Educación y salud

A propósito del estado de excepción y emergencia sanitaria por coronavirus, el Gobierno Nacional dispone el recorte presupuestario en más de 32 instituciones de educación superior públicas de Ecuador, causando el rechazo e indignación de profesores y estudiantes universitarios, motivo suficiente para que se presente una acción de incumplimiento ante la Corte Constitucional en aras de garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, la misma que como medida cautelar provisional dispone que hasta dictar la sentencia de fondo, se suspenda el recorte económico. Estamos seguros de que en su oportunidad, la sentencia dispondrá dejar sin efecto aquel recorte presupuestario, por ilegal e inconstitucional; si bien es cierto que en un estado de excepción se restringen muchos derechos de la ciudadanía, no es menos cierto que el presupuesto de educación y salud son intocables, por así disponer el Art. 165 de la Constitución, al sostener que el Presidente de la República durante el estado de excepción podrá “utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación”. Hemos de entender que educación puede ser sinónimo de capacidad intelectual, moral y afectiva de las personas, en conformidad con la cultura y normas del convivir humano; una persona educada en valores difícilmente adecuará su conducta a ilegalidades. Recordemos que los maestros educadores son los que canalizan la inteligencia de nuestros hijos bajo estrictas normas pedagógicas.

¿Y de la salud qué? La OMS afirma que la salud es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano. Nuestra Constitución nos dice que la salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, como el del agua, alimentación, educación, cultura física, trabajo, seguridad social y otros que sustentan el buen vivir o sumak kawsay (convivencia armónica).

La educación y la salud son derechos ineludibles e inexcusables, cuya responsabilidad es del Estado. Recortar el presupuesto en la educación superior y en la salud, es reducir la calidad en el aprendizaje y en la vida; y por lo tanto, restringir los derechos de la población más pobre del Ecuador. De no acatar la disposición de la Corte Constitucional, se cometerá el delito de desacato, cuya pena es de 1 a 3 años de prisión.

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