Madre denuncia haber sido denunciada por su hijo, tras deberle dos años de pensión alimenticia

Preocupación. María G. y su madre solicitan que se evalúe su caso porque asegura que no tiene de dónde pagar la pensión, además, su hijo está trabajando.
Preocupación. María G. y su madre solicitan que se evalúe su caso porque asegura que no tiene de dónde pagar la pensión, además, su hijo está trabajando.

María G. llegó a las oficinas de La Hora acompañada de su madre de 86 años. Con lágrimas en los ojos relató que minutos antes en una audiencia le ordenaron pagar casi 2.000 dólares a su hijo, Rainaldo Ch., de 19 años.

“Lo crié hasta que cumplió los 12 años de edad, luego se fue con su papá, que es policía en servicio pasivo y yo fui demandada en un juicio de alimentos. Pagué todas mis pensiones al día, unos 110 dólares mensuales, hasta hace dos años, aproximadamente”, relató.

María G. indica que decidió dejar de abonar esa cantidad de dinero pues su hijo se desvinculó de los estudios y comenzó a trabajar. Además, a ella se le dificultó la economía, dado que a su cargo están en su totalidad los cuidados de su madre, quien padece de diabetes.

Ahora esta mujer está preocupada y desconcertada ante la demanda que su hijo le puso y espera que las autoridades actúen con justicia. “Si él estuviera estudiando, me sacrificaba y seguía pagando, pero no puedo, no tengo de dónde sacar dinero”, agregó.

Casos

A pesar de varias solicitudes, La Hora no pudo obtener el dato exacto de cuántos casos de este tipo hay en Santo Domingo de los Tsáchilas, pues desde el Consejo de la Judicatura no se concretó la entrevista para el tema.

Sin embargo, el abogado en libre ejercicio, Ramiro Fernández, explicó que “la obligación de pagar alimentos a los hijos surge de la patria potestad. Cuando el padre o la madre no tienen la custodia de sus hijos tienen el deber de pagar pensión para garantizar su cuidado y desarrollo. Están obligados a pagar pensión los padres o madres que no viven con sus hijos.

“Los abuelos, tíos y hermanos conocidos como deudores solidarios ya no irán a la cárcel por culpa de los padres que no pagan las pensiones alimenticias. Es la norma instituida en el Código Orgánico General de Procesos (Cogep), donde se estableció eliminar el apremio o prisión para los familiares u obligados subsidiarios de quienes no cancelan los valores correspondientes a sus hijos. La medida se mantendrá para el progenitor”, explicó el jurista.

Las personas que mantienen pensiones alimenticias pueden verificar el estado de los procesos en la plataforma digital del Sistema Único de Pensiones Alimenticias. (ARR)

Algunas cifras

Según las estadísticas del Consejo de la Judicatura, en 2015 y hasta abril de 2016, en el Ecuador se tramitaron 141.103 juicios de alimentos y en estos se dictó prisión para 157 familiares porque el implicado no pagó las pensiones de alimentos.