Ecuador pedirá visa a los ciudadanos chinos que lleguen al país

PROCESO. La Cancillería recibió el expediente sobre la extradición el 27 de mayo de 2022.
Con el objetivo de precautelar la seguridad y los flujos migratorios regulares. Foto: Archivo- Referencial

La Cancillería de Ecuador anunció la suspensión del “temporal” del acuerdo de supresión de visados entre Ecuador y China, debido al creciente flujo de ciudadanos de esa nacionalidad que no abandonan el país después de los 90 días. La medida tendrá efecto desde el 01 de julio del 2024.

El Gobierno Nacional anunció la decisión de suspender “temporalmente” el acuerdo de supresión de visados entre China y Ecuador, debido al “inusitado crecimiento de flujos migratorios irregulares” de ciudadanos chinos en Ecuador que no han abandonado el país tras pasar los 90 días de su estadía.

Según el comunicado de la Cancillería de Ecuador, el crecimiento de este flujo migratorio tendría como una de sus causas que los ciudadanos chinos estarían utilizando al país como un punto de partida para dirigirse a otros destinos de forma irregular.

Detalla que el flujo migratorio proveniente de China ha crecido de forma “preocupante” y detalla que “aproximadamente el 50% de los ingresos” no han salido del país por las vías regulares, ni en los tiempos establecidos.

“Por esta razón, se encontrarían en el país en situación migratoria irregular o habrían salido por vías irregulares a otros destinos en el hemisferio”, apunta el comunicado.

La medida tendrá efecto desde el próximo 01 de julio, según lo dispone el acuerdo ministerial 64 suscrito el 11 de junio del 2024. En el que se indica que los ciudadanos de nacionalidad china deberán  solicitar un visado de turismo.

Requisitos para el visa de turismo a los ciudadanos chinos:

  • Formulario de solicitud de visa – costo de 50 USD;
  • Pasaporte válido y con un período de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cm (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos
  • Certificado de no registrar antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco (5) años. El documento deberá ser apostillado en caso de haber sido emitido en un país parte del Convenio de la Apostilla de La Haya; o, legalizado si ha sido emitido en un país que no sea parte de dicho convenio. En caso de que el documento original fuese emitido en un idioma distinto al castellano, éste deberá ser traducido por un profesional autorizado;
  • Itinerario de viaje y pasajes de ida y retorno;
  • Acreditar los medios de vida lícitos que permitan su estadía por el tiempo autorizado; y,
  • Pago de la tarifa de visa – costo de 30 USD.

Puede encontrar el procedimiento para el otorgamiento de visa de turismo aquí. (ILS)

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