiones.
-Estar cesante al momento de solicitar la mejora de la jubilación.
-Mantener una cuenta de correo electrónico válida y activa.
-Contar con al menos 12 meses de aportes cumplidos posteriores a la jubilación, mismo que hayan sido aportados en cualquier otra empresa de la cual no se haya jubilado.
-No tener aportes pendientes de pago.
Indicaciones para solicitar la mejora de la pensión del IESS
1.- Ingrese al portal www.iess.gob.ec, escoja la opción ‘Trámites virtuales’
2.- Seleccione ‘Pensionistas’ y elija la opción ‘Solicitud de Mejora o Reliquidación de Pensiones’.
3.- Ingrese su número de cédula y clave personal. Se desplegará un menú, elija ‘Mejora de Pensión’
4.- Registre los datos que solicita el sistema, digite ‘Aceptar’.
El solicitante puede hacer el seguimiento de su trámite ingresando al portal del IESS con su número de cédula y clave, seleccionando la opción «Trámites virtuales’. En la opción ‘Pensionistas’, elija el ícono ‘Solicitud de Mejora o
Reliquidación de Pensiones’,
Aumentos adicionales a la pensión del IESS
Mejor aumento: Se otorgará a los pensionistas de vejez que hayan cumplido 70 años de edad a la fecha de vigencia del incremento y se acogieron a la jubilación con 420 imposiciones o más. Su cuantía será de 10 dólares.
Aumento excepcional: Se otorgará a los pensionistas de vejez que hayan cumplido 80 años de edad a la fecha de vigencia del incremento y se acogieron a la jubilación con 360 imposiciones o más.
Se debe tomar en cuenta que el mejor aumento y el aumento excepcional se concretan de manera automática si se cumple con los requisitos. (JS)