Las medidas cautelares o precautorias

AUTOR: Dr. William López Arévalo, PHD

Concepto

Las medidas cautelares o precautorias son los medios o instrumentos procesales que el legislador ha establecido con el fin de asegurar el resultado práctico de la pretensión, garantizando el efectivo cumplimiento de la sentencia, a efectos de que el fallo dictado no se convierta en un mero enunciado lírico sin aplicabilidad práctica ni efectividad alguna.

Tutela judicial preventiva y tutela cautelar

Aunque el Código Orgánico General de Procesos, en el capítulo del juicio ejecutivo, se refiere en el artículo 351 a providencias preventivas, hemos de entender que se trata de una redacción imprecisa e inadecuada, ya que no debemos confundir entre tutela preventiva y tutela cautelar, pues, constituyen dos instituciones jurídicas distintas entre sí.

La tutela judicial preventiva, tiene lugar cuando se requiere del órgano jurisdiccional que cumpla una función preventiva, cuyo fin es evitar que el interesado sufra eventuales daños y perjuicios. Por ejemplo cuando se solicita el arraigo para evitar que un ciudadano extranjero abandone el país y eluda el cumplimiento de una obligación. Entonces, la tutela judicial preventiva está destinada a impedir eventuales daños, que de no darse, tales daños son inminentes. A eso obedece, que la tutela preventiva se ejercite en forma previa al proceso principal, y se desarrolla en un proceso que tiene un fin en sí mismo, que no es otro, que se dicte la medida preventiva, con lo que termina dicho proceso.

En cambio, la tutela cautelar, se encuentra ligada al proceso principal, con el que tiene una relación de instrumentalidad, es por eso, que la tutela cautelar tiene como fin impedir que la sentencia que se dicte no se reduzca a ser una tardía e inútil expresión verbal. Es por esta razón, que las medidas precautorias no tienen un fin en sí, sino que sirven a un proceso principal, ya que su fin es asegurar el resultado del mismo, de allí que su existencia es provisoria, pues, depende de las contingencias que se produzcan en dicho proceso.

Finalidad de las medidas cautelares

Las medidas cautelares tienen por objeto garantizar que la justicia cumpla eficazmente su cometido, lo que sucede únicamente cuando lo resuelto en la sentencia se cumple a cabalidad, pues, su fin es asegurar el fiel cumplimiento de las resoluciones judiciales, es decir, su resultado práctico, porque de lo contrario, la sentencia dictada no pasaría de ser un simple enunciado lírico sin aplicación práctica ni efectividad alguna.

Entonces, lo que buscan las medidas cautelares, es que la justicia no sea eludida, de allí que su fundamento sea el de mantener la igualdad entre las partes en litigio, evitando que las resoluciones judiciales se conviertan en ilusorias y generen desconfianza en la administración de justicia.

EL DATO

Para conocer más sobre las medidas cautelares se recomienda leer el libro “Instituciones del Cogep del Dr. William López Arévalo”.

TOME NOTA

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