Parlamenterios Andinos se elegirían en segunda vuelta

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE), vuelve a fallar a favor del movimiento Justicia Social. Esta vez, el dictamen tiene que ver con la inscripción y calificación de candidaturas para parlamentarios andinos de esa fuerza política. La sentencia emitida por el Pleno del organismo no tiene opción a apelación.

El recurso resuelto el pasado viernes, 15 de enero, tiene trabada la impresión de papeletas para esa dignidad de elección popular, pero aunque ya se haya resuelto, hasta este 19 de enero se cuenta con el plazo para que las partes presenten una aclaración y ampliación a la sentencia. Con esto, los trámites para dar cumplimiento al fallo a través de los procesos administrativos de Justicia Social no coinciden con los del calendario electoral para el desarrollo de las elecciones.

El Consejo Nacional Electoral (CNE), deberá validar los procesos de democracia interna que Justicia Social hizo en agosto pasado o, si así lo requiere la organización política, permitirles realizar uno nuevo a efectos de inscribir sus candidaturas de parlamentarios andinos.

Tiempos

Este proceso tiene que pasar por la etapa de presentación de formularios, calificación de candidaturas, someter a procesos de objeción, impugnación de resoluciones y llegar incluso a recursos contencioso electorales.

Esteban Ron, experto en materia electoral, explicó que todo esto tomaría de 10 a 53 días, por lo que los parlamentarios andinos no alcanzarían a elegirse en la primera vuelta.

El jurista agregó que, una de las opciones, aunque no legítima, es ubicar la papeleta de esa dignidad para la segunda vuelta electoral.

Sin embargo, esto, a criterio de Ron, nulita las elecciones, pues contradice la convocatoria que precisa que en primera vuelta se elegirán al binomio presidencial 137 asambleístas, y parlamentarios andinos este 07 de febrero.

Ron advirtió además que la segunda vuelta es un acto condicionado, es decir, solo aplica para Presidente y Vicepresidente de la República, sobre la base del Art. 161 del Código de la Democracia. “Habrá responsabilidad política del CNE. Ellos fueron los que aletargaron el proceso 84 días, según lo dicho por Arturo Cabrera, presidente del TCE”, dijo.

Si es que los parlamentarios andinos se escogen en una fecha y hora distintas a las expuestas en la convocatoria, se aplica el artículo 143 del Código de la Democracia, que nulita el proceso de votaciones frente a esta inconsistencia.

La salida

El analista agregó que si el CNE no alcanza a imprimir las papeletas, la única salida jurídica es aprobar, vía resolución, una reconvocatoria únicamente para parlamentarios andinos y hacer coincidir sus elecciones con la fecha de la segunda vuelta, declarando previamente la nulidad del proceso para esa dignidad.

La campaña de los candidatos tendría que ajustarse también a los tiempos de los dos presidenciables que pasen a los comicios previstos para el domingo 11 de abril. (FLC)