El sumario administrativo en el cuerpo docente

Legal. Polivio Flores habla sobre la ley que rige a los docentes del sector público.
Legal. Polivio Flores habla sobre la ley que rige a los docentes del sector público.

Polivio Flores, profesional del Derecho explica que hay una ley que rige a los docentes o alrededor de toda la comunidad educativa y se trata de la Ley Orgánica de Educación Intercultural y suplementaria a esta ley está la Ley de Servicio Público, cuando existe algún espacio que no cubre la primera Ley, la segunda la suple, por ejemplo temas de atrasos, abandonos del puesto de trabajo, entre otras.

Además existe el Código Orgánico Administrativo, sin embargo para el tema de sumarios siempre se van a basar en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y a sus reglamentos.

Sumarios administrativos

Flores manifiesta que los docentes dentro del desarrollo de la actividad, deben cumplir algunas disposiciones como el hecho de trabajar respetando los derechos del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. “por ejemplo, me refiero a que no puede victimizar a un estudiante de manera psicológica, física y mucho menos sexual, todas estas situaciones están normadas por la ley”.

Flores enfatiza que los derechos de los docentes están normados en la Ley Orgánica de Educación Intercultural, pero también sus obligaciones. Si hay alguna vulneración también se debe regir por el Código Orgánico Integral Penal (COIP), pero independientemente de eso se desarrolla un proceso de sumario administrativo donde se debate la pertinencia o no de una sanción. Las sanciones pueden ir desde amonestación verbal hasta una destitución, esta última es la más grave.

Además aclara que la acción de sumario administrativo no es una sanción, sino un procedimiento de investigación en el cual se determina si hay o no sanción y donde el docente también puede presentar pruebas para demostrar su inocencia.

Los sumarios más recurrentes son los que se inician por violencia psicológica, debido a que un grito por parte de un docente a un estudiante puede ser considerado como violencia psicológica.

Además es importante el trabajo del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE), el papel del psicólogo debe garantizar que del círculo restaurativo las conclusiones salgan de la verdad.

Para Flores, el tema nace de la reivindicación de los derechos de niños, niñas y adolescentes “las leyes son el reflejo de nuestra sociedad”, concluye. (VG)

Agravantes

Flores explica que si un docente tiene un llamado de atención y dentro de los siguientes dos años incurre en lo mismo, esto podría ser un agravante, es decir que es si primera instancia tenía un llamado de atención verbal posteriormente podría ser escrito, si tiene uno escrito podría ser una sanción pecuniaria y si en primera instancia se le impone sanción pecuniaria y dentro de los dos años tiene una nueva sanción podría ser suspensión temporal, hasta podría determinarse en destitución del docente.

EL DATO:

Polivio Flores es profesional del Derecho, especialista en Derecho Administrativo.