La justicia para miembros de las Fuerzas Armadas

PROFESIONAL. Carlos Taipe es especializado en temas Penales y de Tránsito.
PROFESIONAL. Carlos Taipe es especializado en temas Penales y de Tránsito.

“Todos nos movemos en el mismo sistema, si cometemos algún delito seremos juzgados de acuerdo a las Leyes existentes”.

Con la Constitución de la República aprobada en Montecristi, en el 2008, se presentaron varios cambios a las Leyes vigentes en el país. Con este mandato las causas de policías y militares pasaron a los juzgados penales, en aplicación al principio de Unidad Jurisdiccional.

El Art. 188 de la Constitución de la República, textualmente dice: “En aplicación del principio de unidad jurisdiccional, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional serán juzgados por la justicia ordinaria, las faltas de carácter disciplinario o administrativo serán sometidas a sus propias normas de procedimiento. En razón de la jerarquía y responsabilidad administrativa, la ley regulará los casos de fuero”.

Sobre este hecho el abogado Carlos Taipe, manifestó que gracias a las reformas constitucionales, todos los ecuatorianos están bajo un mismo régimen, no existen ciudadanos de uniforme ni de terno, “todos nos movemos en el mismo sistema, si cometemos algún delito seremos juzgados de acuerdo con las Leyes existentes”.

Indicó que anteriormente había el Código de Procedimiento Penal Militar, existiendo las mal llamadas e inconstitucionales Corte de Justicia Militar.

“Los juzgados de instrucción, que eran regentados por un juez de derecho integrado por los generales de las unidades, que no eran abogados y no conocían de la aplicación de la Ley, simplemente como tenían su formación militar aplicaban la Ley a su libre albedrío, es decir dependiendo de la persona que era juzgada, en este caso oficial o personal de tropa, ordenaban a los jueces de instrucción y disponían que se aplique la Ley”, especificó.

Reglamento

Explicó el profesional, que dentro de la institución existe el reglamento de disciplina militar, en el cual se sanciona conforme sea la falta: leve, grave y atentatoria, hay un debido proceso de investigación y la presunción de inocencia en base al artículo 76 de la Constitución.

Mencionó que el Ejército es una de las instituciones de mayor credibilidad, que permite mantener la democracia en el país, es el garante de los derechos de los ciudadanos. “Pero sí hubo algunas irregularidades por ciertos miembros que lamentablemente al cometer un tipo de infracción, contravención o delito deben ser juzgados por la Ley, pero esto no tendría que generalizarle como parte del organismo”.

Sostuvo, que el personal militar debe estar consciente de que como tiene obligaciones, también hay responsabilidades y derechos, que deben reclamarlos, siempre y cuando estén dentro del marco constitucional y las Leyes vigentes en el país. (LMM)

TOME NOTA

Su estudio jurídico está ubicado en la avenida Abraham Calazacón y Mexicalle. Fonos: 09 93 64 33 93 / 2765 476.

Trayectoria

Carlos Taipe fue miembro de Fuerzas Armadas, es graduado en la carrera de Derecho, trabajó en la Gobernación de la provincia. Fue coordinador provincial de Gestión de Riesgos, así como Director de Seguridad Ciudadana en el Municipio de Santo Domingo. En la actualidad ejerce la profesión.