Caso ISSPOL: se requiere mayor profundidad técnica en la investigación

Basta con abrir cualquiera de los medios de prensa del País para encontrarse con una gran cantidad de información, aunque confusa, acerca de las inversiones realizadas por el Isspol en mercado internacional. De lo comentado por el Ministerio de Gobierno e Isspol poca profundidad se percibe, y quizás poco entendimiento sobre el modus operandi utilizado. Desde el lado técnico, algunos especialistas han hecho genuinos intentos por armar el rompecabezas. Sin embargo, su principal contribución abona alrededor del justificado cuestionamiento a la legitimidad de las operaciones financieras.

Con esto en mente resulta inevitable preguntarse si las autoridades cuentan con el personal idóneo para investigar un posible caso de fraude, que requiere de un profundo entendimiento técnico sobre los vehículos financieros utilizados. Por lo pronto, ¿se están haciendo las preguntas adecuadas para entender el problema desde la perspectiva técnica?

Según Jorge Chérrez, asesor del Isspol en estas negociaciones, existen 3 operaciones distintas: 1) USD 198MM en bonos locales, 2) USD 207MM en repos (“repurchase agreement” o acuerdo de recompra) con deuda externa ecuatoriana, y 3) USD 327MM en una operación de canje de bonos locales por certificados de “global depositary notes” (GDNs). Vamos por partes.

Con respecto a la primera inversión, lo primero que debe conocerse es si los bonos fueron comprados en condiciones de mercado, y si están debidamente custodiados a nombre del Isspol en Banco Central. En cuanto al repo, se debe iniciar por analizar las condiciones financieras del contrato, constatar si los títulos están custodiados a nombre del Isspol, identificar a la contraparte, y determinar si esta tiene la capacidad de cumplir su obligación; es decir, recomprar los bonos al Isspol en las condiciones pactadas. De lo contrario, estaríamos hablando de una operación fallida. Finalmente, con respecto a los GDNs, hace falta revisar algunas definiciones conceptuales para determinar su legitimidad y poder así realizar las preguntas correctas. Aquí también, vamos por partes.

¿Qué es un Global Depositary Note o GDN?

Un GDN es un instrumento financiero, emitido por un banco depositario del exterior, con respaldo de bonos de deuda. En este caso, bonos de deuda interna del Ecuador. El banco depositario solo emitirá el GDN una vez que tenga bajo su titularidad los bonos, mismos que deberán estar debidamente custodiados por una entidad local. En el Ecuador, el Banco Central.

El banco depositario, al convertirse en el nuevo dueño del bono local, le corresponderá cobrar los cupones de capital e interés, y entregarlos al tenedor del GDN. En este sentido se puede decir que un GDN replica las condiciones del bono local en términos de tasa de interés, plazo, calidad de crédito, etc.

Es importante mencionar que un banco depositario en EEUU no solo que debe contar con una licencia federal para operar, sino que también está sujeto a un marco regulatorio financiero robusto, relacionado principalmente a índices mínimos de solvencia técnica y liquidez. Además, sus servicios deben cumplir con regulaciones específicas emitidas principalmente por la SEC (Securities and Exchange commission).

¿Para qué se emiten GDNs?

Usualmente se emiten GDNs con 3 objetivos:

  1. Facilitar la adquisición de deuda soberana local por parte de inversionistas institucionales del exterior, a quienes no les interesa hacer la transacción de compra en el país emisor, ni abrir una cuenta de custodia local. De esta forma, el emisor logra colocar sus bonos a inversionistas del exterior, sin necesidad de emitir deuda en el mercado internacional.
  2. Esta herramienta también sirve a un comprador local de bonos, que busca desinvertir en el mercado secundario, con un inversionista internacional.
  3. La conveniencia de estas operaciones es aún más evidente cuando el bono local se emite en una moneda distinta al dólar, pues el banco depositario del exterior se encargará de cobrar los cupones del bono en moneda local, convertirlos a dólares, y pagar al tenedor del GDN.

Con estas definiciones en mente, las autoridades en el Ecuador deberían empezar por resolver al menos las siguientes 3 inquietudes:

1: ¿Cuál fue el objetivo del Isspol para realizar esta operación?

Esta pregunta es esencial, pues ninguna de las tres razones que justifican la emisión de GDNs se aplican al caso del Isspol, sobre todo los puntos a) y b).

  1. El Isspol no es un inversionista internacional que busca evitar negociar títulos en Ecuador, o abrir una cuenta de custodia en BCE. De hecho, el Isspol ya cuenta con una cuenta de custodia en BCE.
  2. El Isspol mantiene bajo su titularidad los GDNs, por lo tanto, no se trata de un inversionista de bonos que busca deshacer su posición en mercados internacionales a través de la venta de los GDNs. Es más, según Jorge Chérrez, el Isspol busca en todo momento cobrar las inversiones al vencimiento.

El Sr. Chérrez menciona que la operación es exitosa pues el banco depositario ha logrado cobrar USD 80MM, y el Isspol nada. ¿Qué es lo que hace pensar que un banco depositario del exterior puede realizar una mejor gestión de cobro al Ecuador que un inversionista institucional ecuatoriano que representa a 70.000 policías? Esto, además de inverosímil, implica una acusación al Ministerio de Finanzas pues este estaría privilegiando el pago de la deuda interna dependiendo de quién es el inversionista.

2: ¿Quien fungió como banco depositario emisor de los GDNs entregados al Isspol?.

Una de las primeras cuestiones a resolver es si el emisor de las GDN está legamente autorizado para actuar como banco depositario. Además, en vista de que estas operaciones conllevan riesgo de contraparte -el banco depositario podría cobrar los bonos y no pagar los GDNs- es importante conocer si el banco cuenta con la solvencia técnica y trayectoria necesaria como para emitir USD 327MM en GDNs.

En este sentido, es inaceptable que en nombre de una supuesta confidencialidad no se haya revelado el nombre del banco depositario. No es entendible, pues estamos hablamos de que se trata de un instrumento financiero sobre el cual, si todo está en orden, no debe pesar ningún sigilo.

3: ¿La operación de bonos entregada al depositario es 100% equivalente a los GDNs emitidos?

Ya se mencionó que los GDNs únicamente replican las condiciones del bono subyacente. Con lo cual, cabe resolver si las dos partes de la operación son equivalentes en términos de valor de mercado, rentabilidad, y flujos de caja. Adicionalmente, se debe investigar si el banco depositario ha transferido al Isspol oportunamente los valores cobrados por los vencimientos de los bonos nacionales.

Los acontecimientos de los últimos días relacionados al mercado de valores ponen en evidencia la necesidad de conformar una unidad de investigación y control sagaz, que se especialice en la detección de fraudes bursátiles, incluyendo la manipulación de precios de mercado, negociaciones con información privilegiada, emisión de títulos valores sin capacidad de pago, o cualquier otro intento de estafa que se pretenda cometer por parte de cualquier intentona de lobo de Wall Street ecuatoriano.

Antonio Cornejo

Gerente Fondos de Inversión FIDUCIA S.A