Asamblea define hoy nuevas reglas para procesos electorales en Ecuador

COMICIOS. El objetivo de la reforma es que se la pueda aplicar en las elecciones de 2021.
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COMICIOS. El objetivo de la reforma es que se la pueda aplicar en las elecciones de 2021.
COMICIOS. El objetivo de la reforma es que se la pueda aplicar en las elecciones de 2021.
COMICIOS. El objetivo de la reforma es que se la pueda aplicar en las elecciones de 2021.
COMICIOS. El objetivo de la reforma es que se la pueda aplicar en las elecciones de 2021.

El Pleno de la Asamblea continuará hoy con la sesión sobre reformas al Código de la Democracia, en una jornada en la que entrará directo a la votación del documento final, una vez que el 19 de noviembre se cerró el segundo debate.

Desde esa fecha, la presidenta de la Comisión de Justicia y ponente, Ximena Peña (AP), trabajó junto a legisladores de varias bancadas en el informe.

Peña manifestó que hay artículos que fortalecen la paridad de género y la inclusión de jóvenes en las listas, para transparentar el financiamiento de campañas políticas, cambios en el sistema electoral, normas para fortalecer la gestión del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), entre otros temas.

Por su parte, el vocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Verdesoto, agradeció que se hayan acogido algunas de sus propuestas, sobre todo en lo referente al gasto electoral. (HCR)

Financiamiento de campañas
° El Artículo 204 vigente prohíbe a los candidatos y a las organizaciones políticas entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos. Con la reforma a este artículo, la prohibición ya no se limita a los candidatos sino que se amplía a los “sujetos políticos” que aspiren o participen en una elección popular.

70
votos se necesitan para aprobar la reforma electoral.En el Código de la Democracia actual se da al CNE la potestad de controlar, fiscalizar y realizar exámenes de cuentas de campaña. Con la reforma se ordena implementar un sistema contable de financiamiento que será de acceso gratuito a todas las organizaciones y sujetos políticos, para que registren de manera obligatoria su plan de cuentas. El CNE deberá reglamentar el contenido, formato, control y ejecución del plan de cuentas.

Se agrega un numeral al Artículo 223, en el sentido de que las organizaciones políticas o candidatos que hayan recibido financiamiento del Estado deberán reintegrar el 50% de esos valores al Estado, luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos el 4% de los votos válidos en la respectiva dignidad.

Participación electoral
° La Ley actual no contempla concretamente la participación de los jóvenes. Por eso, con la reforma se establece que del total de candidatos en cada lista, un 25% debe ser de entre 18 y 29 años.

El Artículo 99 de Código de la Democracia establece que las candidaturas de Presidente y su binomio; Gobernadores, Prefectos y sus respectivos acompañantes, así como de Alcaldes, serán consideradas candidaturas unipersonales. La reforma mantiene el mismo concepto de candidaturas unipersonales, pero añade que en elecciones de todos los binomios, las candidaturas deberán integrarse con la participación de una mujer y un hombre o viceversa.

En el mismo Artículo vigente, señala que para las candidaturas pluripersonales las listas se conformarán paritariamente con secuencia mujer–hombre u hombre–mujer. Mientras que la reforma propone que el 50% de las listas que presente una organización política deberá estar encabezada por mujeres.

Sistema de elección y asignación de escaños
° Hasta las elecciones pasadas, el votante podía escoger al candidato de su preferencia de una sola lista o entre listas hasta completar el número de dignidades a elegir. O sea, se podía escoger. Por poner un ejemplo, un candidato de la lista A, dos de la B, uno de la C y cuatro de la D. Esto se contempla en el Artículo 120. La reforma pondría fin a este sistema, ya que se establece que el voto será entre listas cerradas y bloqueadas. “Los electores marcarán la casilla de la lista o alianza de su preferencia”, señala el texto por aprobarse. Es lo que se conoce como voto en plancha. Si se vota por más de una lista o por candidatos entre listas el sufragio será considerado nulo.

En la asignación de escaños se cambia del Sistema D’Hondt al de Webster, que se aplicará a todas las elecciones pluripersonales. Implica que la votación total de cada lista se determinará por los votos obtenidos por votación de lista; la votación de cada una se dividirá para la serie de números 1, 3, 5, 7 y así sucesivamente en la proporción aritmética de la serie, hasta obtener tantos cocientes como número de escaños a asignarse.

El Pleno de la Asamblea continuará hoy con la sesión sobre reformas al Código de la Democracia, en una jornada en la que entrará directo a la votación del documento final, una vez que el 19 de noviembre se cerró el segundo debate.

Desde esa fecha, la presidenta de la Comisión de Justicia y ponente, Ximena Peña (AP), trabajó junto a legisladores de varias bancadas en el informe.

Peña manifestó que hay artículos que fortalecen la paridad de género y la inclusión de jóvenes en las listas, para transparentar el financiamiento de campañas políticas, cambios en el sistema electoral, normas para fortalecer la gestión del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), entre otros temas.

Por su parte, el vocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Verdesoto, agradeció que se hayan acogido algunas de sus propuestas, sobre todo en lo referente al gasto electoral. (HCR)

Financiamiento de campañas
° El Artículo 204 vigente prohíbe a los candidatos y a las organizaciones políticas entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos. Con la reforma a este artículo, la prohibición ya no se limita a los candidatos sino que se amplía a los “sujetos políticos” que aspiren o participen en una elección popular.

70
votos se necesitan para aprobar la reforma electoral.En el Código de la Democracia actual se da al CNE la potestad de controlar, fiscalizar y realizar exámenes de cuentas de campaña. Con la reforma se ordena implementar un sistema contable de financiamiento que será de acceso gratuito a todas las organizaciones y sujetos políticos, para que registren de manera obligatoria su plan de cuentas. El CNE deberá reglamentar el contenido, formato, control y ejecución del plan de cuentas.

Se agrega un numeral al Artículo 223, en el sentido de que las organizaciones políticas o candidatos que hayan recibido financiamiento del Estado deberán reintegrar el 50% de esos valores al Estado, luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos el 4% de los votos válidos en la respectiva dignidad.

Participación electoral
° La Ley actual no contempla concretamente la participación de los jóvenes. Por eso, con la reforma se establece que del total de candidatos en cada lista, un 25% debe ser de entre 18 y 29 años.

El Artículo 99 de Código de la Democracia establece que las candidaturas de Presidente y su binomio; Gobernadores, Prefectos y sus respectivos acompañantes, así como de Alcaldes, serán consideradas candidaturas unipersonales. La reforma mantiene el mismo concepto de candidaturas unipersonales, pero añade que en elecciones de todos los binomios, las candidaturas deberán integrarse con la participación de una mujer y un hombre o viceversa.

En el mismo Artículo vigente, señala que para las candidaturas pluripersonales las listas se conformarán paritariamente con secuencia mujer–hombre u hombre–mujer. Mientras que la reforma propone que el 50% de las listas que presente una organización política deberá estar encabezada por mujeres.

Sistema de elección y asignación de escaños
° Hasta las elecciones pasadas, el votante podía escoger al candidato de su preferencia de una sola lista o entre listas hasta completar el número de dignidades a elegir. O sea, se podía escoger. Por poner un ejemplo, un candidato de la lista A, dos de la B, uno de la C y cuatro de la D. Esto se contempla en el Artículo 120. La reforma pondría fin a este sistema, ya que se establece que el voto será entre listas cerradas y bloqueadas. “Los electores marcarán la casilla de la lista o alianza de su preferencia”, señala el texto por aprobarse. Es lo que se conoce como voto en plancha. Si se vota por más de una lista o por candidatos entre listas el sufragio será considerado nulo.

En la asignación de escaños se cambia del Sistema D’Hondt al de Webster, que se aplicará a todas las elecciones pluripersonales. Implica que la votación total de cada lista se determinará por los votos obtenidos por votación de lista; la votación de cada una se dividirá para la serie de números 1, 3, 5, 7 y así sucesivamente en la proporción aritmética de la serie, hasta obtener tantos cocientes como número de escaños a asignarse.

El Pleno de la Asamblea continuará hoy con la sesión sobre reformas al Código de la Democracia, en una jornada en la que entrará directo a la votación del documento final, una vez que el 19 de noviembre se cerró el segundo debate.

Desde esa fecha, la presidenta de la Comisión de Justicia y ponente, Ximena Peña (AP), trabajó junto a legisladores de varias bancadas en el informe.

Peña manifestó que hay artículos que fortalecen la paridad de género y la inclusión de jóvenes en las listas, para transparentar el financiamiento de campañas políticas, cambios en el sistema electoral, normas para fortalecer la gestión del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), entre otros temas.

Por su parte, el vocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Verdesoto, agradeció que se hayan acogido algunas de sus propuestas, sobre todo en lo referente al gasto electoral. (HCR)

Financiamiento de campañas
° El Artículo 204 vigente prohíbe a los candidatos y a las organizaciones políticas entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos. Con la reforma a este artículo, la prohibición ya no se limita a los candidatos sino que se amplía a los “sujetos políticos” que aspiren o participen en una elección popular.

70
votos se necesitan para aprobar la reforma electoral.En el Código de la Democracia actual se da al CNE la potestad de controlar, fiscalizar y realizar exámenes de cuentas de campaña. Con la reforma se ordena implementar un sistema contable de financiamiento que será de acceso gratuito a todas las organizaciones y sujetos políticos, para que registren de manera obligatoria su plan de cuentas. El CNE deberá reglamentar el contenido, formato, control y ejecución del plan de cuentas.

Se agrega un numeral al Artículo 223, en el sentido de que las organizaciones políticas o candidatos que hayan recibido financiamiento del Estado deberán reintegrar el 50% de esos valores al Estado, luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos el 4% de los votos válidos en la respectiva dignidad.

Participación electoral
° La Ley actual no contempla concretamente la participación de los jóvenes. Por eso, con la reforma se establece que del total de candidatos en cada lista, un 25% debe ser de entre 18 y 29 años.

El Artículo 99 de Código de la Democracia establece que las candidaturas de Presidente y su binomio; Gobernadores, Prefectos y sus respectivos acompañantes, así como de Alcaldes, serán consideradas candidaturas unipersonales. La reforma mantiene el mismo concepto de candidaturas unipersonales, pero añade que en elecciones de todos los binomios, las candidaturas deberán integrarse con la participación de una mujer y un hombre o viceversa.

En el mismo Artículo vigente, señala que para las candidaturas pluripersonales las listas se conformarán paritariamente con secuencia mujer–hombre u hombre–mujer. Mientras que la reforma propone que el 50% de las listas que presente una organización política deberá estar encabezada por mujeres.

Sistema de elección y asignación de escaños
° Hasta las elecciones pasadas, el votante podía escoger al candidato de su preferencia de una sola lista o entre listas hasta completar el número de dignidades a elegir. O sea, se podía escoger. Por poner un ejemplo, un candidato de la lista A, dos de la B, uno de la C y cuatro de la D. Esto se contempla en el Artículo 120. La reforma pondría fin a este sistema, ya que se establece que el voto será entre listas cerradas y bloqueadas. “Los electores marcarán la casilla de la lista o alianza de su preferencia”, señala el texto por aprobarse. Es lo que se conoce como voto en plancha. Si se vota por más de una lista o por candidatos entre listas el sufragio será considerado nulo.

En la asignación de escaños se cambia del Sistema D’Hondt al de Webster, que se aplicará a todas las elecciones pluripersonales. Implica que la votación total de cada lista se determinará por los votos obtenidos por votación de lista; la votación de cada una se dividirá para la serie de números 1, 3, 5, 7 y así sucesivamente en la proporción aritmética de la serie, hasta obtener tantos cocientes como número de escaños a asignarse.

El Pleno de la Asamblea continuará hoy con la sesión sobre reformas al Código de la Democracia, en una jornada en la que entrará directo a la votación del documento final, una vez que el 19 de noviembre se cerró el segundo debate.

Desde esa fecha, la presidenta de la Comisión de Justicia y ponente, Ximena Peña (AP), trabajó junto a legisladores de varias bancadas en el informe.

Peña manifestó que hay artículos que fortalecen la paridad de género y la inclusión de jóvenes en las listas, para transparentar el financiamiento de campañas políticas, cambios en el sistema electoral, normas para fortalecer la gestión del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), entre otros temas.

Por su parte, el vocal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Verdesoto, agradeció que se hayan acogido algunas de sus propuestas, sobre todo en lo referente al gasto electoral. (HCR)

Financiamiento de campañas
° El Artículo 204 vigente prohíbe a los candidatos y a las organizaciones políticas entregar donaciones, dádivas o regalos a los ciudadanos. Con la reforma a este artículo, la prohibición ya no se limita a los candidatos sino que se amplía a los “sujetos políticos” que aspiren o participen en una elección popular.

70
votos se necesitan para aprobar la reforma electoral.En el Código de la Democracia actual se da al CNE la potestad de controlar, fiscalizar y realizar exámenes de cuentas de campaña. Con la reforma se ordena implementar un sistema contable de financiamiento que será de acceso gratuito a todas las organizaciones y sujetos políticos, para que registren de manera obligatoria su plan de cuentas. El CNE deberá reglamentar el contenido, formato, control y ejecución del plan de cuentas.

Se agrega un numeral al Artículo 223, en el sentido de que las organizaciones políticas o candidatos que hayan recibido financiamiento del Estado deberán reintegrar el 50% de esos valores al Estado, luego de la segunda elección cuando el mismo candidato no obtenga al menos el 4% de los votos válidos en la respectiva dignidad.

Participación electoral
° La Ley actual no contempla concretamente la participación de los jóvenes. Por eso, con la reforma se establece que del total de candidatos en cada lista, un 25% debe ser de entre 18 y 29 años.

El Artículo 99 de Código de la Democracia establece que las candidaturas de Presidente y su binomio; Gobernadores, Prefectos y sus respectivos acompañantes, así como de Alcaldes, serán consideradas candidaturas unipersonales. La reforma mantiene el mismo concepto de candidaturas unipersonales, pero añade que en elecciones de todos los binomios, las candidaturas deberán integrarse con la participación de una mujer y un hombre o viceversa.

En el mismo Artículo vigente, señala que para las candidaturas pluripersonales las listas se conformarán paritariamente con secuencia mujer–hombre u hombre–mujer. Mientras que la reforma propone que el 50% de las listas que presente una organización política deberá estar encabezada por mujeres.

Sistema de elección y asignación de escaños
° Hasta las elecciones pasadas, el votante podía escoger al candidato de su preferencia de una sola lista o entre listas hasta completar el número de dignidades a elegir. O sea, se podía escoger. Por poner un ejemplo, un candidato de la lista A, dos de la B, uno de la C y cuatro de la D. Esto se contempla en el Artículo 120. La reforma pondría fin a este sistema, ya que se establece que el voto será entre listas cerradas y bloqueadas. “Los electores marcarán la casilla de la lista o alianza de su preferencia”, señala el texto por aprobarse. Es lo que se conoce como voto en plancha. Si se vota por más de una lista o por candidatos entre listas el sufragio será considerado nulo.

En la asignación de escaños se cambia del Sistema D’Hondt al de Webster, que se aplicará a todas las elecciones pluripersonales. Implica que la votación total de cada lista se determinará por los votos obtenidos por votación de lista; la votación de cada una se dividirá para la serie de números 1, 3, 5, 7 y así sucesivamente en la proporción aritmética de la serie, hasta obtener tantos cocientes como número de escaños a asignarse.