El derecho de alimentos

El derecho a alimentos es connatural a la relación parento-filial y está relacionado con el derecho a la vida, la supervivencia y una vida digna. Implica la garantía de proporcionar los recursos necesarios para satisfacer las necesidades básicas de los alimentarios, que incluye una alimentación nutritiva, equilibrada y suficiente, salud, prevención médica, medicinas, educación, cuidado, vestuario, vivienda, transporte, cultura, recreación y deportes, rehabilitación y ayudas técnicas en caso de discapacidad, en favor de las niñas, niños y adolescentes hasta la edad de 18 años, y, de estar cursando estudios en cualquier nivel educativo hasta los 21 años.

Al tratarse de discapacitados tienen derecho en toda edad, siempre y cuando no puedan procurarse por sí mismos. Ahora bien, este derecho en la práctica no está atendido tal cual nos proclaman las leyes, la Constitución y los Tratados y Convenios Internacionales de Derechos Humanos, debido a la lentitud de nuestros operadores de justicia, por falta de personal y de reformas que viabilicen con agilidad estos derechos tan indispensables y necesarios de quienes no pueden valerse por sí mismos, cuyo cuello de botella está en pagaduría que realmente ha colapsado por personal insuficiente y equipos obsoletos, a la par de disposiciones legales caducas e inapropiadas como la caducidad del apremio personal en 30 días, porque si a los irresponsables padres no se los priva de la libertad en este corto tiempo, hay que esperar una nueva certificación de valores de pagaduría donde este requisito duerme el sueño de los justos, no se podrá extender otro apremio y por tanto se hace imposible cobrar pensiones alimenticias. Las madres de familia han optado mejor por abandonar estos engorrosos procesos legales por falta de tiempo e incomodidad.

Pues la famosa Resolución de la Corte Constitucional que habla de la caducidad del apremio cada 30 días fue fatal para las indefensas madres de familia y criaturas, parece haberse elaborado en su perjuicio, y en favor de los alimentantes. Desde esta columna, se exige a nuestros asambleístas dejar sin efecto esta malhadada resolución mediante una ley que garantice los derechos de los más vulnerables.

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