Causas y consecuencias del femicidio

Antecedentes

Femicidio cuya naturaleza es el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer. Esta consecuencia, que se resume en la muerte de una mujer, puede iniciar con violencia física, psicológica y sexual. Los fallecimientos se dan luego de un proceso, que incluye maltrato, abuso y hasta amenazas, dependiendo de los casos.

El femicidio permite sancionar el delito, al hecho consumado, es decir, a la acción violenta que termina en muerte, en cambio el feminicidio es la conducta política de Estado para erradicar ese tipo de violencia extrema, en caso de no aplicarse, contiene el elemento impunidad. Ante la ausencia del feminicidio, el Estado incumple su deber de investigar, juzgar y sancionar.

Fundamentación Jurídica

El Femicidio según el Artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal dice que la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 23 años. Pero también se establecieron las circunstancias agravantes del Femicidio en el Artículo 142 donde se impondrá el máximo de la pena prevista en el artículo anterior por:

  1. Haber pretendido establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.
  2. Exista o haya existido entre el sujeto activo y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia, intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo, laborales, escolares o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.
  3. Si el delito se comete en presencia de hijas, hijos o cualquier otro familiar de la víctima.
  4. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público.

Doctrina

delito de femicidio en ecuador elementos investigativos, Dr. Eduardo Estrella Vaca. Pág 26. En los casos de femicidio cobra una especial valoración las técnicas de investigación enfocadas en género que se puedan realizar, es así que no será suficiente analizar desde el punto de vista médico legista la causa de muerte de una mujer, es necesario realizar elementos especiales de investigación como son la autopsia psicológica que permite no solo evidenciar la causa de muerte desde el punto de vista psicológico, sino incluso evidenciar la afectación emocional que tenía la victima antes de la realización de los hechos. Pericias de entorno social tanto a la familia del procesado como al entorno familiar de la víctima, pericias que permiten evidenciar aspectos de marcado machismo, o a su vez de subordinación en el caso de la víctima que venían dadas desde el ámbito familiar tradicional.

Se debe utilizar el principio rector de especialización y la respuesta judicial de sensibilización, así como de capacitación a los funcionarios públicos, ya que supraconstitucional se conoce el principio de la responsabilidad penal de los funcionarios que obstruyen y/o obstaculicen el acceso a la justicia de las mujeres.

Derecho Comparado:

Código Penal (Colombia]) en su Artículo 104A. Feminicidio Quien causare la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género o en donde haya concurrido o antecedido cualquiera de las siguientes circunstancias, incurrirá en prisión de doscientos cincuenta (250) meses a quinientos (500) meses. a) Tener o haber tenido una relación familiar, íntima o, de convivencia con la víctima, de amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de un ciclo de violencia física, sexual, psicológica o patrimonial que antecedió el crimen contra ella. b) Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual o acciones de opresión y dominio sobre sus decisiones vitales y su sexualidad.

Análisis.

Del análisis de los femicidios publicados, se podría deducir que el escenario del ataque sexual es generalmente protagonizado por hombres desconocidos para las mujeres y por ende ha sido asociado con el femicidio no íntimo. Sin embargo entre las notas revisadas, se puede constatar que en varias ocasiones éste se entrelaza con el escenario de la pareja o de la familia, y en éste último se identifica padres, padrastros y otros familiares cercanos han violado y asesinado principalmente a niñas. En la misma raíz, actos cubiertos por los medios que aparentan ser producto de la violencia social generalizada, como robos o asaltos, se demuestran en realidad vinculados a la condición de género de las mujeres, al estar acompañados de violencia sexual.

Problemática

Conclusiones

  1. La violencia es considerada en la actualidad un problema público que tiene su origen en diversos factores como los individuales, sociales. Cuando confluyen varios de estos factores la probabilidad de que se generen comportamientos violentos es sumamente alta.
  2. La violencia a la mujer está ligada a las relaciones inequitativas de poder heredadas históricamente que la ubican en una situación de subordinación y vulnerabilidad.
  3. Existen varios tipos de violencia contra la mujer que pueden ser ejercidos por una variedad de actores y en distintos escenarios. Por este motivo es necesaria su socialización para promover su denuncia y evitar la impunidad.