JUICIO INSOLVENCIA NO. 17303-2012-0025 

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
EXTRACTO DE CITACION JUDICIAL A: HECTOR PATRICIO NARVÁEZ TORRES
ACTOR: BANCO DE LA PRODUCCION S.A. PRODUBANCO
DEMANDADO: HECTOR PATRICIO NARVÁEZ TORRES
JUICIO INSOLVENCIA NO. 17303-2012-0025
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, lunes 6 de febrero del 2012, las 10h09.- VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa en calidad de Juez Titular de esta Judicatura, y en vista del sorteo realizado.- En lo principal, la demanda que antecede, es clara y reúne los demás requisitos de ley; en consecuencia, se la admite al tramite especial.- De la documentación que acompaña ANTONIO RAMON RODRÍGUEZ VICENS, aparece que el demandado HECTOR PATRICIO NARVÁEZ TORRES, se encuentra comprendido dentro de lo prescrito en el numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara con lugar el concurso de acreedores.- Se ordena la practica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y demás documentos del demandado, los cuales serán entregados al Síndico de Quiebra que se nombrase, quien será notificado en legal forma y realizará el inventario y su respectivo avalúo.- Que se acumulen todos los juicios en contra del deudor, por las obligaciones de Dar o Hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado.- Se prohíbe al demandado HECTOR PATRICIO NARVÁEZ TORRES, ausentarse del lugar del juicio, sin la autorización del Juez que conoce la causa; para cuyo efecto ofíciese a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería.- Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación de activos y pasivos, en el término de ocho días.- Remítase copias de lo actuado a uno de los señores Jueces de lo Penal de Pichincha, para que califique la insolvencia.- El demandado queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular a los señores Contralor General del Estado, Servicio de Rentas Internas SRI, Superintendencia de Bancos y Seguros, Superintendencia de Compañías, Registrador de la Propiedad y Registrador Mercantil del Cantón Quito, Consejo Nacional Electoral, Registro Civil, Identificación y Cedulación, Notarios del Cantón Quito, para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado.- Inscríbase la demanda de insolvencia seguido en contra del demandado, en el Registro de la Propiedad del Distrito Metropolitano de Quito, para cuyo efecto, notifíquese en legal y debida forma, se enviará atento oficio y suficiente despacho. Cúmplase con todas y cuantas diligencias necesarias conducentes a proteger los intereses del actor.- Hágase conocer al público en general, mediante publicación por la prensa a nivel nacional un extracto de la demanda y providencia respectiva, por una sola vez.- El demandado podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, debidamente saneados, en el término de tres días luego de citada.- En merito al juramento realizado por la parte actora, en la calidad invocada, cítese al demandado, HECTOR PATRICIO NARVÁEZ TORRES por medio de la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se editan en esta ciudad de Quito.- Agréguese al proceso los documentos adjuntos.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la parte actora y la calidad en que comparece.- Notifíquese. f) DR. JULIO AMORES ROBALINO
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, viernes 28 de septiembre del 2018, las 15h47. Por cumplido lo ordenado en providencia de fecha 18 de Septiembre del 2018 y en virtud del juramento rendido por el actor cítese a la demandada señora HECTOR PATRICIO NARVAEZ TORRES de conformidad al Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos, por Secretaria confiera el extracto para las respectiva citación por la prensa.- NOTIFIQUESE.- F) DR. CARLOS NARANJO BORJA, JUEZ
Lo comunico al público en general para q en caso de oposición señalen casilla judicial dentro del término correspondiente.
AB. FERNANDA OVIEDO ORTEGA
SECRETARIA
Hay firma y sello
PAR/109604/AT