Mal uso de la justicia indígena impide procedimientos en infracciones de tránsito

Las comunidades defiendes a los infractores y no permiten el trabajo de los agentes.
REALIDAD. Las comunidades defiendes a los infractores y no permiten el trabajo de los agentes.

Agentes de tránsito señalan que el mal uso de la justicia indígena no permite que se hagan los procedimientos de ley cuando se trata de infracciones o delitos de tránsito.

Para muchas víctimas de accidentes, así como para los agentes civiles de tránsito del Municipio de Ambato en las comunidades rurales se abusan de la justicia indígena, que, aunque está sustentada y garantizada en la Constitución de la República, no puede tomarse atribuciones más allá de su competencia.

 

Testimonios

Varios agentes de tránsito, que prefirieron mantener sus nombres en reserva, mencionaron que en las comunidades indígenas no se deja que realicen su trabajo conforme a lo que establece la ley.

“El problema principalmente es con los conductores indígenas, pues los señores desconocen de la ley y no dejan u obstruyen en su totalidad el debido procedimiento que toma un agente de tránsito o la Policía”, afirmó un agente.

Recalcó que existen casos en los que choferes en estado etílico, que en cualquier caso deberían ser detenidos, ponen resistencia, además, llaman al resto de la comunidad indígena, quienes les defiende y evitan que los agentes hagan su trabajo para que no sean aprehendidos ni sancionados por la justicia ordinaria.

Los uniformados comentaron que, como medida para impedir su trabajo, inclusive las mujeres se colocan en frente o sobre las grúas para que no se lleven ni los vehículos y mucho menos a los conductores.

Recalcaron que, en muchas ocasiones, aun cuando los choferes de las comunidades son causantes de los siniestros, intimidan a las víctimas y a los mismos uniformados para que no hagan nada en contra de ellos.

 

EL DATO 
En la Constitución de la República se especifica que las decisiones tomadas dentro de la justicia indígena estarán sujetas al control de constitucionalidad.

 

Algunos casos

Uno de los casos se dio en la entrada a Juan Benigno Vela, al sur de Ambato, en donde se reportó un choque en el que estaba involucrada una camioneta cooperada que estaba conducida por un joven en estado de embriaguez y que por conducir a exceso de velocidad impactó a otro vehículo.

Ante el pedido de documentos por parte de los agentes este conductor no presentó ni licencia ni matrícula, e inmediatamente se comunicó con integrantes de su comunidad y alrededor de 50 personas llegaron al lugar.

En medio de empujones a los uniformados hicieron que el causante huya. Mientras que un señor se subió a la camioneta cooperada y se la llevó.

Los agentes le dijeron al conductor afectado por el choque que puede hacer una denuncia en la Fiscalía, sin embargo, para evitarse lo tedioso del trámite prefirió no hacer nada más.

Otro de los casos se dio en Santa Rosa, cuando dos personas, bajo los efectos del alcohol y en exceso de velocidad, se chocaron contra un poste y lo sacaron de raíz.

Después del accidente más de un centenar de personas de una comunidad indígena llegaron al sitio e impidieron que los agentes se lleven detenido el vehículo por existir daños al bien público y señalaron que “ellos van a sancionar a los conductores y pagar el valor del poste”.

Pero algo que se ha dado en los últimos meses y que asombra de sobremanera a los agentes de tránsito es que, cuando intentan tomar procedimiento, los comuneros les dicen que van a hablar con la alcaldesa Diana Caiza para que no tomen procedimiento.

“Estas son cosas que impiden que hagamos nuestro trabajo de manera adecuada, y que no le rinden cuentas a la justicia”, concluyeron los uniformados.

 

TOME NOTA
La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.

 

Respuestas

Ante este particular, desde la Administración Municipal se menciona que son imparciales en su gestión y que se trabaja en pro del cumplimiento de todas las normas que la rigen en el país.

“Siempre respetaremos las costumbres y tradiciones de nuestros pueblos y comunidades indígenas; así como, exigiremos el cumplimiento de las leyes a todos los habitantes del cantón”, se menciona en la información entregada a este medio de comunicación.

Se añade que los agentes civiles de tránsito cumplen con su deber, y la “administración vela porque se proceda con responsabilidad, transparencia y honestidad, siempre siendo ejemplo para los ambateños”.

Finalmente enfatizaron “en afirmar que nuestra misión es sensibilizar a la ciudadanía, más no implementar una política recaudatoria ni sancionatoria”.

 

Justicia indígena

Mientras que Antonio Chachipanta, presidente de la Federación de Organizaciones de Pueblos Indígenas Evangélicos de Tungurahua (AIET) filial Feine, mencionó que en las comunidades se cree más en la justicia indígena por la inmediatez que esta tiene ante cualquier delito o infracción.

“En la justicia ordinaria, inclusive en casos de asesinatos no actúa rápido y oportunamente para las víctimas, por eso nosotros desde nuestra cosmovisión actuamos inmediatamente para darle justicia y reparación a las víctimas”, añadió el dirigente.

Recalcó que ellos actúan de manera justa para todas las partes, sobre todo para quienes se han visto afectados, esto no solamente en el ámbito de tránsito si no en todos los aspectos de la realidad local.

“Ya para qué van a actuar los agentes de tránsito, si en la comunidad se pueden resolver las cosas más rápido y con justicia para todos”, dijo Chachipanta.

Finalmente señaló que en casos como los de conductores ebrios en la comunidad que causan accidentes, si los afectados no se sienten conformes con el accionar de la comunidad “deben comunicarse con el cabildo para que todo se solucione inmediatamente”. (DLH)

 

Alcances de la justicia indígena

“La justicia indígena está claramente reconocida en la Constitución del Ecuador y debe aplicarse en función de las tradiciones y costumbres de cada pueblo o comunidad, siempre y cuando ocurran en su territorio y no pueden solucionarse problemas que se den fuera de su territorio, aun cuando las personas fueran indígenas”, afirmó el abogado constitucionalista Juan Francisco Guerrero.

Explicó que no hay una respuesta universal de cómo debe impartirse esta justicia, pues de acuerdo a la Corte Constitucional y la Constitución debe hacerse de acuerdo a las tradiciones y costumbres de los pueblos, pero no puede juzgar delitos en los que se discuta la vida o la integridad de las personas, pues eso solo le corresponde a la justicia ordinaria.

“En la Constitución se contempla la aplicación de la justicia indígena en asuntos internos por los pueblos ancestrales, pero no hay lineamientos claros sobre qué delitos pueden ser juzgados desde esta aseveración y cuáles delitos deben ser tratados por la justicia ordinaria, por ello sería importante que se haga un alcance en el que este tipo de dudas queden claras, para que no existan excesos del uso de justicia indígena”, añadió el Constitucionalista.

Sin embargo, recalcó que la Corte Constitucional sí tiene competencia para intervenir en casos en los que se habría incurrido en algún tipo de exceso por parte de la justicia indígena o no se haya permitido el juzgamiento adecuado de un delito.